Sunat: Pymes y grandes empresas deberán emitir facturas electrónicas desde el 2018

Todos los contribuyentes que tengan ingresos superiores a las 150 UIT este año estarán obligados a dejar los comprobantes físicos desde el próximo año
La Sunat pre publicó el proyecto de Resolución de Superintendencia que regula la forma y condiciones para el acogimiento al Régimen Temporal de Repatriación de Capitales, conocido como amnistía tributaria, que podrá efectuarse hasta el 29 de diciembre del 2017. (Foto: Andina)

La Sunat dispuso que desde 2018 todas las empresas peruanas deberán emitir, de forma obligatoria, facturas electrónicas con lo cual da un impulso definitivo hacia la desaparición de los comprobantes de pago físicos (papel).

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La Sunat estableció que las empresas que durante este año tengan ventas anuales superiores a las 150 UIT tendrán que emitir facturas electrónicas desde el próximo año en tres tandas: un grupo desde el 1 de enero, otro desde el 1 de mayo y un tercer grupo desde el 1 de noviembre.

“Con esta medida, las pequeñas, medianas y grandes empresas tendrán que emitir facturas electrónicas desde el próximo año”, destacó Kenneth Bengtsson, gerente general del proveedor de servicios electrónicos Efact.

“Era algo que se esperaba hace tiempo. Ahora la infraestructura ya está lista para soportar la masificación de la factura electrónica”, indicó.

El soporte para la emisión de facturas electrónicas fue transferido el año pasado desde la Sunat a los Operadores de Servicios Electrónicos (OSE), firmas autorizadas por la Sunat.

IMPLEMENTACIÓNBengtsson consideró que el cambio de sistema no debería ser un problema para ninguna empresa. “En Efact tenemos servicios gratuitos para las empresas que requieran servicios de emisión sencillos”, afirmó.

Según explicó, una pequeña empresa que no tiene sistemas muy complejos de facturación, podría empezar a emitir electrónicamente sus comprobantes de pago de un día para otro.

En cuanto a una empresa grande, el proceso de adopción sí podría tomar entre dos y tres meses.

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