El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), dependiente del Banco Mundial, ordenó al Perú a pagar a la empresa Enagás una indemnización ascendiente a un total de U$S194 millones.
De este modo, le dio la razón a la compañía en el procedimiento arbitral relativo al Gasoducto Sur Peruano (GSP) por violación del Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones suscrito entre Perú y España.
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El tribunal consideró que la inclusión de Enagás Internacional en la categoría 2 de la Ley 30737, que impide a la Sociedad la repatriación de los dividendos de su participada Transportadora de Gas del Perú (TGP), es una violación del acuerdo.
“El CIADI da la razón a Enagás y ordena a Perú a pagar a la Compañía 194 millones de dólares (principal más intereses) en el procedimiento arbitral relativo a su inversión en GSP (Caso CIADI No. ARB/18/26) por violación del Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones suscrito entre la República del Perú y el Reino de España (APPRI Perú-España)”, dice el texto.
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“El Tribunal considera también que la inclusión de Enagás Internacional en la categoría 2 de la Ley 30737, que impide a la Sociedad la repatriación de los dividendos de su participada Transportadora de Gas del Perú (TGP), constituye una violación del APPRI España-Perú”, agrega.
Como se recuerda, a principios del 2017 el Gobierno peruano rescindió la concesión del Gasoducto Sur Peruano (GSP) al consorcio de Enagás, Graña y Montero, y Odebrecht por los casos de corrupción que involucraban a la empresa brasileña.
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