Es la tercera vez que la agrupación política Todos Por el Perú (TPP) tiene problemas para continuar en un proceso electoral. Ocurrió en las elecciones presidenciales del 2016 -cuando Julio Guzmán fue apartado- y en las municipales del 2018. Esta vez, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró improcedente la solicitud para inscribir la lista de candidatos del partido en Lima Provincias para las elecciones 2020.
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Esta decisión (Resolución N°0350-2019-JNE) fue puesta en conocimiento de los demás Jurados Electorales Especiales (JEE) que admitieron listas de TPP -presentadas por el personero Jean Zegarra Roldán-, para que “adopten las medidas pertinentes” debido a que todas las listas fueron presentadas en las mismas condiciones. De este modo, se podría dejar al partido fuera del proceso electoral.
Esta resolución del pleno del JNE se originó cuando el organismo electoral debía pronunciarse por la apelación de exclusión de un candidato de la lista. Pero al revisar el caso, el JNE “advirtió el incumplimiento de la democracia interna, procediendo a anular de oficio todo lo actuado y, consecuentemente, declarar la improcedencia de la nómina”, informaron.
Esta inconsistencia de democracia interna ya había sido advertida en las listas de candidatos de TPP presentadas en el Callao, Puno, Áncash y Huancavelica, y por la cual se declaró su improcedencia. Además de no ser subsanables, “aquel defecto es de alcance nacional. Esto es, vincula a todas las listas presentadas por el aludido personero legal titular en los diferentes distritos electorales”, expone la resolución.
Según el organismo electoral, la improcedencia se sustenta en que la Mesa Directiva de TPP, que llevó a cabo el proceso de elecciones para elegir a sus candidatos a nivel nacional, “no estaba facultada para realizar dicho proceso”. Esto debía ser asumido por la Asamblea Eleccionaria según el estatuto de TPP.
Posiciones
El JNE manifiesta que el Supremo Tribunal Electoral tiene como atribución “fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio y de la realización de los procesos electorales, así como velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones políticas y demás disposiciones referidas a materia electoral”.
José Manuel Villalobos, presidente del Instituto Peruano de Derecho Electoral, explicó que si bien el JNE tiene facultades, en esta ocasión el JNE ha resuelto el caso “no a través de un proceso de apelación a una improcedencia a una tacha, sino lo que estuvo resolviendo el jurado es el pedido de exclusión de un candidato cuando la lista ya había pasado la etapa de calificación, de publicación, tachas e inscripción. Teniendo que resolver la exclusión ha ido más allá porque, al tener el expediente, se ha dado cuenta que el JEE había calificado mal la lista, porque no habían cumplido la democracia interna”.
“Cuando la lista ya está inscrita, no había forma de declararla improcedente. Lo que ha hecho el JNE es algo nuevo, un nuevo criterio, una nueva modalidad de declarar improcedente una lista. Lo que ha pasado es algo atípico”, considera Villalobos, y que esto “abre la puerta” a que ocurran casos similares.
“Las decisiones del JNE son en última instancia electoral, entonces ya no van a poder participar. Ellos pueden interponer una acción de amparo, pero por los plazos es difícil que ese amparo se pueda resolver antes de la elección”, explicó Villalobos.
Por su parte, Luis Herrera Romero, candidato de TPP, considera que esta decisión del JNE excede “el petitorio de la apelación planteada”. Agregó que el lunes 16 presentarán al Juzgado Constitucional una acción de amparo y medida cautelar. “Se va a solicitar que en el más breve plazo se pronuncie”, dijo.
Respecto a la inconsistencia de democracia interna, Herrera refutó que “es una interpretación errónea por parte del JNE”.
En total, son las listas de 12 distritos electorales las que se verían afectadas por esta decisión. Estas son: Lima, Lima Provincias, Arequipa, Lambayeque, Ucayali (Coronel Portillo), Ayacucho, Huancayo, Huánuco, Ica, San Martín (Moyobamba), Tacna, Trujillo.