Vilma Gabriela Niño de Guzmán de la Rosa (63) fue asesinada en su propia casa en La Molina el 11 de enero y su cuerpo recién fue hallado por la policía el domingo 9 de marzo, casi dos meses después. Su hija de 14 años escondió su cadáver y acusó a su ex pareja de 16 de haberla matado. A pesar de la crueldad del crimen, ninguno de los dos verá la cárcel por este caso.
“Los menores de edad no pueden ser procesados penalmente. El homicidio estará a cargo de un juzgado de familia, el cual determinará cuál será la medida socioeducativa que se le impondrá al o los asesinos”, dijo para El Comercio el abogado penalista Vladimir Padilla.
Un requisito indispensable para que una persona reciba una pena de cárcel es la mayoría de edad al momento de cometer el delito por el cual se le procesa. Caso contrario, será un Fiscal de Familia el que acoja la denuncia de homicidio.
A pesar de esta diferencia entre los procesos para mayores y menores de edad que cometan un crimen, el Código Penal será la base para determinar la gravedad de delito y la medida socioeducativa correspondiente.
“Para que el fiscal tenga la posiblidad de solicitar una medida socioeducativa, el menor tiene que haber infringido la ley penal y de acuerdo a eso se toman decisiones, así haya sido amenazada o ambos sean coautores del homicidio”, añadió Padilla.
PRECISIONES LEGALES
El Código del Niño y del Adolescente señala, en su artículo 184, señala que el “infractor mayor de catorce años, será pasible de medidas socioeducativas”. En caso de ser menor de 14 años, será objeto de medidas de protección.
En el artículo 217 especifica que las medidas socioeducativas son: amonestación, prestación de servicios a la comunidad, libertad asistida, libertad restringida y, en el peor de los casos, la internación en un establecimiento para su tratamiento.
El artículo 235 explica que el periodo de internamiento no será mayor a seis años y sólo podrá aplicarse cuando se trate de un delito tipificado en el Código Penal con una pena mayor de cuatro años (prisión efectiva) o cuando cometa infracciones de forma reiterada.
CASO GRINGASHO
“A pesar de la gravedad de sus crímenes, el caso de 'Gringasho' fue uno de un menor que cometió una infracción y fue procesado como tal. Por su peligrosidad se trató de crear un sitio para menores de edad dentro de una cárcel, pero nunca se concretó. Ni siquiera él podría estar preso”, detalló Padilla.
El sicario Alexander Manuel Pérez Gutiérrez recién pudo abandonar 'Maranguita' al cumplir los 18 años a inicios del 2013. No ocupó un sitio común con los otros reos, sino que el INPE acondicionó un lugar que está bajo jurisdicción directa del Poder Judicial.