El Poder Ejecutivo solicitó este viernes 3 de mayo facultades legislativas al Congreso de la República por 90 días en torno a tres grandes problemas que aquejan al país: reactivación económica, seguridad ciudadana y tributación.
“La presente Ley tiene por objeto delegar en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia de fortalecimiento, simplificación y calidad regulatoria en materia de inversión pública, privada y público-privada, y gestión de servicios públicos; mejora de la calidad de la inversión pública; fortalecimiento de la actividad empresarial del Estado; reducción de costos de transacción; acceso y competencia en servicios financieros; equilibrio fiscal; modernizar el sistema tributario; política criminológica y penitenciaria; desarrollo urbano, habilitación urbana y de suelos, acceso a viviendas y para la intervención estratégica en el ámbito de influencia del Terminal Portuario de Chancay; y en materia de seguridad ciudadana y defensa nacional en el ámbito de inteligencia, contrainteligencia y seguridad digital”, se lee en el texto que lleva la firma de la presidenta Dina Boluarte.
En esta oportunidad, son diversos los temas que se presentan. A continuación, un listado con algunos de ellos:
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En materia de fortalecimiento, simplificación y calidad regulatoria de inversión pública, privada y gestión de servicios públicos
- Simplificar procedimientos administrativos relacionados con las actividades productivas y la generación sostenible de empleos formales a través de la aplicación del silencio administrativo positivo para promover la competitividad y el crecimiento sostenible.
- Modificar el Decreto Legislativo N° 1183, Decreto Legislativo que aprueba la ley que establece las competencias para la implementación y gestión de los Centros de Atención en Frontera, para establecer competencias que le permitan a la SUNAT crear, mejorar, ampliar y recuperar los Centros de Atención en Frontera (CAF).
- Establecer modificaciones al marco normativo referido a la evaluación de impacto ambiental de proyectos de inversión, con principal incidencia en la Ley N° 30327, Ley de Promoción de las Inversiones para el Crecimiento Económico y el Desarrollo Sostenible.
- Fortalecer el marco normativo en materia migratoria, con especial incidencia en el Decreto Legislativo N° 1350, Decreto Legislativo de Migraciones, a efectos de complementar las atribuciones en materia migratoria del Ministerio de Relaciones Exteriores, garantizando la seguridad jurídica y el acceso al procedimiento de regularización migratoria de las calidades migratorias bajo su competencia.
- Fortalecimiento de la masificación del gas natural, creando un mecanismo de compensación para el acceso descentralizado que nivele los precios finales para los usuarios regulados del servicio de distribución por red de ductos a nivel nacional.
- Derogar la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 28588 Ley que incorpora al Seguro Integral de Salud a la población mayor de 17 años en situación de extrema pobreza y pobreza y declara de prioritario interés la infraestructura arquitectónica y no arquitectónica de los centros educativos a cargo del Ministerio de Educación.
- Establecer el Diagnóstico Arqueológico de Superficie como una medida opcional al Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos que facilite la inversión pública y privada.
- Facultar al Ministerio de Cultura para crear una nómina de especialistas encargados de realizar acciones de identificación de pueblos indígenas u originarios, en el marco de la promoción de las inversiones, el crecimiento económico y el desarrollo sostenible.
- Autorizar al Ministerio de Cultura la aprobación de tarifas diferenciadas para promover la visita a bienes del Patrimonio Cultural de la Nación y museos públicos. La promoción de la visita tendrá especial énfasis en los Sitios del Patrimonio Mundial que por sus características únicas son gestionadas exclusivamente por el Ministerio de Cultura.
- Garantizar la continuidad del servicio público de transporte terrestre regular de personas que se presta en los corredores complementarios del Sistema Integrado de Transporte de Lima y Callao.
- Establecer disposiciones especiales en materia de habilitaciones urbanas y de edificación para optimizar y dinamizar el desarrollo de procedimientos administrativos sobre la obtención de las licencias de habilitación urbana, de edificación y otros actos administrativos que las complementen, de manera simplificada, ágil, eficaz y eficiente.
- Modificar el artículo 24-A de la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, a fin de modificar las etapas del procedimiento de licenciamiento e incorporar la etapa de evaluación de requisitos de admisibilidad, previo a la etapa de evaluación integral; así como modificar el plazo del procedimiento de licenciamiento.
- Modificar el numeral 4.6 del artículo 4 y la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30327, Ley de Promoción de las Inversiones para el Crecimiento Económico y el Desarrollo Sostenible, referidos a la nómina de especialistas para ejercer las funciones de revisión de estudios de impacto ambiental y supervisión y/o acompañamiento de la línea base y opiniones técnicas, según corresponda, a fin de fortalecer, agilizar y reducir los tiempos de evaluación de los estudios de impacto ambiental de los proyectos de inversión.
- Permitir afiliar a la IAFAS SIS, bajo el Régimen de Financiamiento Subsidiado, independientemente de la clasificación socioeconómica, a todas las personas residentes en el Perú y a todos los peruanos residentes en el exterior que se encuentren en el territorio nacional y, que no cuenten con ningún seguro de salud, brindándoles la cobertura gratuita del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud —PEAS y Planes Complementarios a cargo de la IAFAS SIS, así como la cobertura del listado de enfermedades de alto costo, el listado de enfermedades raras y huérfanas y procedimientos de alto costo a cargo de la Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento de Salud Fondo Intangible Solidario de Salud —IAFAS FISSAL.
- Facultar al Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) para el uso de herramientas tecnológicas en la fiscalización del cumplimiento de las obligaciones de las empresas operadoras y acceso a información de datos personales y metadata, a fin de garantizar que los usuarios de los servicios públicos de telecomunicaciones puedan contar con la prestación continua del servicio contratado.
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En materia de mejora de la calidad de la inversión pública
- Establecer medidas para agilizar la reactivación de obras públicas paralizadas mediante la modificación de la Ley N° 31589, Ley que garantiza la reactivación de obras públicas paralizadas, a fin de optimizar sus disposiciones y facultar a las entidades a utilizar un Procedimiento Especial de Selección para contratar el saldo de obra y los servicios necesarios para la identificación y priorización de obras públicas paralizadas.
- Modificar el artículo 17 de la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), referido a la participación de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú en la Gestión del Riesgo de Desastres
- Se autoriza a la Autoridad Nacional de Infraestructura para que identifique, formule y ejecute inversiones ubicadas en las zonas de influencia del corredor logístico asociado al Hub Portuario de Chancay, utilizando el procedimiento establecido en la Ley N° 31841 y su Reglamento, para la generación de una cartera de inversiones estratégicas, que incluya inversiones con montos menores a 200 millones de soles.
En materia tributaria
- Modificar la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo a fin de:
1) Establecer un mecanismo de recaudación del Impuesto General a las Ventas (IGV) por aquellas operaciones realizadas con proveedores o intermediarios de bienes y servicios no domiciliados en el marco de la economía digital y adaptar la regulación del impuesto, así como demás normativa tributaria, en lo que corresponda, lo que incluye principalmente modificar las reglas de responsabilidad del IGV, incluyendo las reglas de habitualidad, y las reglas sobre el lugar de imposición en el país, conforme con el principio de destino, siguiendo entre otros criterios las recomendaciones establecidas por la OCDE.
2) Incorporar dentro del ámbito de aplicación del Impuesto Selectivo a Consumo a los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia.
- Perfeccionar el tratamiento tributario de las empresas de menor tamaño a través de:
1) Crear un régimen simplificado del impuesto a la renta para empresas de menor tamaño, denominado Régimen Emprendedor que, entre otros, prevea la declaración de los ingresos y egresos acumulados del mes, a fin de determinar el pago a cuenta, regularizando el monto final en diciembre; incentive la declaración de egresos por medio de sus deducciones; así como adecuar las normas del Código Tributario y demás normativa tributaria a fin de aludir a este régimen.
Política criminológica y penitenciaria
- Fortalecer la seguridad en el ámbito penitenciario, regulando las obligaciones y sanciones de los concesionarios de servicios públicos de telecomunicaciones e Internet en el contexto de la prohibición de comunicaciones ilegales desde el interior de establecimientos penitenciarios y centros juveniles de diagnóstico y rehabilitación.
- Modificar la Ley N° 29807, Ley que crea el Consejo Nacional de Política Criminal (CONAPOC), con la finalidad de optimizar su funcionamiento en relación con la gestión de las políticas públicas que buscan comprender, prevenir, controlar, reducir y sancionar la criminalidad.
- Modificar los artículos 108, 108-C y 200 del Código Penal, aprobado por el Decreto Legislativo N° 635, con el fin de introducir circunstancias agravantes, en caso la víctima sea una persona defensora indígena.
- Modificar el Decreto Legislativo Nº 1348, que aprueba el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, a efectos de adoptar enfoques, mecanismos, medidas y recursos legales que optimicen la intervención y tratamiento de adolescentes en conflicto con la ley penal, además de establecer medidas para asegurar la efectiva y progresiva implementación del Código a nivel nacional.
Desarrollo urbano, habilitación urbana y de suelos, acceso a viviendas para la intervención estratégica en el ámbito de influencia del Terminal Portuario de Chancay
- Modificar la Ley N° 31313, Ley de Desarrollo Urbano Sostenible, con el fin de impulsar la planificación de las ciudades y los centros poblados, así como la implementación de los instrumentos de gestión del suelo, impulsando el cierre de brechas en vivienda e infraestructura urbana para fortalecer la planificación de las ciudades y centros poblados, en especial de los centros poblados rurales, así como impulsar los instrumentos de gestión del suelo y de financiamiento urbano como ejes del desarrollo sostenible de las ciudades.
En materia de seguridad y defensa nacional en el ámbito de Inteligencia, contrainteligencia y seguridad digital
- Modificar el Decreto Legislativo N° 1095, a efectos de regular la intervención excepcional de las Fuerzas Armadas en materia de control, mantenimiento y restablecimiento del orden interno.
- Establecer el marco normativo para la implementación de la interoperabilidad entre las entidades competentes en materia migratoria, con la finalidad de fortalecer la evaluación del riesgo migratorio y contribuir a la seguridad y defensa nacional
- Establecer reglas para el adecuado uso de envío de mensajes y llamadas en las redes de telecomunicaciones, así como en el otorgamiento de la numeración, a fin de que evitar comunicaciones fraudulentas contra los usuarios de los servicios públicos de telecomunicaciones.
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