Poder Judicial ordena a Reniec implementar procedimiento que permita a personas trans e intersexuales cambiar datos del DNI

Así lo informó la Corte Superior de Justicia de Lima. Procedimiento administrativo deberá estar listo en el plazo máximo de un año.
Reniec tendrá que implementar un procedimiento con el que personas trans puedan cambiar sus datos del DNI.

El 3° Juzgado Constitucional Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Lima ordenó al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil () implementar un procedimiento que permita el cambio de prenombres, sexo y demás datos de las personas trans e intersexuales en el Documento Nacional de Identidad ().

El referido juzgado declaró fundada en parte la demanda de proceso de amparo de fojas interpuesta por S.Y.H.M contra el Reniec, su Procuraduría Pública y Essalud, por vulneración a sus derechos constitucionales a la identidad (de género), libre desarrollo de la personalidad y salud.

Declarar la existencia de un estado de cosas inconstitucional ante la ausencia de un procedimiento administrativo que permita el cambio de los prenombres, el sexo, y la imagen en los documentos nacionales de identidad y demás registros públicos de las personas trans y de las personas intersexuales por constituirse violación sistemática al derecho a la identidad (de género) y libre desarrollo de la personalidad”, precisa la sentencia.

VIDEO RECOMENDADO

Gremio de confeccionistas de Gamarra piden bono económico para seguir trabajando

Ante esto, el Poder Judicial ordenó al Reniec que, en el plazo máximo de un año, cumpla con implementar un procedimiento administrativo de acuerdo con los estándares fijados en el mencionado escrito.

Sobre Essalud, se declara inconstitucional la limitación injustificada en el acceso a prestaciones de salud por parte de la mencionada entidad de las personas intersex debido a que el diseño del sistema de cobertura de la Gerencia de Acreditaciones de Essalud y el software del Sistema de Gestión Hospitalaria de las Instituciones Prestadoras de Servicio de Salud (Iprres) supedita la atención de determinadas prestaciones de salud al sexo legal asignado a los documentos de identidad y no a las necesidades de salud de las personas.

En consecuencia, se ordena a Essalud a fin de que, en el plazo máximo de 2 meses, cumpla con adecuar dicho software a fin de que no se supedite ninguna prestación de salud a la pertenencia de los asegurados(as) a un determinado sexo”, ordenó el Tercer Juzgado Constitucional Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Lima.

MÁS INFORMACIÓN SOBRE EL CORONAVIRUS EN LIMA

Más en Judiciales

Liceo Naval: Cada tres días se reporta un caso de violación sexual entre escolares en el Perú

Poder Judicial suspende por tercera vez audiencia contra Jhonsson Cruz y otros miembros de Los Pulpos por crimen en Trujillo

La historia de la caída de “Bereche”, pieza clave en el secuestro de Jenss Lara y dueño de la camioneta usada en el crimen | VIDEO

Reprograman audiencia de prisión preventiva contra Jhonsson Cruz tras captura de otro implicado en secuestro de Trujillo

Insonorización, puertas de acero y oxígeno: así fue preparado el búnker donde Los Pulpos mantuvieron cautivo a Jenss Lara

Fiscalía revela videos de prueba de vida que secuestradores de Jenss Lara enviaron a su familia para negociar rescate

Contenido GEC

Contenido GEC

Contenido sugerido

Contenido GEC