Apenas una persona pisa la cuadra tres del jirón Camaná, en el Cercado de Lima, es abordada por un grupo de abogados y sus jaladores, quienes ofrecen sus servicios prometiendo librarla de pagar sus papeletas. Esto ocurre en las afueras del Servicio de Administración Tributaria (SAT), entidad que recauda el dinero de las infracciones de tránsito.
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Estas personas les explican que es posible impugnar cualquier infracción, pues la ley permite a los infractores apelar y presentar descargos. Si pasan cuatro años desde la imposición de una papeleta, la sanción ya no se hace efectiva. Todo esto ocurre a vista y paciencia del personal del SAT y de la Policía Nacional.
Este negocio, informado por El Comercio en anteriores ocasiones, aumentaría su demanda en los próximos días tras el inicio el último lunes de la imposición de papeletas en Lima Metropolitana por exceder los nuevos límites de velocidad.
De acuerdo a la normativa, que emitió en su momento el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), los conductores no podrán superar los 30 km/h en calles y jirones, y los 50 km/h en avenidas. Las multas van desde los S/828 hasta los S/2.300.
Este Diario acudió nuevamente hasta las afueras del SAT de Lima y comprobó que los abogados han agregado a sus servicios el impugnar infracciones por no respetar los nuevos límites de velocidad. El costo promedio es de S/40. Este puede variar, a mayor número de infracciones, menor es el precio. Incluso, si tienes alguna duda, te entregan una tarjeta con un número de WhatsApp para más información.
Inconsistencias en la norma
El exjefe de la División de Investigaciones de Actividades de Tránsito de la PNP, Franklin Barreto, indicó a este Diario que en el Perú una infracción de tránsito es de índole administrativa y se rige bajo la Ley del Procedimiento Administrativo General. Esta regula el derecho a la defensa, permitiendo recursos como apelaciones, impugnaciones, entre otros.
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“Desde el momento que recibe la papeleta, cualquier infractor tiene la posibilidad de reclamar, tenga o no tenga razón. Lo que hacen los abogados es aprovechar las inconsistencias que tiene la norma legal. Han visto una forma de negocio, que en el fondo es válido”, detalló.
Por ejemplo, si el infractor recurre a la impugnación de su papeleta, deben pasar por lo menos 30 días en los cuales la autoridad competente tendrá que evaluarla. Al concluir el plazo, si la persona siente que su derecho no ha sido cautelado puede acudir al Poder Judicial. El objetivo a todas luces es dilatar el proceso lo más que se pueda.
“Los abogados tratan de sacarle la vuelta a la norma. La idea es presentar recursos para que transcurran los cuatro años y prescriban las infracciones. Al final, queda en nada”, señaló Barreto.
Para el especialista, el problema parte de que en el Perú superar la velocidad permitida en calles y avenidas está contemplado solo como infracción y no como delito, a diferencia de otros países del mundo.
“Una persona que supera la velocidad permitida en una vía está poniendo en riesgo la vida y salud de las personas. Se deberían incorporar al Código Penal los delitos contra la seguridad vial. El proceso ya no sería administrativo sino penal, mucho más rápido”, sostuvo.
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En tanto, el presidente de la ONG Luz Ámbar, Luis Quispe Candia, dijo que ya han presentado un proyecto para que en caso de infracción de tránsito se inicie un procedimiento administrativo sumario. Es decir, que si el infractor apela la papeleta, este vaya a un juzgado administrativo de tránsito y en audiencia única se resuelva el caso.
“Aún no existe este tipo de juzgado. El Poder Judicial no lo ha implementado hasta ahora. Con esto ya no habría millones de deudas en papeleta impagas”, refirió.
Respecto al destino de los montos derivados de las multas, Barreto precisó que van directamente al SAT, en su totalidad, y que son utilizados para infraestructura vial y otras acciones relacionadas al tema de seguridad vial.
Crítica a la fiscalización
Ambos expertos criticaron la forma en que se viene fiscalizando el cumplimiento de los nuevos límites de velocidad. Sostienen que esto se debe hacer mediante equipos electrónicos de forma permanente (pórticos y/o cámaras), y no con personal policial solo en algunos puntos de la ciudad.
“Las autoridades que gestionan el tránsito tuvieron un año para adquirir los medios tecnológicos necesarios. Lo que se necesita es el control permanente, no el humano. El personal policial puede quedarse en un sitio por un tiempo, pero luego deben de cumplir otros servicios. Se hubieran instalado pórticos que miden la velocidad o cámaras electrónicas “, dijo Barreto.
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Asimismo, indicó que se tiene que analizar bien en qué zonas se produce la mayor cantidad de accidentes de tránsito cuyas causas estén relacionadas al exceso de velocidad. Consideró que poner a un agente operando un cinemómetro en una avenida donde el flujo vehicular es constante carece de sentido.
“Obviamente en este caso los vehículos no van a superar los límites permitidos. Los controles deberían ser en la noche, porque allí el flujo vehicular disminuye y por consiguiente la velocidad tiende a ser más alta”, añadió.