El Congreso de la República aprobó ayer, en segunda votación, una modificación a la ley que promueve el uso de bicicletas como “medio de transporte sostenible”. La norma cataloga de interés nacional y necesidad pública la construcción de infraestructura vial para la seguridad de los ciclistas.
Indica que los ciclistas tendrán derecho a estacionamientos públicos gratuitos y que cada comuna deberá dotar a su jurisdicción de ciclovías y señalización oportuna. Para esto, promoverá la ejecución de obras por impuestos.
La ley, sin embargo, no señala plazos para que las comunas se adapten a ella. “La norma tiene muchas deficiencias, pero es un primer boceto sobre el cual se puede empezar a exigir”, dice Zoé Sandoval, del colectivo ciudadano Actibícimo.
La ley dispone también que las entidades públicas y privadas adecúen sus estacionamientos de modo que hasta el 5% de su área sea destinada para guardar las bicicletas. Da un plazo de tres años para realizar estas modificaciones. “Creo que lo mínimo debería ser un 10%, ¿si no, cuál es la promoción en el uso de las bicicletas?”, se pregunta Sandoval.
La ley también sugiere otorgar beneficios a quienes acudan a sus trabajos en bicicleta. Entre estos, dar flexibilidad en los horarios de entrada e instalar duchas. En el caso del sector público incluye un beneficio específico: un día libre por cada 45 asistencias en bicicleta.
También señala que los gobiernos locales deberán habilitar sistemas públicos de préstamo o alquiler de bicicletas para incentivar su uso. A la fecha, San Borja y San Isidro brindan estas facilidades.
Miraflores inició ayer la colocación de cicloestaciones. La comuna cuenta desde ya con dos estaciones de alquiler de bicicletas e instalará otras 48 con 500 bicicletas. El servicio estará disponible desde enero. Quien desee usarlas deberá inscribirse vía Internet y recibirá una tarjeta.
—Infracciones—La norma establece multas para las faltas graves y muy graves que cometan los ciclistas. Estas van del 1% a 5% de una unidad impositiva tributaria (UIT).
Se sancionará, por ejemplo, a quienes no usen dispositivos de seguridad, que serán detallados en el reglamento de la ley. También a quienes conduzcan en estado de ebriedad y a quienes circulen con un número de personas que exceda el número de asientos “o dispositivos incorporados para el transporte de personas”.
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