MTC presenta demanda constitucional contra norma de taxis colectivos

Aprobada en diciembre de 2020, la norma legaliza los servicios de transporte de pasajeros que se brinden con vehículos de categoría M1 y M2.
Fernando Cerna, director general de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, explicó que el sector considera que esta ley es riesgosa y podría generar el aumento de accidentes de tránsito. FOTO: GEC

El presentará ante el Tribunal Constitucional medidas legales contra la Ley 31096, que establece la formalización del transporte interprovincial de a nivel nacional, la cual fue aprobada por el Congreso de la República y es aplicable en todo el territorio nacional, con exclusión de Lima Metropolitana y la provincia constitucional del Callao.

En un , el titular del MTC, Eduardo González, informó que el Consejo de Ministros aprobó la interposición de la demanda de inconstitucionalidad contra la Ley N° 31096.

“La Procuraduría Especializada en Asuntos Constitucionales del Ministerio de Justicia, se encuentra trabajando la demanda a fin de presentarla en el más breve plazo al Tribunal Constitucional, señala el pronunciamiento.

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Fernando Cerna, director general de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, explicó que el sector considera que esta ley es riesgosa y podría generar el aumento de accidentes de tránsito.

“La Ley 31096 reduce los estándares de prestación del servicio de transporte terrestre de ámbito nacional y regional, al permitir que se realicen en vehículos más pequeños. En caso de accidentes, tienen mayores probabilidades de causar daños fatales a sus ocupantes. Además, debido al tamaño de las unidades implica mayor uso de la infraestructura vial y más contaminación ambiental”, precisó durante el evento virtual ‘Ponencia de la prepublicación del reglamento para el servicio temporal de autos colectivos’ dirigido a periodistas.

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Sobre la ley

El 11 de diciembre del 2020, la norma ya observada por el Ejecutivo, obtuvo 81 votos a favor, siete en contra y diez abstenciones. El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) consideró riesgosa dicha actividad, ya que podrán recoger o dejar pasajeros en carreteras, sin paraderos definidos ni cumplir protocolos de higiene. A finales de ese mismo mes, el Congreso de la República la oficializó.

La norma precisa, por ejemplo, que los automóviles comprendidos son los de la clasificación M1, con carrocería sedán o station wagon, establecida por el Decreto Supremo 058-2003-MTC.

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También incluye las unidades de clasificación M2, para zonas rural y urbana establecida por el Decreto Supremo 058-2003-MTC, vehículos con más de ocho plazas, excluida la del conductor, cuya masa máxima no supere las 5 toneladas, diseñados y fabricados para transporte de pasajeros.

La presente ley tiene una vigencia de cuatro años, prorrogables por un plazo máximo de tres años, solo si al vencimiento del plazo original, el MTC o la autoridad competente emite opinión positiva respecto a la prórroga para cubrir el déficit del servicio de pasajeros interregional e interprovincial, señalando el plazo y el número de vehículos necesarios para dicho fin.

Reglamento

El Director General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal explicó que, si bien existen limitaciones en la Ley 31096, el MTC ha publicado el proyecto del reglamento, el cual, dentro del marco legal aprobado, tiene como objetivo garantizar la seguridad, integridad y la vida de las personas, así como reducir el alto número de accidentes en las carreteras.

La prepublicación del reglamento busca que los ciudadanos, especialistas, gremios de transportistas, instituciones públicas y privadas puedan remitir sus comentarios y sugerencias hasta el 12 de febrero para enriquecer la norma.

Los comentarios y aportes podrán remitirse a la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del MTC (Jr. Zorritos N° 1203, Cercado de Lima) o a la dirección electrónica

Cerna precisó que el proyecto de reglamento contiene disposiciones para que las autorizaciones para brindar el servicio temporal de autos colectivos de ámbito nacional e interprovincial se otorgarán solamente cuando haya una insuficiente oferta del servicio de transporte en ómnibus.

Agregó que el proyecto del reglamento incluye rígidas exigencias técnicas, operativas y legales que se deben cumplir para obtener la autorización, tales como peso y cilindradas mínimos de los vehículos.

Para ver el proyecto del reglamento se puede ingresar al siguiente enlace .

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