Coronavirus en Perú | AFP | Ante el aumento de casos de coronavirus COVID-19 en el Perú, el presidente Martín Vizcarra anunció que el Gobierno decidió ampliar por 13 días el Estado de Emergencia Nacional. Esta medida, que culminará el domingo 12 de abril, incluye la prolongación del aislamiento social obligatorio y toque de queda. En consecuencia, se han paralizado todas las actividades en el sector público y privado, miles de negocios han cerrado y la economía de los hogares peruanos ha sido afectada.
Ante este panorama, el jefe de Estado está brindando diversas medidas para salvaguardar a las familias peruanas y brindar liquidez para superar el impacto económico que ha generado el COVID-19. En esa línea, el presidente Martín Vizcarra anunció que los trabajadores que no estén en planilla desde hace 12 meses y estén afiliados a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) podrán retirar hasta S/2,000 de sus fondos previsionales.
Este miércoles se emitió el Decreto de Urgencia 034-2020 que oficializa el retiro extraordinario de los fondos ante la emergencia generada por el coronavirus. La norma se publicó en el diario El Peruano y dispone que sea la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) la que determine la atención de las solicitudes y los pagos.
Inicialmente, esta medida alcanzaba solo a aquellos que no aportan desde hace 12 meses o más. No obstante, tal como lo adelantó María Antonieta Alva, ministra de Economía, en la norma publicada se redujo el lapso para tener un mayor alcance: quienes no hayan estado en planilla por seis meses o más podrán acceder a este beneficio.
¿CÓMO SABER CUÁNTO ME DESCUENTAN AL MES POR AFP?
Otra medida que anunció el presidente Martín Vizcarra es que se suspenderá el aporte a las AFP durante el mes de abril, ante la ampliación del estado de emergencia en el Perú. Es decir, este monto -parte del sueldo y que usualmente se destina para el fondo de pensiones- de abril no se descontará al trabajador.
Mediante Decreto de Urgencia Nº 033-2020, publicado en edición extraordinaria de las normas legales del diario El Peruano, el Ejecutivo suspendió temporalmente y de manera excepcional el aporte de los trabajadores a las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP) correspondiente a abril del 2020.
De acuerdo con la norma, también se suspende la obligación de retención y pago de la remuneración computable de la comisión sobre el flujo descontado mensualmente al trabajador. Estas medidas, se señala, no ocasionarán penalidades o multas a los empleadores.
Tras los anuncios del presidente Vizcarra, han surgido muchas preguntas respecto al tema de las AFP. Una de las interrogantes que se hacen los trabajadores que están en planilla y aportan al fondo de pensiones es sobre el monto que les corresponderá. Para ello, te explicamos cuánto se te descuenta mes por mes de tu sueldo.
DESCUENTOS DE LAS AFP
Todos los meses, a los trabajadores afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) se le descuenta parte de su sueldo por concepto de AFP. Este descuento incluye hoy tres conceptos.
- El primero es el aporte que va directamente a la cuenta de capitalización individual (CCI) del afiliado y alimenta su fondo de pensiones. Este importe corresponde al 10% de la remuneración bruta del afiliado.
- Otro aporte obligatorio que realiza el afiliado es la prima de seguro de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio. Hoy la prima que cobran todas las AFP es de 1.35% del sueldo del trabajador.
- Un tercer descuento es la comisión por administración del fondo que cobran las AFP. Este pago dependerá del tipo de comisión en la que se encuentre el afiliado.
COMISIÓN SOBRE FLUJO
Si el afiliado se encuentra en la comisión sobre el flujo, pagará entre 1.47% y 1.69% de su remuneración bruta mensual, dependiendo de la AFP en la que se encuentre.
En total, al afiliado se le descuenta todos los meses entre 12.82% y 13.04% de su sueldo bruto. Así, si son S/ 2,000 los que percibe mensualmente, entre S/ 256.4 y S/260.8 se redireccionan a su AFP.
Hoy son 1.8 millones de los más de siete millones de afiliados se encuentran en este esquema de comisión.
COMISIÓN MIXTA
Si el afiliado está en la comisión mixta pagará un porcentaje (entre 0.82% y 1.25%) sobre el saldo que acumule en su fondo de pensiones y un porcentaje sobre su sueldo mensual (entre 0% y 0.67%).
Cabe señalar, que desde este mes, la AFP ganadora de la última licitación, redujo a 0% el componente sobre saldo que cobra a sus afiliados que se encuentren en la comisión mixta.
“Con ello, desde este mes en la boleta de remuneraciones de los nuevos y antiguos afiliados de AFP Integra solo se les descontará 11.35% (de su sueldo), correspondiente al aporte a su fondo de pensiones y a la prima de seguro de invalidez y sobrevivencia”, explicó Cesar Chang, vicepresidente de finanzas y tecnología de la AFP.
El ejecutivo detalló que hoy tienen alrededor de 1.2 millones de afiliados en el esquema de comisión mixta y estima que en los dos años que tendrá la exclusividad de afiliación entrarán al sistema alrededor de 800,000 afiliados.
En este caso, el trabajador que gana S/ 2,000 mensuales, pagará por concepto de AFP, entre 11.35% (S/ 227) y 12.02% (S/ 240.4) de su sueldo.
Si bien estos descuentos mensuales (sobre su remuneración) son menores a los que se le hace al afiliado que se encuentra en la comisión por flujo, aquí se le debe agregar el cobro que hace la AFP sobre el saldo que tiene en su fondo de pensiones.
Es decir, si ese afiliado que gana S/ 2,000 y paga por el componente de flujo entre S/ 227 y S/240 de su sueldo mensual, tiene en su cuenta de capitalización acumulados S/50,000, también se le descontará (de ese fondo) al año entre S/ 410 y S/ 625, dependiendo de la AFP en la que se encuentre.
GOBIERNO APRUEBA EL RETIRO DE S/ 2.000 DE AFP
El Poder Ejecutivo aprobó el Decreto de Urgencia 033-2020 por el cual los afiliados al Sistema Privado de Pensiones que no han aportado a su AFP en los últimos seis meses podrán retirar hasta 2,000 soles de su fondo previsional.
Según la normativa publicada el 1 de abril de manera extraordinario en el Diario Oficial El Peruano, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) determinará las condiciones de atención de solicitudes y pago de afiliados, así como el procedimiento operativo para el cumplimiento de lo dispuesto.
De acuerdo a la normativa, los afiliados al SPP pueden realizar, por única vez, el retiro extraordinario de hasta 2,000 soles de su Cuenta Individual de Capitalización (CIC), siempre y cuando no acrediten aportes en los últimos seis meses consecutivos contados desde el 31 de marzo.
Asimismo, se estipula que las Administradoras de Fondos Previsionales (AFP) deben poner a disposición el pago del monto señalado en el mes de abril.
Cabe resaltar que las disposiciones del presente Decreto de Urgencia tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020.
SBS YA PUBLICÓ PROCEDIMIENTO PARA RETIRAR 2.000 SOLES DE AFP
La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones (SBS) publicó hoy la Circular Nº AFP-172-2020, que establece el procedimiento operativo para el retiro extraordinario de los fondos de pensiones dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 034-2020.
En la circular, publicada por la SBS en el Diario Oficial El Peruano, que entrará en vigencia desde el viernes 3 de abril, se detalla que los afiliados cuyo fondo al 31 de marzo del 2020 no registren aportes entre setiembre del 2019 y febrero del 2020 podrán disponer de hasta 2,000 soles.
Para ello, los afiliados deberán ingresar su solicitud de retiro extraordinario en los canales y formatos que habiliten las AFP hasta el 27 de abril de 2020.
Una vez recibida la solicitud, la AFP evaluará el cumplimiento de los requisitos y, de resultar procedente, comunicará al afiliado el desembolso del monto solicitado en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles de recibida la solicitud.
En el caso de no resultar procedente, la AFP informará ello al afiliado en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, guardando constancia de la comunicación realizada.
¿CÓMO AVERIGUAR CUAL ES MI AFP?
Algunos afiliados a las AFP no conocen o recuerdan a cuál de estas administradoras se afiliaron al momento de entrar en el ámbito laboral. Andina ha dado detalles de algunas disposiciones que está proponiendo el Gobierno Central además de facilitar esta información a la ciudadanía.
Por ejemplo, se habilitó un enlace para que los ciudadanos puedan consultar de manera gratuita y online, desde una computadora, tablet o cualquier dispositivo móvil, en cuál AFP están inscritos, sus derechos como aportantes y también los deberes que estos tienen para sus respectivas agencias administrativas.
► Descubre aquí a qué AFP estás afiliado
Una vez procesada la información, la página informará al consultante sobre el código de afiliación, el origen de afiliado, el tipo de trabajador si es independiente o dependiente, en cuál de las AFP está aportando, el tipo de comisión y la situación de afiliado.
Con esta información ya podrá saber cuál es el paso siguiente para los otros trámites que tenga una vez descubra cuál es su AFP.
AFP HABILITARÁN CANALES REMOTOS PARA RETIRO DE HASTA S/ 2.000
Tal como informa Andina, la Asociación de AFP señaló el 1 de abril que los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) podrán presentar la solicitud de retiro de hasta 2,000 soles del fondo, mediante los canales remotos que habilitarán las AFP.
“Los afiliados podrán presentar su solicitud de retiro a través de los canales remotos que habilitarán las AFP, luego de que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) haya establecido el procedimiento operativo para el cumplimiento del Decreto de Urgencia Nº 034-2020”, indicó en su cuenta de Facebook.
La Asociación de AFP recordó que los afiliados a las AFP que hasta el 31 de marzo de 2020 no registren aportes obligatorios por al menos seis meses consecutivos, podrán realizar, en una sola armada, el retiro de hasta 2,000 soles de su Cuenta Individual de Capitalización (CIC).
“Si un afiliado tiene en su CIC un monto menor a 2,000 soles, las AFP pondrán a su disposición el íntegro de su saldo acumulado”, manifestó.
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