Los trabajadores que no tengan liquidez podrán pedir un adelanto de su CTS y gratificación (Foto: Andina)
Los trabajadores que no tengan liquidez podrán pedir un adelanto de su CTS y gratificación (Foto: Andina)
Redacción Mag

Si eres uno de los trabajadores que fue afectado con la suspensión perfecta de labores o licencia sin goce de haberes, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) informó que en caso no tengas liquidez para afrontar la pandemia podrás solicitar el adelanto del depósito de tu CTS de mayo y de tu gratificación correspondiente a julio.

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Como se sabe, la o licencia sin goce de haberes fue una de las medidas que tomó el Gobierno como respuesta al impacto económico generado por el coronavirus en las empresas.

Pero sabes exactamente ¿cómo pedir el adelanto de tu Compensación por Tiempo de Servicios () y gratificación? A continuación, te lo explicamos.

La gratificación es un pago adicional sumado a la remuneración o sueldo de los trabajadores que cobran mensualmente (Foto: Andina)
La gratificación es un pago adicional sumado a la remuneración o sueldo de los trabajadores que cobran mensualmente (Foto: Andina)

PAGO ADELANTADO

Esta medida se toma siempre y cuando el trabajador en suspensión perfecta de labores no cuente actualmente con saldo en su cuenta CTS.

De ser así, deberá solicitar a su empleador el adelanto del pago de la CTS del mes de mayo de 2020 y gratificación del mes de julio de 2020, calculados a la fecha de desembolso.

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¿CÓMO SOLICITARLO?

Esta solicitud puede ser presentada por vías no presenciales y ejecutada mediante transferencia a cuentas activas o pasivas del trabajador que este indique.

El empleador debe efectuar el adelanto dentro de los primeros cinco días calendarios de efectuada la solicitud del trabajador.

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Cada trabajador de la actividad privada recibe un sueldo íntegro, siempre que haya laborado el semestre completo (julio-diciembre) (Foto: Andina)
Cada trabajador de la actividad privada recibe un sueldo íntegro, siempre que haya laborado el semestre completo (julio-diciembre) (Foto: Andina)

DECRETO DE URGENCIA

El Decreto de Urgencia Nº 038-2020 autoriza de forma excepcional a los empleadores a solicitar la suspensión perfecta de labores de sus trabajadores, además de disponer una serie de mecanismos para que los empleados afectados por esta medida no queden en la orfandad económica.

Las medidas de protección están dirigidas a dos tipos de trabajadores. Por un lado, los trabajadores de la mediana y gran empresa que podrán acudir a sus fondos de CTS y sus aportes de pensiones a las para tener liquidez; y aquellos trabajadores que por su régimen laboral (pequeña y microempresas) no cuentan con estos recursos, para quienes se ha dispuesto la entrega de una subvención económica de 760 soles mensuales durante tres meses, siempre y cuando ganan menos de 2.400 soles mensuales.

Cabe precisar que, el decreto precisa que las empresas del Estado comprendidas al ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe) también podrán aplicar la suspensión perfecta de laborales.

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La Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) es un beneficio para los trabajadores, que consiste en dos depósitos al ano que realiza el empleador y que en conjunto suman aproximadamente un sueldo (Foto: Andina)
La Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) es un beneficio para los trabajadores, que consiste en dos depósitos al ano que realiza el empleador y que en conjunto suman aproximadamente un sueldo (Foto: Andina)

MEDIDAS PARA TRABAJADORES CON SUSPENSIÓN PERFECTA DE LABORES

DISPOSICIÓN DE LA CTS

  • Los trabajadores comprendidos en la medida podrán disponer libremente de los fondos de los depósitos de la CTS hasta por una remuneración bruta mensual por cada mes calendario vencido de duración de la suspensión perfecta de labores.
  • La solicitud del trabajador puede ser presentada por vía remota y ejecutada mediante transferencia a cuentas activas o pasivas que el trabajador indique. Esta medida es adicional a la libre disposición regulada en el Decreto de Urgencia Nº 033-2020, que permitió el retiro de hasta 2.400 soles.

POSTERGAN PAGO DE CTS

  • El empleador puede aplazar el depósito correspondiente a la CTS de mayo de 2020 hasta noviembre del año en curso, con excepción de los siguientes casos: cuando la remuneración bruta del trabajador sea de hasta 2.400 soles y cuando los trabajadores estén en una suspensión perfecta de labores.
  • El referido depósito de la CTS debe considerar los intereses devengados a la fecha del depósito.

DISPONIBILIDAD DE APORTES DE AFP

  • Además, la norma dispone por única vez a los trabajadores con vínculo laboral vigente, pero que tienen una suspensión perfecta de labores, el retiro extraordinario de hasta 2.000 soles de la Cuenta Individual de Capitalización (CIC) de los afiliados a la AFP.
  • Se accederá a pedido incluso si al momento de evaluación de la solicitud no cuenten con el pago del aporte previsional de febrero o marzo del 2020.

PEQUEÑA Y MICRO EMPRESA

  • Para los trabajadores que caigan en suspensión perfecta de labores, pero por su régimen laboral de la pequeña y micro empresa no cuenta con fondo de a CTS, el Decreto de Urgencia Nº 038-2020 crea la “Prestación Económica de Protección Social de Emergencia ante la Pandemia del Coronavirus ” o subsidio, que es otorgado por el Seguro Social del Salud hasta por un monto máximo de 760 soles por cada mes calendario vencido, que dure la correspondiente medida de suspensión perfecta de labores, hasta por un período máximo de tres meses.
  • Para acceder a esta prestación, el trabajador debe solicitarlo al Seguro Social de Salud, vía la plataforma web, que la institución implementará para tal fin.

SEGURO SOCIAL

  • Vale recordar que durante el tiempo de la suspensión perfecta de labores (máximo de tres meses), los trabajadores seguirán contando con su seguro de salud que brinda Essalud, tanto para él como para sus familiares, aunque no cuenten con los cinco meses de aporte mínimo que establece la ley.

JUBILACIÓN

  • Si un trabajador está a punto de jubilarse y cae en suspensión perfecta de labores, el decreto de urgencia establece a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) exigir estos aportes durante el período de suspensión y podrá solicitar la pensión debiendo solo acreditar la suspensión perfecta de labores.
  • Para el cálculo de la pensión no se consideran las remuneraciones por el período excepcional acreditado.
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Si un trabajador entró a la suspensión perfecta de labores podrá acudir a sus fondos de compensación de tiempo de servicios (CTS) (Foto Andina)
Si un trabajador entró a la suspensión perfecta de labores podrá acudir a sus fondos de compensación de tiempo de servicios (CTS) (Foto Andina)

¿QUÉ ES LA SUSPENSIÓN PERFECTA DE LABORES?

Como muchas empresas ya no pueden pagar licencias con goce de haber por haber interrumpido sus fuentes de ingreso, han estado optando por suspender el contrato de sus sin darles una remuneración por un período máximo de 90 días. Esta figura laboral, que se aplica en caso fortuito (por acción de la naturaleza) o de fuerza mayor (por acción del hombre), se llama suspensión perfecta de labores.

explicó que esta medida puede regir sobre un grupo de trabajadores como a toda la planilla, en función a las razones que imposibiliten la continuación de la operatividad de la empresa, según establece la norma.

La suspensión perfecta es una figura excepcional que comprende a las empresas que estén afrontando serias dificultades económicas, algo que tiene que acreditar, y que no puedan desarrollar el trabajo remoto”, acotó la ministra de Trabajo.

Previamente, la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (Confiep) había alcanzado una propuesta al Ministerio de Trabajo para que la suspensión perfecta de labores puede aplicarse hasta por 180 días; sin embargo, a la fecha, dicha cartera no ha indicado si rechazará o recogerá esta idea.

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¿CÓMO FUNCIONA LA SUSPENSIÓN PERFECTA DE LABORES?

Una vez que el empleador solicita la suspensión perfecta de labores, el tiene un plazo de seis días para visitar las instalaciones de la empresa para evaluar si la aplicación de esta modalidad laboral se justifica. Eso sí, por la coyuntura actual, es probable que este plazo tome algo más de tiempo.

Si no hizo bien su sustento, el MTPE ordena que los trabajadores regresen a sus puestos y se le paga todos los días que no trabajaron”, explicó José Balta, abogado del estudio Rodrigo, Elías & Medrano.

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