Patricia Benavides y su defensa legal requirieron este jueves a la Junta Nacional de Justicia (JNJ) que se aparte del proceso administrativo disciplinario y sancionador que le sigue en su contra por integrar una presunta organización criminal.
Durante la audiencia de apelación contra la suspensión de seis meses que le impuso la JNJ el 6 de diciembre del 2023; solicitaron que todo lo actuado en su contra sea remitido al Congreso de la República.
Benavides Vargas, entre otras investigaciones ante la JNJ, también es procesada disciplinariamente por presunta conducta irregular por haber liderado una presunta organización criminal en el Ministerio Público (MP). Y, desde su cargo funcional, a través de sus asesores, haber pactado con congresistas de la República para destituir a la ex fiscal de la Nación Zoraida Ávalos, buscar la remoción de los integrantes de la JNJ, la remoción de la fiscal Marita Barreto del Equipo Especial contra la Corrupción en el Poder (Eficcop), entre otros hechos.
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Jorge Del Castillo, abogado de Benavides Vargas en este caso, cuestionó que el proceso administrativo de la JNJ se haya iniciado el 28 de noviembre del 2023, pese a que recién (el 8 de enero) la Fiscalía Suprema abrió una investigación penal.
El abogado afirmó que se había violado el debido proceso en contra de su patrocinada al haber instaurado una proceso disciplinario inmediato y aplicado la suspensión en sus funciones en el Ministerio Público.
“Lo que corresponde en este caso, ante la existencia de un hecho de delito, es que ustedes se abstengan de este procedimiento administrativo y remitan lo actuado al Congreso de la República.”
Jorge Del Castillo, abogado de Patricia Benavides
Sobre ello, el defensor de la ex fiscal de la Nación trató de justificar su posición señalando que no podría haber un doble procedimiento, puesto que la JNJ y la fiscalía investigan los mismos hechos. Esto, pese a que, en el primer caso se trata de una instancia administrativa-disciplinaria; mientras que la otra es por la presunta comisión de delitos.
“Este es el principio violado, por los mismos hechos. Estamos hablando de los mismos hechos, no de hechos paralelos, concurrentes; no. Estamos hablando de los mismos hechos, de los mismos documentos, de las mismas cuestiones. Entonces, el ne bis in idem (ser juzgado dos veces por el mismo hecho), queda de lado. (Proceso) administrativo para que la suspendan o destituyan, y el Congreso, para que la vuelva a destituir”, insistió.
Alegó que el proceso administrativo seguido contra Benavides Vargas está vinculado y no puede desligarse del proceso penal. Por tanto, citando opiniones de otros especialistas, afirmó que prevalece la vía penal, sobre la administrativa (a cargo de la JNJ), por lo que el proceso disciplinario sancionador tendría que detenerse hasta que concluya el proceso penal.
En otro aspecto, Del Castillo cuestionó que la JNJ inicie una proceso disciplinario inmediato y aplique una medida cautelar de suspensión, sustentada en informaciones periodísticas y conversaciones de WhatsApp del aspirante a colaborador eficaz, Jaime Villanueva, quien fue asesor de Benavides.
En esa línea, presentó una pericia de parte para sostener que los chats de Villanueva no tuvieron una “cadena de custodia” y fueron objeto de “manipulación” en su contenido.
Exigió a la JNJ que indique cuál fue la falta “flagrante” cometida por Benavides para imputarle una conducta irregular, pues la norma exige la probanza de una conducta evidentemente irregular para instaurar un proceso disciplinario inmediato.
“Espero que en la resolución, pondrán en qué consiste la flagrancia que justifique el procedimiento inmediato. No existe. Así que no hay ni una condición de la conducta notoriamente irregular, ni la flagrancia de una falta disciplinaria”, argumentó.
Finalmente, adujo razones políticas detrás de los cuestionamientos en contra de Benavides Vargas y solicitó al pleno de la JNJ, que resuelva con “consecuencia” la apelación contra la suspensión en sus funciones de su patrocinada.
Benavides Vargas, quien también hizo uso de la palabra al inicio de la audiencia de apelación, aseguró que no existía evidencia para vincularla a una presunta organización criminal. Coincidió con su defensa legal en señalar que los chats de su exhombre de confianza Villanueva, fueron “manipulados”.
En otro momento, la suspendida fiscal suprema volvió a señalar que algunos integrantes de la JNJ no podían participar en su proceso disciplinario ya que venían siendo investigados en su gestión como fiscal de la Nación por una supuesta presión al presidente del Poder Judicial, Javier Arévalo. Esto, pese a que a los pocos días de dicha denuncia, el mismo Arévalo lo desmintió.
“No soy líder de una organización criminal (...) solo hay dichos y unos pantallazos de WhatsApp manipulados. Rechazo todas las imputaciones en mi contra.”
Patricia Benavides, exFN suspendida.
“La JNJ es competente”
Antonio Maldonado, exprocurador Anticorrupción, calificó de “erróneos” los argumentos presentados por la defensa de la exfiscal de la Nación, Patricia Benavides, para revocar la suspensión de seis meses que aplicó preventivamente la Junta Nacional de Justicia (JNJ).
Explicó que, precisamente, la competencia de la JNJ para pronunciarse sobre las conductas de magistrados y fiscales, es una consecuencia que deriva de una ley especial; y por tanto, es una competencia que tiene preeminencia sobre cualquier otra competencia de carácter general.
“El órgano especializado entonces, para investigar una presunta inconducta de magistrados en términos generales, como una fiscal de la Nación, es la que ejerce con legitimidad y arreglo al marco constitucional vigente la Junta Nacional de Justicia. Eso en cuanto al argumento formal.”
Antonio Maldonado, exprocurador anticorrupción.
Y, en cuanto al argumento material, rescató lo señalado por la Relatora Internacional de la ONU sobre jueces y abogados, Margaret Satterthwaite, quien alegó una intervención inconstitucional, y claramente vulneratoria de estándares internacionales de derechos humanos sobre independencia e imparcialidad de un órgano como la JNJ, por parte del Congreso.
Por ende, precisó, el Congreso no es el ente idóneo donde se deba procesar actualmente a la exfiscal de la Nación, puesto que materialmente, el Parlamento ha demostrado que existe una parcialidad manifiesta con la investigada.
“Es un argumento que colisiona con estos pronunciamiento que dan cuenta de que el Congreso es un amigo de la investigada y no va a expedir una resolución independiente, divorciada de compromisos políticos que habría establecido precisamente la propia señora, quien no habría tenido mejor idea que negociar el ejercicio de la acción penal pública con congresistas que deberían haber sido procesados y que no lo fueron debido a esta presunta negociación”, explicó.
Sobre los elementos probatorios como los chats, declaraciones u otros documentos periodísticos, para sostener el proceso disciplinario inmediato y suspensión provisional, el exprocurador aclaró que lo exigido por la defensa de Benavides se vincula a un estándar que puede ser enarbolado en el marco del proceso penal.
Por tanto, señaló que la información que producen los medios de comunicación o plataformas de información, no pueden ser descalificadas bajo el epígrafe de ser “recortes de prensa”.
“Incluso, pese a que la defensa cuestiona este tema de la noticia criminal, una información que se pone en conocimiento de la sociedad peruana y que revela hechos de suma gravedad; son suficientes para activar la competencia de la JNJ y exigir de ella un pronunciamiento”, comentó.
Es más, a su entender, la JNJ habría actuado con “parsimonia” cuando se revelaron los presuntos actos irregulares de Benavides, debido a que la institución venía siendo objeto de acoso en el Congreso y con la amenaza de ser destituida.
“Entonces, que no se confunda celeridad en la intervención con arbitrariedad; y la defensa recurre a una falacia al calificar la intervención de la junta como arbitraria, cuando lo que correspondía era lo que al final hizo la junta, con gran timidez”, dijo.
El exprocurador consideró que a la luz de lo que se conoce, “estamos frente a un hecho de inconducta funcional por parte de la magistrada de más alto nivel del Ministerio Público”. Entonces, el estándar de juzgamiento es diferente en cuanto no solo se basa en determinar un elemento probatorio con o sin fuerza como los chats de su exasesor Villanueva; sino que se basa en un contexto en el que Benavides habría realizado un torcimiento de su función técnica del ejercicio de la persecución penal, de la defensa de la legalidad, etc.
“Un Ministerio Público que abdica a sus funciones, que cede a la presión política o que se adhiere a una interacción política, termina desvirtuando sus funciones; independientemente de a qué signo político termine sirviendo”, señaló.
Dichas situaciones, recordó, se evidencian en casos como Bolivia, El Salvador, Nicaragua y Venezuela, donde el Ministerio Público sirve a intereses políticos.
Por ello, en última instancia, acotó, lo que estamos viendo es el caso de una señora que era fiscal de la Nación, que se dejó llevar por su voluntad, por encima del principio de legalidad, convirtiendo al Ministerio Público en un instrumento político de una facción en el Congreso de la República.
“Hoy puede ser la derecha, mañana la izquierda, y lo que estamos haciendo con conductas como la que habría realizado la señora, es normalizar esta situación”, concluyó.