El pleno del Congreso decidió inhabilitar de la función pública por 10 años a los integrantes de la Junta Nacional de Justicia (JNE) Inés Tello y Aldo Vásquez el jueves último mediante votaciones polémicas.
Las inhabilitaciones se consiguieron con 67 votos a favor en cada caso, la cantidad mínima que requerían. Con esa decisión, ambos saldrán de la JNJ y serán reemplazados por miembros suplentes.
El congresista José Luna Gálvez (Podemos Perú) participó de las votaciones a pesar de integrar la Comisión Permanente. Sin su voto no se habrían alcanzado las 67 adhesiones.
La Constitución y el Reglamento del Congreso señalan que los legisladores que integran la Permanente no pueden votar en el pleno respecto de una acusación constitucional.
No obstante, según una interpretación singular del Parlamento, Luna sí estaba habilitado para ejercer su voto porque no lo hizo previamente cuando el caso se vio en la Permanente.
El proceso contra Tello
Tello fue la primera en ser inhabilitada por presunta infracción a la Constitución.
El Congreso concluyó que debió ser vacada de la JNJ en el 2020, cuando superó los 75 años, el límite de edad para integrar esa institución.
La inhabilitación recibió 67 votos a favor, 23 en contra y tres abstenciones.
La bancada de Cambio Democrático - Juntos por el Perú fue la única que se opuso en bloque. Según argumentó su vocera, la legisladora Sigrid Bazán, la mayoría parlamentaria busca una JNJ que responda a sus intereses políticos, y para lograrlo retiraron a Tello.
En tanto, el congresista Héctor Ventura (Fuerza Popular) señaló que los miembros de la JNJ actuaron en “clara violación” al artículo 156 de la Constitución, que aborda los requisitos para ser miembro de esa institución.
Añadió que el Congreso debe “pensar en una reforma integral” del sistema de justicia” ante la “evidente politización” de esta.
Luego de ser inhabilitada, Tello envió un oficio al presidente del Congreso, Alejandro Soto, para solicitarle que se declare “la inexistencia” de la decisión debido a la participación de Luna. No obstante, el Parlamento afirmó, mediante un comunicado público, que ese pedido no procede.
ASÍ FUE LA VOTACIÓN PARA INHABILITAR A INÉS TELLO:
BANCADA | N° DE INTEGRANTES | A FAVOR | EN CONTRA | EN ABSTENCIÓN |
---|---|---|---|---|
Fuerza Popular | 22 | 17 | 0 | 0 |
Perú Libre | 12 | 4 | 1 | 0 |
Alianza para el Progreso | 11 | 6 | 0 | 0 |
Cambio Democrático - Juntos por el Perú | 11 | 0 | 9 | 0 |
Podemos Perú | 10 | 6 | 2 | 1 |
Bloque Magisterial | 9 | 4 | 2 | 0 |
Renovación Popular | 9 | 7 | 0 | 0 |
Avanza País | 9 | 6 | 0 | 0 |
Acción Popular | 8 | 5 | 0 | 0 |
Perú Bicentenario | 5 | 1 | 2 | 0 |
Somos Perú | 5 | 3 | 0 | 1 |
No agrupados | 19 | 8 | 7 | 1 |
TOTAL | 130 | 67 | 23 | 3 |
El papel clave de 'Los Niños'
Luego, el pleno del Congreso rechazó inhabilitar a Vásquez en una primera votación. En esta, la propuesta para retirarlo de la JNJ solo obtuvo 65 adhesiones; es decir, dos menos del mínimo necesario para ser aprobada.
Sin embargo, el legislador Isaac Mita (Perú Libre) presentó una reconsideración que fue aprobada por mayoría parlamentaria. Con ello, se volvió a votar el caso y en esta nueva ocasión sí se alcanzaron 67 adhesiones.
En esa votación, los legisladores Raúl Doroteo, Jorge Luis Flores Ancachi, ambos de Acción Popular e investigados por el Caso Los Niños; y Jorge Marticorena (Perú Bicentenario) jugaron un papel clave.
Doroteo cambió su voto de abstención a favor. En tanto, Flores Ancachi no participó en la primera votación, pero sí de la segunda, para pronunciarse a favor.
Por último, Marticorena cambió radicalmente de postura: primero votó en contra de la sanción y luego la respaldó.
ASÍ FUE LA VOTACIÓN FINAL CONTRA ALDO VÁSQUEZ:
BANCADA | N° DE INTEGRANTES | A FAVOR | EN CONTRA | EN ABSTENCIÓN |
---|---|---|---|---|
Fuerza Popular | 22 | 16 | 0 | 0 |
Perú Libre | 12 | 5 | 1 | 0 |
Alianza para el Progreso | 11 | 7 | 0 | 0 |
Cambio Democrático - Juntos por el Perú | 11 | 0 | 7 | 0 |
Podemos Perú | 10 | 5 | 2 | 0 |
Bloque Magisterial | 9 | 5 | 2 | 0 |
Renovación Popular | 9 | 7 | 0 | 0 |
Avanza País | 9 | 6 | 0 | 0 |
Acción Popular | 8 | 5 | 0 | 0 |
Perú Bicentenario | 5 | 1 | 2 | 0 |
Somos Perú | 5 | 3 | 0 | 0 |
No agrupados | 19 | 7 | 8 | 1 |
TOTAL | 130 | 67 | 22 | 1 |
Durante el debate parlamentario, la congresista Patricia Juárez (Fuerza Popular) consideró que Vásquez, quien fue presidente de la JNJ en el 2020, tuvo las herramientas legales para declarar la vacancia de Tello.
Además, cuestionó que los miembros de la JNJ justificaran la permanencia de Tello con un informe de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), que concluyó que la edad no era una causal de vacancia señalada en la Ley Orgánica de la junta.
En tanto, el parlamentario Flavio Cruz (Perú Libre) criticó el rol de la junta. Señaló que mediante esa institución, Patricia Benavides, hoy investigada por presunta organización criminal y otros delitos, fue nombrada fiscal suprema y luego titular del Ministerio Público.
También aseguró que “Los Cuellos Blancos del Puerto” aún “están vivitos y coleando” porque la JNJ no cumplió con su deber de reformar el sistema de justicia.
Finalmente, el Congreso no alcanzó los votos suficientes para inhabilitar a los magistrados Guillermo Thornberry, María Zavala e Imelda Tumialán, quienes permanecerán en la JNJ. Y dejó pendiente la votación final en el caso de Antonio de la Haza, presidente de la junta.
La defensa de la JNJ
Durante la primera parte de la sesión plenaria, los seis integrantes de la JNJ y Henry Ávila, quien renunció al colegiado hace un par de semanas, realizaron su defensa y exhortaron al Congreso a la reflexión y a no tener injerencia en el sistema de administración de justicia.
Por ejemplo, el presidente de la JNJ, Antonio De la Haza, consideró que la inhabilitación de seis de los siete actuales miembros de la institución “solo conviene a todos aquellos que son investigados, pues prefieren que sus casos no avancen, que prescriban y que sus investigaciones sean archivadas”.
Esto en el contexto de que solo tres de los seis suplentes podrían ingresar a la junta. El resto supera la edad límite para incorporarse.
De la Haza señaló que un sector del Congreso pretende “una interferencia de la política en la administración de la justicia” en base a la fuerza de los votos. En esa línea, cuestionó que exista un constante asedio a la JNJ.
El titular de la junta defendió la interpretación que hizo su organismo en el 2020 para permitir que Tello continúe en actividad, al considerar que el artículo 156 (inciso 3) de la Constitución establece que la edad límite para ingresar al colegiado es de 75 años, pero no lo ubica como una barrera para permanecer en este.
“No es posible sostener que hemos realizado una interpretación arbitraria y antojadiza […] Quieren enviar un mensaje a jueces y a fiscales, que si discrepan de los criterios políticos, su autonomía e independencia no estará garantizada”, acotó.
A su turno, Vásquez subrayó que la JNJ “es órgano clave para la preservación de la separación de poderes y de la democracia”. Añadió que la acusación constitucional promovida por Jorge Montoya (Renovación Popular) “afecta la independencia” de esta institución.
Vásquez, en ese sentido, alertó que una remoción total o parcial de los miembros de la JNJ “no se había visto en el Perú desde que Juan Velasco Alvarado destituyó a 13 jueces supremos en diciembre de 1969 [en la dictadura militar] o desde la ruptura del orden constitucional el 5 de abril de 1992 [cuando Alberto Fujimori disolvió el Congreso]”.
“¿Queremos transitar el camino de Venezuela, Nicaragua o de Guatemala? Que no se contribuya desde este recinto histórico al socavamiento de la democracia”, complementó.
El exministro de Justicia y Derechos Humanos también le pidió al Parlamento que su decisión “no sea el soplo que atice el fuego que permita la emergencia de un liderazgo antisistema que lo arrase todo”. Pero finalmente fue inhabilitado.
Un defecto de fábrica
El abogado constitucionalista Samuel Abad, abogado de cinco integrantes de la JNJ, sostuvo que el informe de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC) que propuso la inhabilitación de sus patrocinados, “nació con un defecto de fábrica”, porque “no garantizó la imparcialidad”.
Abad, ante el hemiciclo, explicó que los congresistas que integran la Comisión de Justicia del Parlamento, entre ellos Esdras Medina, ponente de la causa, adelantaron opinión cuando votaron por el informe de ese grupo que recomendó la destitución de todos los integrantes de la junta por diferentes causales
También recordó que Medina solo citó a tres integrantes de la comisión especial que seleccionó al actual JNJ. Estos compartían su punto de vista. Por lo cual, se incurrió en un “vicio de imparcialidad”.
El letrado explicó que la Constitución no se puede aplicar de manera “aislada” o “literal” como lo hace Medina en su informe, sino como una “unidad”. Por ello, recordó que el artículo 155 de la Carta Magna establece que el mandato de los integrantes de la junta es por cinco años. Por ello, cuando Tello juró al cargo lo hizo hasta el 2025 y no por ocho meses, hasta cumplir 75 años, sostuvo.
“¿Puede el Congreso destituir o inhabilitar a todos los integrantes de un órgano constitucionalmente autónomo por no compartir su criterio interpretativo, porque su interpretación es distinta? Nuestra tesis es que no se puede”, expresó.
Abad dijo que bajo el criterio de un sector del Parlamento, este, más adelante, podría inhabilitar a toda la Corte Suprema de Justicia o al Tribunal Constitucional si es que no comparte sus criterios en una resolución. “Esto significa una afectación a la autonomía e independencia de los órganos de justicia”, concluyó.
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