Congreso: Waldemar Cerrón propone cambios a la prisión preventiva y que no dure más de 12 meses

Integrante de Perú Libre plantea modificar los artículos 268, 269, 270, 272, 274 y 275 del Código Procesal Penal, referidos a la aplicación de esta medida restrictiva.
Waldemar Cerrón es legislador de Perú Libre. (Foto: jorge.cerdan/@photo.gec)

El congresista Waldemar Cerrón (Perú Libre) presentó un proyecto de ley que propone realizar modificaciones a la figura de la prisión preventiva y que esta medida restrictiva no se extienda por más de 12 meses en casos de organización criminal.

Se trata de la , que “refuerza la constitucionalidad y optimiza la aplicación de la prisión preventiva, en la lucha contra la criminalidad”, y que plantea modificar los artículos 268, 269, 270, 272, 274 y 275 del Código Procesal Penal.

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Entre los cambios propuestos, se precisa que es una medida de carácter provisional y excepcional, que debe sustentarse estrictamente en una debida motivación reforzada y en el respeto a la presunción de inocencia.

“En ningún caso procede la prisión preventiva con base únicamente en dichos ni en declaraciones en el contexto de una colaboración eficaz”, detalla el proyecto de ley, que propone su aplicación solo cuando exista un “alto y gravísimo peligro de fuga”.

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Respecto al peligro de obstaculización, se tendrá en cuenta siempre que se verifique un alto y gravísimo riesgo de que el imputado influirá “decisivamente” para que coimputados, testigos o peritos informen falsamente o se comporten de manera desleal o reticente.

Si bien el documento señala que la prisión preventiva no debe durar más de 6 meses, tratándose de procesos complejos, el plazo límite no debe extenderse por más de 9 meses y para los procesos de criminalidad organizada, no debe sobrepasar más de 12 meses.

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Finalmente, precisa que de conformidad con el principio de presunción de inocencia, el cómputo de los plazos de prisión preventiva no tiene ninguna excepción. “El cómputo del plazo se mantiene aún en el caso de nulidad de todo lo actuado”, subraya.

En la exposición de motivos se indica que procesalmente, la prisión preventiva es una medida cautelar propia del proceso penal, por el cual se ordena la privación de libertad del procesado aun cuando no se le haya declarado culpable aún, empero se opta por tal acción con el propósito de tutelar los fines del proceso penal.

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“Como se sabe, hay mucha controversia en cuanto a su admisión en el ordenamiento procesal. Y uno de los obstáculos más serios es la presunción de inocencia, el cual tiene rango constitucional”, enfatiza.

“El presente proyecto de ley busca armonizar los fines del proceso con el principio pro libertatis subyacente a la presunción de inocencia”, agrega.

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