El Poder Judicial confirmó este lunes que las diferentes cortes a nivel nacional solo atenderán casos de violencia familiar, así como de requisitoriados o detenidos y otros considerados urgentes, luego que el presidente Martín Vizcarra decretara el Estado de Emergencia Nacional durante 15 días y el aislamiento social obligatorio (cuarentena) para afrontar el coronavirus (COVID-19).
A través de un comunicado publicado hoy, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, encabezado por José Luis Lecaros, confirmó la suspensión por un plazo de 15 días calendario de todas las labores. la medida incluye los plazos procesales y administrativos.
La máxima autoridad del Poder Judicial precisó que funcionarán, en la Corte Suprema, la Sala Penal Transitoria, la Sala Penal Especial y el Juzgado Supremo de Investigación preparatoria solo para atender asuntos urgentes con requisitoriados, extradiciones y detenidos.
Las diversas cortes superiores operarán con personal restringido. Los juzgados penales señalarán al menos un juez para atender casos con detenidos, sobre libertades, con requisitoriados, hábeas corpus y otros urgentes “sin perjuicio que se emitan sentencias en los procesos con reos en cárcel con plazo de prisión preventiva improrrogable por vencer”.
Los juzgados no penales designarán al menos un juez para atender asuntos de violencia familiar, medidas cautelares, admisión de medidas de amparo, pensión de alimentos y demás casos urgentes.
La Oficina de Control de la Magistratura (OCMA) seguirá funcionando pero con el personal que su titular designe como necesario, tanto en lo que se refiere a jueces y a las oficinas desconcentradas a nivel nacional.
El Ejecutivo declaró este domingo el Estado de Emergencia Nacional, el aislamiento social obligatorio y el cierre de todas sus fronteras como parte de una serie de medidas extraordinarias para hacer frente a la pandemia del COVID-19. A la fecha se han reportado 86 de casos de coronavirus en el Perú.
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