Este viernes 12 de julio vence el plazo para que los que buscan postular en las elecciones generales del 2026 se puedan afiliar a un partido político.
De acuerdo con el Jurado Nacional de Nacional de Elecciones (JNE), ello se enmarca en la Ley 32058, que dispone diversas modificaciones en la Ley Orgánica de Elecciones y la Ley de Organizaciones Políticas, aprobada por el Congreso de la República y promulgada por la presidenta Dina Boluarte el último 14 de junio.
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Dicha norma dispone, por ejemplo, que la convocatoria a las elecciones generales del 2026 se debe hacer con una anticipación no menor de 365 días (un año) antes de su realización, incluyendo el desarrollo de las elecciones primarias internas de candidatos.
Lo que significa que el plazo para estar inscrito en una organización política y participar las elecciones internas vence este 12 de julio. El JNE informó que ampliará su horario de atención ese día hasta las 11:59 pm.
La recepción de las solicitudes de actualización de padrones de afiliados será por orden de llegada y sin previa cita, indicó el ente electoral.
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¿Quiénes deben inscribirse hasta el 12 de julio?
Los especialistas en derecho electoral José Naupari, José Manuel Villalobos, Jorge Jáuregui y Enzo Elguera explicaron a El Comercio que, en esta fecha, se vence el plazo para quienes pretendan participar en el proceso electoral del 2026 se afilien a una organización política, es decir, quienes busquen ser candidatos presidenciales o postular al Congreso.
Naupari, quien es exasesor del Jurado Nacional de Elecciones, indicó, además, que se trata de un requisito para concursar en las elecciones primarias. En esta etapa, previa a los comicios generales, participan todos los integrantes de la fórmula presidencial (presidente y vicepresidentes) y candidatos al Congreso (diputados, senadores y parlamentarios andinos).
El especialista agregó que, en este último caso, se mantiene la salvedad de que el 20% de postulantes al Parlamento sea designado directamente por la dirigencia del partido político, bajo la figura de candidatos independientes, como lo establece la Ley de Organizaciones Políticas.
En tanto, Villalobos subrayó que la afiliación a una organización política “no termina con firmar la ficha del partido” sino que la agrupación debe presentar, a través de su personero legal, estos padrones hasta el 12 de julio. “Si lo presentan después de esa fecha, no tiene validez”, aseveró.
Por su parte, Elguera resaltó que “en los próximos días seguro veremos diferentes fichajes de los partidos políticos y un mapeo de los candidatos presidenciales de los partidos políticos”.
“Esta fecha es importante porque tiene un impacto en la habilitación de las personas para postular a las elecciones primarias”, dijo, a su turno, Jáuregui.
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¿Habrá prórroga?
Los especialistas coincidieron en que no hay prórrogas o extensiones de plazo debido a que este cronograma ha sido establecido por ley.
“No hay prórrogas que valgan. Si no estás inscrito o no se ha presentado la solicitud de afiliación hasta el 12 de julio no puedes ser candidato a presidente, ni a vicepresidente”, señaló Naupari.
Una explicación parecida brindó Villalobos. “Como es un plazo, no hay forma que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) dé prórrogas, salvo que más adelante el Congreso cambie la ley y modifique el plazo, este es improrrogable”, afirmó.
“Quienes no se afilien no pueden postular, pero hay una cuota del 20% de listas, que aplica solo para candidatos a congresistas (senadores, diputados y parlamento andino)”, acotó. Villalobos se refiere a los candidatos independientes que puede designar las organizaciones políticas para que postulen al Poder Legislativo.
Al respecto, Elguera comentó que estos “independientes no pueden tener una militancia en otro partido”.
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¿Qué pasa con los partidos en vías de inscripción?
Los expertos también señalaron que este plazo aplica tanto para partidos inscritos en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP), como para organizaciones en vías de inscripción.
Naupari explicó que, la ley establece que un partido tiene que haber logrado su inscripción 365 días (un año) antes de la convocatoria a elecciones. Por tanto, para participar de las elecciones del 2026, una agrupación política debería haber logrado su afiliación al ROP hasta abril del 2025, que será la convocatoria para los próximos los comicios.
“En tanto los partidos en vías de inscripción presenten su solitud antes del 12 de julio, no importa tanto cuando se logre la inscripción sino cuando la presentó”, expresó también
Jáuregui también dio una explicación similar: “Si un partido presenta antes de la fecha límite y luego queda afiliado tiene la posibilidad de realizar elecciones primarias y considerar a las personas que han solicitado la afiliación antes del 12 como habilitadas para postular en ellas”.
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¿Quiénes pueden afiliarse a un partido político? ¿Hay impedimentos?
Villalobos y Naupari explicaron que se pueden afiliar a un partido político todos aquellos ciudadanos mayores de 18 años, que no tengan suspendida la ciudadanía, de acuerdo al artículo 33 de la Constitución.
“Quedan excluidos los condenados que no han sido rehabilitados o los que tienen pena de inhabilitación”, remarcó Villalobos.
“Pueden hacerlo [afiliarse a una organización política] los sentenciados que hayan cumplido su condena, también los procesados que aún no tengan condena e incluso quienes tienen una condena en primera instancia”, sostuvo, a su turno, Naupari.
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¿Cuántos partidos están inscritos en el ROP?
De acuerdo al Registro de Organizaciones Políticas, revisado por El Comercio, a la fecha hay 30 partidos políticos inscritos y 17 en vías de afiliación.
Los últimos en lograr este objetivo fueron Nuevo Perú y Progresemos. Ellos se suman a Acción Popular, Alianza Nacional de Trabajadores Agricultores Universitarios, Reservistas y Obreros, Alianza para el Progreso, Avanza País (APP), Fe en el Perú, Frente Popular Agrícola FÍA del Perú, Fuerza Popular, Juntos por el Perú, Partido Político Perú Primero, Libertad Popular, Partido Aprista Peruano, Partido Democrático Somos Perú, Partido Demócrata Unido Perú, Partido Demócrata Verde, Partido Frente de la Esperanza 2021, Partido Patriótico del Perú, Salvemos al Perú, Partido Político PRIN, Partido Morado, Perú Libre, Perú Moderno, Primero la Gente, Podemos Perú, Renovación Popular, Partido Político Perú Acción, Partido Político SíCreo, Partido de los Trabajadores y Emprendedores PTE-Perú y el Partido Popular Cristiano (PPC).
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- El JNE recordó que el Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas vigente desde este año, precisa que, para afiliarse o renunciar a un grupo de esta índole, la persona titular del trámite debe ir presencialmente a la oficina de Servicios al Ciudadano o a alguna de las 19 oficinas desconcentradas del jurado, con la solicitud respectiva.
- De no poder hacerse presencialmente este trámite, podrá efectuarse mediante la mesa de partes virtual. Pero en esa modalidad la firma del titular debe ser certificada digitalmente.
- Las renuncias hechas ante la organización política, deben validarse a través del personero legal de esta, quien solicitará registrarla ante el Registro de Organizaciones Políticas.
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