El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 2 concedió el recurso de apelación al ciudadano José Carlos Medina Bolo contra la resolución que declaró infundada la tacha presentada contra la candidatura de Martín Vizcarra al Congreso de la República.
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Según la Resolución Nro. 00248-2021-JEE-LIC2/JNE, se dispuso elevar los actuados al Jurado Nacional de Elecciones (JNE), a fin de que emita un pronunciamiento definitivo sobre la situación del expresidente, quien postula con Somos Perú.
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“En tal sentido, verificándose que el escrito de apelación, fue presentado dentro del plazo legal, autorizado por abogado colegiado habilitado, conforme al reporte del Colegio de Abogados de Lima; y que además cumple con exponer los fundamentos de los agravios, así como haber cumplido con adjuntar el comprobante de tasa correspondiente; en consecuencia, corresponde conceder el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano José Carlos Medina Bolo, y disponer la elevación del presente expediente al Pleno del Jurado Nacional de Elecciones para su pronunciamiento respectivo”, señala el documento.
El último lunes 18 se había declarado inadmisible el recurso debido a que en la presentación del mismo no se cumplió “con adjuntar la tasa electoral correspondiente”. Sin embargo, tras subsanar la observación, se concedió dicho recurso.
Cabe destacar que el pasado viernes 15 de enero, el JEE Lima Centro 1 resolvió excluir de la contienda electoral al expresidente Martín Vizcarra por omitir consignar información en su declaración jurada de hoja de vida.
Según dicho documento, Vizcarra Cornejo declaró tener el 30% de participación en la empresa Agrotécnica Estuquiña S.A. y que, en el rubro de periodo, indicó que tiene estas acciones desde mayo de 1998 hasta la fecha.
El área de fiscalización, al verificar esta información, halló que la empresa Agrotécnica Estuquiña S.A. había sido dada de baja de oficio desde el 2007, pero también se detectó que el 1 de junio del 2015 se realizó un acto en el que la junta de accionistas de esta empresa le otorgó poderes a Martín Vizcarra y dos de sus hermanos.
Esta información, según se lee en el documento, no fue consignada en la declaración jurada ni en los documentos subsanatorios que envió Somos Perú.
La decisión se tomó a raíz de una tacha realizada por la exprocuradora anticorrupción y excongresista Yeni Vilcatoma, al amparo del artículo 48 -referido a la exclusión de candidatos- del Reglamento de inscripción de fórmulas y listas de candidatos para las Elecciones Generales y de representantes peruanos ante el Parlamento Andino.
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