La presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez, remarcó que el Ejecutivo sigue garantizando el 11 de abril como fecha para las elecciones generales. En diálogo con este Diario, insistió en que ningún actor del Gobierno ha deslizado alguna propuesta de modificación al cronograma electoral previsto. Además, rechazó que la segunda ola del COVID-19 en el país obligue a reconsiderar este punto.
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“Nunca ha estado en agenda ninguna posibilidad de postergación. Puedo asegurar que no hay ninguna propuesta en el Ejecutivo de postergar las elecciones. Más bien, estamos estudiando la experiencia comparada sobre cómo se han llevado elecciones en otros países en medio de la pandemia. Estamos mirando experiencias y la ONPE ha elaborado todos sus protocolos para precisamente, salvaguardar la seguridad de los electores. Por razones de la pandemia, en ningún momento ha estado en duda el cronograma electoral”, declaró.
Consultada sobre si un aumento súbito y descontrolado de contagios empujaría a un cambio de postura, optó por guardar distancia. “Yo prefiero no ponerme en esa situación límite. No ayuda porque nosotros estamos haciendo todo lo necesario para controlar la pandemia, para ir bajando los indicadores que estamos viendo ahora. También confiamos en que la población adopte un comportamiento más acorde con las medidas de prevención que estamos promocionando y lleguemos al 11 de abril en las condiciones más seguras”, expresó.
La jefa de la PCM recordó que los plazos para cualquier modificación a la Ley Orgánica de Elecciones ya han vencido y que, por tanto, ni siquiera el Congreso podría tomar una iniciativa de este tipo. “Si el Congreso promueve una ley para cambiar las reglas, no puede ya porque ya ha pasado el tiempo. Incluso para la sesión del Consejo de Estado [el 18 de enero] hubo una sugerencia de una de las personas presentes de espaciar la votación en dos días. Pero ahí también se dijo que ya no se podían cambiar las reglas de juego”, advirtió.
Respalda a Mazzetti
Bermúdez también aclaró que la ministra de Salud, Pilar Mazzetti, no ha sido ambigua respecto del tema. Esto, en referencia a la carta abierta que publicó el congresista Hipólito Chaiña (de la bancada Nueva Constitución), en la que acusa a la titular del Minsa de no clarificar durante una entrevista con Canal N el último domingo.
“Le estaban preguntando [a Mazzetti] sobre hipótesis y situaciones límite. Yo creo que, lamentablemente, a veces las personas escuchan lo que quieren oír. Yo he visto la entrevista a la ministra Mazzetti y en ningún momento ella ha dicho que hemos evaluado o estamos evaluando postergar las elecciones. Eso es falso”, dijo.
La primera ministra anunció, además, que el protocolo sanitario para las campañas electorales que debe elaborar el Ministerio de Salud estará listo la siguiente semana: “En el próximo Consejo de Ministros, probablemente, lo aprobemos para ponerlo a disposición de los organismos electorales y todos los actores de la contienda electoral”.
Imposible legal
Especialistas consultados por El Comercio advirtieron que el Ejecutivo no tiene facultades para, en un caso hipotético, modificar la fecha ya convocada para los comicios. El expresidente del Tribunal Constitucional, Óscar Urviola, recordó que la Constitución tan solo le reconoce al presidente la atribución de convocar a elecciones.
“No hay ninguna disposición específica sobre postergación de elecciones; ni generales, ni regionales ni municipales. Lo que sí existe en la Constitución es la facultad de convocatoria que tiene el presidente. Aun cuando un contexto lo amerite, el Gobierno no podría intervenir con cambios de fecha porque el presidente quedaría expuesto a una acusación constitucional, prevista por el artículo 117 de la Constitución”, dijo.
Con el artículo 117, Urviola se refiere a las causales de excepción a la inmunidad presidencial. Dicho párrafo establece que el jefe del Estado puede ser acusado durante su periodo por, entre otros supuestos, “impedir las elecciones presidenciales, parlamentarias, regionales o municipales”. Para el exmagistrado, una postergación se podría interpretar como un impedimento del acto electoral y, por tanto, colocaría al presidente en un riesgo de proceso ante el Congreso.
El también expresidente del TC, Víctor García Toma, sostuvo que la Carta Magna no le otorga campo de acción al Ejecutivo en ese sentido. “La Constitución no autoriza al presidente a postergar elecciones. Más bien, solo le ordena a convocarlas en una fecha determinada. El sistema electoral es el que lleva a cabo el proceso electoral. El Poder Ejecutivo, luego de convocar, únicamente acompaña y asume un rol secundario. El centro de atención del problema -en caso se dé una alarma- no está en el Poder Ejecutivo, sino en el sistema electoral”, estimó.
César Landa, quien también ha sido presidente del TC, coincide en que una disposición de aplazamiento por parte del Gobierno colisionaría con los mandatos de la Constitución: “No podría el presidente porque estaría afectando el artículo 117. No puede impedir que se realicen elecciones ya convocadas; más aun cuando ya hay normas en ejecución para los comicios”.
Para el experto en temas electorales Jorge Jáuregui el Jurado Nacional de Elecciones tampoco tendría atribuciones para modificar las fechas para los comicios. “No es posible legalmente. No es facultad de ningún poder u organismo constitucional tampoco. Menos del JNE. Si un órgano lo hace, implicaría una ruptura del equilibrio de poder. El JNE, por el contrario, tiene que garantizar el cumplimiento de la ley electoral”, sostuvo.
Para Jáuregui, tampoco resulta necesario un cambio de este tipo por razones sanitarias, en vista de que la ONPE ya ha establecido normas para evitar contagios durante la jornada electoral.
Consultado sobre el mismo tema, el también especialista en Derecho Electoral, José Naupari, advierte que la figura es muy forzada: “Hay que recordar que las fechas para las elecciones están en la Ley Orgánica de Elecciones. Bajo esa lógica, en el supuesto de que se quisiera cambiar la fecha, se tendría que cambiar la ley. Ni el Jurado Nacional de Elecciones ni el Poder Ejecutivo tienen competencias sobre cambio de fecha o cambio de ley. Además, el plazo para mover normas electorales ya venció. Las modificaciones, independientemente de que ya resulten problemáticas, serían atribución del Congreso desde su propia iniciativa o por proyecto de ley del Ejecutivo. Pero esa disposición es muy remota, considerando los plazos concluidos y riesgos constitucionales”.
Más información:
El vicepresidente del Congreso, Luis Roel, señaló el miércoles en un tuit que el cronograma electoral es “inamovible” y que resulta “inaceptable” que autoridades planteen lo contrario.
Esto, luego de que el vicedecano del Colegio Médico del Perú, Ciro Maguiña, describiera como “imprudente” la continuidad de los comicios en abril. Maguiña había sugerido un aplazamiento para julio.