El Poder Judicial rechazó el pedido del fiscal José Domingo Pérez de suspender por dos años y medio las actividades políticas del partido Fuerza Popular (FP), investigado por el presunto delito de lavado de activos, en el marco del caso Odebrecht.
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Con ello, Keiko Fujimori -investigada también por el Ministerio Público- y otros candidatos de su partido a nivel nacional podrán participar en las elecciones generales de abril del 2021, aunque este Diario pudo conocer que el fiscal José Domingo Pérez apelará la resolución en el plazo de ley.
La decisión fue tomada por el juez del Cuarto Juzgado de Investigación preparatoria, Víctor Zúñiga Urday.
El juzgado, sin embargo, sí dictó una medida contra el partido naranja. Según la resolución, por un plazo de dos años, Fuerza Popular deberá enviar al Poder Judicial, cada quince días, información sobre sus deudas, los recursos y el financiamiento de campaña.
Días atrás, el fiscal había solicitado la medida cautelar con la finalidad de que la agrupación política no pueda, presuntamente, seguir cometiendo los actos de blanqueo de capitales, delito por la que viene siendo investigada.
Según Pérez, la medida evitaría que se siga lesionando la “democracia” y pervirtiendo el “sistema político financiero”.
Según la tesis fiscal, al interior del partido político Fuerza Popular habría operado una presunta organización criminal liderada por Fujimori, que recepcionó dinero ilícito de las empresas Odebrecht y de empresarios peruanos que habrían sido introducidos en la contabilidad partidaria para solventar las campañas electorales del 2011 y 2016.
Además, dicha organización habría “instrumentalizado” a la persona jurídica Fuerza Popular para protegerse.
El abogado de Fuerza Popular, Elio Riera Garro, aseguró: “El pedido del Fiscal Pérez ha sido desestimado por el Poder Judicial. Es claro que su teoría de imputación se viene desmoronando de a pocos por carecer de fundamentos legales y constitucionales”.
En tanto, el abogado Christian Salas, quien asumió recientemente la defensa legal de Fuerza Popular, consideró que el pedido fiscal no tenía solidez argumental al sostener que la medida de suspensión se fundamentaba en “sospechas”.
En la audiencia en que el juez Zúñiga analizó el pedido fiscal, Salas indicó que si el partido político era suspendido en sus actividades políticas no solo afectaba a los dirigentes, sino a todos los militantes y candidatos que tenían el derecho de elegir y ser elegidos.
Salas enfatizó en que en la etapa de investigación actual del caso, no existían “pruebas reales” sobre la afectación o ilegalidad que estaría produciendo el partido político con sus actividades políticas.
“No se pueden presumir hechos, lo que se debe hacer es probar. Aquí venimos a afirmar y acreditar con elementos probatorios suficientes, que no los hay en este caso”, dijo entonces.