La Sala Plena de la Corte Suprema decidió ratificar la legalidad del estatuto que emitió el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante el que se disponía la reestructuración de la Sala Penal Nacional (SPN).
De esta manera, a través de un comunicado de siete puntos, respaldó los cambios que ha dispuesto el presidente del Poder Judicial, Duberlí Rodríguez, quien impulsó el mencionado estatuto que dispone que los jueces de la SPN se sometan a concurso público, declinen de la competencia de los casos vinculados al delito de corrupción —como el de Odebrecht— y fortalece el sistema anticorrupción.
Como se recuerda, la SPN solicitó el pronunciamiento de la Sala Plena al considerar que el mencionado estatuto afectaba y vulneraba los casos que procesaba, y establecía una disparidad entre los magistrados de la SPN frente a los del sistema anticorrupción. Además, generaba inestabilidad institucional.
Fuentes que participaron y aportaron al debate en el pleno indicaron a El Comercio que el estatuto seguirá vigente y su implementación continuará.
“Primero, desde luego, indicar que la decisión acordada por el Consejo Ejecutivo es plenamente legal y está entre las competencias que la ley entrega al consejo”, comentaron.
Respecto a la decisión de que los jueces tanto de la SPN, como del Sistema Anticorrupción Nacional, pasen a un concurso público, esta es inamovible.
“Acá no hay ninguna mala voluntad de generar inestabilidad y sobre estos órganos judiciales, que se están consolidando, el único mecanismo para acceder a él es mediante un concurso público como dice la Constitución”, remarcó.
Es decir, que los jueces como Richard Concepción Carhuancho –a cargo de varios procesos vinculados a Odebrecht y cuya titularidad está en la Corte Superior de Ánchash— deberá postular a una plaza en Lima o de lo contrario regresar a su plaza del distrito judicial ancashino.
—Jueces decidirán—
Sin embargo, si bien el largo debate de 19 jueces supremos concluyó en el respaldo del estatuto, estos dejaron en claro que respecto a la competencia sobre los casos en curso como Odebrecht, Camargo Correa o Félix Moreno no podían pronunciarse.
Así, la Corte Suprema optó por una decisión salomónica y netamente jurídica: los jueces de la SPN decidirán si continúan o no asumiendo los casos que ya vienen procesando; y si alguien está en desacuerdo, tienen las vías jurisdiccionales que corresponden.
“Si un juez, en el ejercicio de su autonomía y potestad jurisdiccional estima de que le corresponde la jurisdicción o conocer un caso, eso ya ingresa en el campo jurisdiccional y será los tribunales en el ámbito de su competencia los que decidan”, comentaron las fuentes.
Eso sí, los casos nuevos vinculados a delitos de corrupción, conexos o de lavado de activos, deberán ser asumidos por el nuevo sistema anticorrupción nacional.
“No nos parece correcta la forma en cómo se ha planteado el tema, pues ha generado tensión social que pudo evitarse, pero en todo caso hemos adoptado un decisión de buena voluntad con un ánimo de pacificar una discusión que tiene mecanismos de solución”, concluyeron.
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