Avraham ‘Avi’ Dan On fue el jefe de seguridad de Palacio de Gobierno de Palacio durante la gestión de Alejandro Toledo. Junto al expresidente es acusado por el Equipo Especial Lava Jato del presunto delito de lavado de activos en el marco del proceso judicial que se sigue por el “Caso Ecoteva”.
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Ahora, el ciudadano israelí ha recurrido a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) alegando la vulneración a su proceso judicial por la introducción de elementos probatorios trasladados del caso Odebrecht.
Este mismo cuestionamiento fue rechazado por el Tribunal Constitucional (TC) que, por mayoría, declaró improcedente un recurso de habeas corpus.
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¿Qué cuestiona?
La defensa de Dan On cuestionó que el Poder Judicial, en todas sus instancias, haya variado su comparecencia restringida por prisión preventiva en el proceso que se le sigue por la presunta comisión del delito de lavado de activos.
Según señala, en los argumentos para sostener su imputación y medida restrictiva se “introduce de manera indebida” supuestos de prueba trasladada a un caso que no está referido a criminalidad organizada”. Indica que el delito imputado siempre fue el de lavado de activos y no asociación ilícita para delinquir y añade que los elementos de convicción presentados por la Fiscalía constituyen hechos periféricos (indicios) que no tienen la suficiente calidad probatoria.
Por ello, ante la CIDH sostuvo que en el Poder Judicial y en el Tribunal Constitucional se les negó el derecho de informar oralmente. “No se convocó a la vista de la causa negándosenos un derecho elemental, básico, mínimo, como es el ser oído, así como la posibilidad de actuar pruebas que ya estaban ofrecidas, en resumen, se ha actuado de modo irregular incurriendo en vicio procesal insalvable siendo esta una situación sumamente injusta y abusiva contra el señor Dan On violentado su derecho de defensa, entre otros”, adujo ante la CIDH.
Gerardo Widauski, defensa de Dan On en este caso, dijo a El Comercio que recurrieron ante la CIDH puesto que en el TC no se les escuchó, ni convocó para poder realizar el informe oral.
“No se nos permitió informar oralmente y que también se nos ha negado la actuación de pruebas que estaban ofrecidas oportunamente, por eso hemos presentado una denuncia contra el Estado Peruano ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por la vulneración al derecho de defensa y al debido proceso a efectos que se revise su caso y se emita un pronunciamiento al respecto”, exclamó.
No presentaron pruebas
Según la resolución del TC -a la que accedió este Diario- el pedido de la defensa de Toledo fue rechazado debido a que no adjuntó ningún elemento que pueda analizarse y determinarse si existió o no la vulneración que advierte.
Se precisa en el documento que ni siquiera adjuntó las resoluciones del Poder Judicial que cuestiona para “acreditar mínimamente” los hechos.
“No obstante, el demandante no ha presentado las resoluciones que cuestiona en este proceso. En ese sentido, en su recurso de agravio constitucional, refirió que el ad-quem en este proceso, se ha pronunciado sobre resoluciones que no obran en autos, por lo que ha incurrido en una indebida motivación, las que debieron ser requeridas para su análisis”, se indica en la resolución del TC.
Contra Dan On, la fiscalía ha solicitado 16 años y ocho meses de cárcel al imputarle ser coautor del delito de lavado de activos.
Para ello, la fiscalía sustentó su requerimiento bajo la tesis que Dan On, habría colaborado para la constitución de empresas offshore en Panamá y Costa Rica a fin de desviar las presuntas coimas recibidas por Toledo Manrique de las constructoras brasileñas como Odebrecht.
Parte de dicho dinero, fue derivado a la offshore Ecoteva Consulting Group bajo la administración de Eva Fernenbug, suegra del expresidente Toledo. Y, quien terminó invirtiendo el dinero con la finalidad de darle apariencia de legalidad, en la compra de inmuebles en Perú por más de US$5 millones.
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