Los cuestionamientos por la publicación de la Ley 32195 con modificaciones que no fueron aprobadas por el Congreso siguen en aumento. Voces en el Parlamento demandan explicaciones del Poder Ejecutivo.
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Un informe de El Comercio reveló que, el domingo 15 de diciembre, se publicó en el diario “El Peruano” una norma que contenía un texto distinto al de la autógrafa enviada por el presidente del Congreso, Eduardo Salhuana.
Se trata de la Ley de desarrollo agrícola del cáñamo para uso industrial (Ley 32195), la cual había sido aprobada por insistencia -cuatro días antes- en el pleno del Parlamento. Según pudo corroborar este Diario, son cinco las modificaciones de fondo que alteran el texto.
Tras la revelación de El Comercio, la Empresa Peruana de Servicios Editoriales (Editora Perú), que tiene a su cargo la elaboración del diario “El Peruano” y el boletín de normas legales, atribuyó lo ocurrido a un “error humano”.
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El tercer vicepresidente del Congreso, Alejandro Cavero (Avanza País), solicitó a Salhuana que cite en el más breve plazo al primer ministro, Gustavo Adrianzén, para que explique lo ocurrido.
“La publicación de una norma con un texto distinto al aprobado por el Congreso de la República constituye una gravísima falta que debe ser esclarecida en el más breve término por el presidente del Consejo de Ministros, quien deberá responder ante el Congreso para determinar las respectivas responsabilidades”, señaló en el oficio dirigido al titular del Parlamento.
En diálogo con El Comercio, Cavero anunció que planteará en la próxima sesión de la Mesa Directiva la creación de una comisión que se dedique a revisar que las leyes aprobadas por el Parlamento “no se hayan desvirtuado”.
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De otro lado, la parlamentaria Norma Yarrow (Renovación Popular) exhortó a Adrianzén a realizar una “investigación inmediata” sobre los hechos, que denuncie a los responsables y aplique medidas correctivas para evitar que se repitan en el futuro.
“Estos hechos merecen una investigación inmediata por parte de su despacho, y corresponde que la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - Editora Perú, que se encuentra supervisada por su sector, responda a la brevedad respecto a los hechos denunciados”, argumentó en un oficio dirigido al primer ministro.
En tanto, la tarde del jueves lotras fuentes del Congreso indicaron a este Diario que “está en manos del Poder Ejecutivo corregir su error y volver a publicar” la norma.
Justamente la noche del jueves, desde el Gobierno optaron por publicar una edición extraordinaria de las normas legales de El Peruano con una “fe de erratas”.
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- El miércoles, el jefe del Gabinete Ministerial, Gustavo Adrianzén, dijo que, tras tomar conocimiento de este hecho, ha pedido de inmediato un informe detallado al diario oficial El Peruano.
- “El Gobierno del Perú actúa con absoluta transparencia, sin embargo no podemos ser objeto de errores. En este ya lo dice el diario oficial El Peruano, Editora Perú, se trataría de un error humano que de inmediato, de determinarse, vamos a tener que proceder a corregirlo, no sin antes expresar que la preocupación es recíproca”, expresó.
- “El Congreso expresa con justa razón su preocupación y nosotros compartimos esta, vamos a llevar adelante la investigación, determinar responsabilidades y subsanar esta deficiencia lo antes posible”, agregó.
- En ese sentido, el titular de la PCM refirió que al Ejecutivo solo le correspondió asignar el número correspondiente a la ley publicada y más nada.
¿Qué ruta se debía seguir?
Antes de la publicación de la “fe de erratas”, los exoficiales mayores del Congreso José Cevasco y César Delgado Güembes señalaron que la norma aprobada por el pleno debía volver a ser publicada en el diario El Peruano, sin ningún tipo de modificación.
Delgado Güembes explicó que, si se trata de un error, se puede tramitar la corrección de dos maneras, dependiendo de la causa.
“Si es del propio Congreso, este tiene un plazo para subsanar los errores cometidos. En cambio, si es del Poder Ejecutivo, en este caso de El Peruano, la propia norma dice que el diario oficial tiene hasta 10 días para corregir el error cometido”, precisó.
“Por lo que yo sé, hoy (jueves) estarían publicando el texto y la aclaración del error”, concluyó.
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“[El diario] El Peruano ya debería haber publicado la norma correcta con una aclaración. No hay ningún procedimiento que hacer porque se trata de un tema netamente administrativo”, dijo Cevasco.
“El Congreso cumplió y aprobó la norma, mandó la autógrafa a Palacio para su numeración y ellos la envían a El Peruano, donde ocurre el error administrativo [...] No sé qué están esperando, deben hacer una fe de erratas”, subrayó.
A su criterio, la Presidencia del Consejo de Ministros debe iniciar una investigación para determinar responsabilidades “Tampoco es que no pasa nada, imagínense que no se hubiesen dado cuenta”, acotó.
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Posibles implicancias legales
El exviceministro de Justicia Gilmar Andía y el constitucionalista Alejandro Rospigliosi advirtieron que la fiscalía podría abrir una carpeta contra quienes resulten responsables del delito contra la fe pública.
Andía indicó que el hecho debe ser investigado por el Ministerio Público contra quienes resulten responsables del posible delito contra la fe pública, en la modalidad de falsedad ideológica o falsedad material.
Explicó que el primero sanciona a quienes introducen hechos falsos en un documento público y el otro a quienes modifican, alteran o falsifican un documento de manera física con el objetivo de que parezca auténtico.
Para el exviceministro la investigación podría iniciarse contra funcionarios de la PCM, el Despacho Presidencial y el diario El Peruano.
“Aquí hay algo extraño. La fiscalía tiene que investigar la ruta que siguió el documento desde el Congreso hasta El Peruano”, subrayó.
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A su turno, Rospigliosi consideró que la fiscal de la Nación, Delia Espinoza, debería investigar a la presidenta Dina Boluarte, al primer ministro, Gustavo Adrianzén, y quienes resulten responsables del presunto delito contra la fe pública, en la modalidad de falsedad genérica.
Advirtió, además, que Adrianzén podría ser denunciado ante el Congreso por infracción a los artículos 105, 102, 99 y 100 de la Constitución.
También opinó que “en cualquier democracia civilizada” este hecho derivaría en la renuncia del primer ministro.
El abogado calificó el hecho de “escandaloso”, “muy grave” y “atentado a la democracia”.
“Se debe abrir una comisión investigadora. ¿Cuántos casos más habrá?”, expresó.
A su criterio, el tema no se resuelve solo con “una simple fe de erratas”. “No es un error de una palabra o coma, se trata de párrafos enteros”, remarcó.
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Norma adulterada
El Comercio dio a conocer que los cambios de fondo en la Ley 32195 aparecen en los artículos 5, 7.3, 14, y en la cuarta disposición complementaria final. El quinto cambio está en el último párrafo de la norma, aunque podría considerarse de forma, debido a que tiene que ver con la fecha: la autógrafa refiere que la insistencia del texto que fue aprobado en el pleno de junio de 2024, y el texto promulgado en El Peruano coloca una fecha de abril de 2021.
En lo que se refiere a cambios de fondo, hay un reiterativo en el artículo 5 y en la cuarta disposición complementaria final, pues en ambos casos la ley promulgada por El Peruano añade ministerios que no estaban incluidos en la autógrafa del Congreso.
Mientras que en la autógrafa decía que el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego aprobaría el reglamento de la ley, en el texto promulgado por el Peruano se colocó que el reglamento será aprobado por el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego “en coordinación con el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur), y el Ministerio de la Producción (Produce)”.
Lo mismo pasa con el artículo 5, donde la autógrafa mencionaba que el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego autorizaría la producción del cáñamo para uso industrial, y en el texto de El Peruano se introduce nuevamente al Mincetur y al Produce.
Los cambios más llamativos vienen en los artículos 7.3 y 14. En el 7.3, el texto promulgado en El Peruano omite un párrafo enviado en la autógrafa del Congreso donde se estipulaba que la persona natural o jurídica debía “contar con los documentos que demuestren el origen lícito de la materia prima que emplea para la elaboración de los productos derivados o los productos finales”. Es decir, con el texto cambiado se deja la puerta abierta a lo ilícito en la comercialización de productos en base a cáñamo.
En el artículo 14 sucede algo parecido, pues el texto publicado en El Peruano no consigna un párrafo entero que sí figura en la autógrafa remitida por el Legislativa, donde decía: “El Reglamento de la presente ley establece las condiciones para identificar las áreas aptas para la promoción de dichos cultivos que, como mínimo, debe asegurar que no se afecte la aptitud natural de los suelos y los componentes de la diversidad biológica, así como prohibir el uso de agroquímicos no autorizados”.
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