En una potencial amenaza se han convertido los llamados “limpiaparabrisas” que desde hace algunos años se dedican a una actividad ambulatoria que consiste en asear, sobre todo, el vidrio frontal de los autos. Ante la ola de violencia protagonizada entre conductores y trabajadores informales que se establecen en los semáforos de concurridas avenidas de la capital, la Municipalidad de Surco acaba de prohibir esta labor en la vía pública. Conoce en qué consiste el Decreto de Alcaldía promulgado por Carlos Bruce, y a cuánto ascienden las multas por realizar y aceptar el lavado de lunas en ese distrito limeño.
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¿CUÁLES SON LAS MULTAS ESTABLECIDAS POR LA MUNICIPALIDAD DE SURCO SI SE REALIZA O SOLICITA LAVADO DE PARABRISAS EN EL DISTRITO?
El alcalde de Santiago de Surco es el primer burgomaestre que toma medidas referentes al trabajo callejero que está vinculado básicamente a la limpieza de parabrisas de autos en aprovechamiento de la luz roja de los semáforos, y que se tiñó de sangre en Cercado de Lima el 8 de abril tras confirmarse la muerte de un automovilista de 30 años.
A través de la promulgación del Decreto de Alcaldía Nº 08, Carlos Bruce precisa que la actividad ambulatoria del lavado de parabrisas y otros similares en la vía pública es una actividad prohibida en el distrito de Surco, y además remarca el tipo de multa y monto que recibirán, también, aquellos propietarios de vehículos que permitan a terceros el lavado de sus lunetas.
Según lo decretado y publicado en el diario oficial El Peruano, y en cumplimiento de la Ordenanza Nº 611 de 2019, el cuadro denoscriptivo de infracciones y multas por ejercer funciones como “limpiaparabrisas” y/o aceptar este trabajo informal en las unidades vehiculares quedó establecido de la siguiente manera para empezar a regir desde el lunes 10 de abril:
- Código de infracción A-051
Realización de actividades en la vía pública sin autorización municipal / Multa ascendente al 35% de 1 Unidad Impositiva Tributaria (UIT) que tiene un valor de S/4,950.
Monto a pagar: S/1,732.5
- Código de infracción N-001
Propietario o conductor que permita a terceros el lavado de su vehículo en la vía pública / Multa ascendente al 10% de 1 UIT valorizada en S/4,950.
Monto a pagar: S/495
Cabe resaltar, que la aplicación de la medida sobre la prohibición del servicio ambulatorio del lavado de parabrisas en la jurisdicción será supervisada y quedará a cargo de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa y la Subgerencia de Operaciones de Seguridad Ciudadana, para llevar a cabo operativos junto a la Policía Nacional del Perú (PNP).
La postura de la Municipalidad de Surco ha sido avalada por diversos organismos estatales y autoridades ediles como Rafael López-Aliaga y Luis Alfonso Adrianzén, pero también cuestionada por el Instituto Peruano de Gestión Municipal, entre otros.
REVISA AQUÍ: Ministro de Trabajo sobre limpiaparabrisas: “Son trabajos informales, pero tampoco hay que estigmatizarlos”
¿QUÉ DIJO EL MINISTRO DE TRABAJO SOBRE EL DECRETO SURCANO FIRMADO POR CARLOS BRUCE QUE ESTIPULA LA ERRADICACIÓN DE LOS “LIMPIAPARABRISAS”?
El titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), se pronunció luego de conocerse la oficialización de la medida impulsada por Carlos Bruce referente a la prohibición del trabajo informal de los “limpiaparabrisas” en Surco.
Ampliación de Noticias de RPP fue el espacio donde Luis Alfonso Adrianzén señaló que “no todas las personas que están en las calles haciendo un trabajo informal son potenciales asesinos, pero sí es comprensible de que el ciudadano reclame seguridad”.
Asimismo, resaltó que desde la perspectiva y evaluación de su cartera es importante tener en cuenta que los migrantes que no obtienen un empleo decente, tienden a ir a las calles para “recursearse” a través de un oficio, y ello repercute en el contexto social y económico que también viven muchos peruanos.
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