El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) sancionó con una multa a las personas que no cumplieron con acudir a su local de sufragio para ejercer su deber de votar el pasado domingo 11 de abril . De igual manera, también fueron castigados aquellos que fueron sorteados como miembros de mesa y no cumplieron con esa importante labor.
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Según la Ley Orgánica de Elecciones y la información oficial del JNE, la multa por no haber votado y por no haber sido miembro de mesa entra en vigencia luego del día de la elección y tiene los siguientes montos:
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La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) ha informado, ante la preocupación ciudadana y la cercanía de la fecha de la segunda vuelta (6 de junio), que pagar estas multas no es un requisito para poder ejercer el derecho a voto el próximo mes.
“Son procesos electorales distintos. Por lo tanto, puedes votar el 6 de junio sin problema alguno. Sin embargo, la multa aún quedará pendiente de pago”, informó la ONPE en redes sociales.
Esto significa que si tienes alguna multa sin pagar, podrás acudir a votar en la segunda vuelta del 6 de junio sin ningún inconveniente. Sin embargo, esto no anulará la sanción, que seguirá apareciendo como pendiente de pago en el portal del JNE.
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