Empresa respondió por acusación de Procuraduría Pública Ad Hoc. (Foto: Archivo El Comercio)
Empresa respondió por acusación de Procuraduría Pública Ad Hoc. (Foto: Archivo El Comercio)
María Rosa Villalobos

se convirtió ayer en la primera consorciada de en ingresar al sistema concursal.

Para que una empresa entre a este proceso, tiene que haber dejado de pagar a uno o varios de sus acreedores más de 50 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) –alrededor de S/207.500- por más de 30 días.

El Comercio pudo conocer que el proceso de ICCGSA  fue iniciado por uno de sus acreedores.

SISTEMA CONCURSAL

Al haberse iniciado el proceso concursal de ICCGSA, todas sus deudas originadas hasta el 23 de julio quedan congeladas hasta que una Junta de Acreedores defina el futuro de la empresa. La Junta será conformada por todos las acreedores que presenten una solicitud de reconocimiento de créditos ante el Indecopi.  El plazo para ello es de 30 días hábiles.  

El acreedor con más créditos tendrá mayor porcentaje de participación en la nueva Junta.  Luego de que el Indecopi reconozca los créditos, esta deberá decidir si inicia un proceso de restructuración patrimonial o uno de disolución y liquidación. 

En el primer caso, la Junta debe decidir quien se hará cargo de la administración de la empresa, pudiendo ratificar a la actual administración o nombrar a terceros. 

Además, de darse dicho escenario, los acreedores deberán aprobar el plan de reestructuración de la empresa, que contendrá un nuevo cronograma de pago de deudas.

"Estimamos que será una Junta de Acreedores donde no habrá un acreedor mayoritario, pues las deudas de la empresa no están concentradas. De acuerdo a los plazos que establece la ley, calculamos que en 6 u 8 meses debemos tener una Junta de Acreedores decidiendo la reestructuración de la empresa", detalló ICCGSA por escrito a El Comercio.

CASO LAVA JATO

La Ley 30737, que reemplazó al Decreto de Urgencia 003, tiene por objetivo asegurar el pago de la reparación civil a favor del Estado Peruano en casos de corrupción y delitos conexos.

En el marco de dicha normativa, Odebrecht es la única empresa que cuenta con restricciones para las ventas de sus activos (Grupo 1).

ICCGSA (Grupo 2), por su lado, si bien no presenta este tipo de restricciones, sí tiene la obligación de crear un fideicomiso.

"Estamos dentro del plazo para la creación del fideicomiso. Cumplimos con enviar la información requerida por el Ministerio de Justicia (Minjus) para la determinación del monto del fideicomiso tal como lo establece el reglamento para las empresas comprendidas en el Grupo 2. Sobre esta información, el Minjus respondió indicando el monto por el cual debemos formar el fideicomiso", indicó también ICCGSA

¿Se contraponen la Ley 30737 y el sistema concursal? 

De acuerdo con ICCGSA, mientras que la segunda busca solucionar  sus deudas reales y efectivas con todos sus acreedores (incluyendo el Estado), la primera tiene por objeto asegurar un derecho del Estado que aún no está definido (la reparación civil) y "que a su vez también tiene un tratamiento dentro de la Ley Concursal en los denominados 'créditos contingentes'”.

Así, según la compañía, al ser una situación nueva no contemplada expresamente, realizará las consultas respectivas al Minjus y el Indecopi para cumplir con lo que corresponda legalmente.

En el proyecto Interoceánica Sur (IRRSA) tramos 2 y 3, que se encuentra bajo la investigación Lava Jato, ICCGSA contaba con una participación del 4%.

La empresa mantiene obras en ejecución y continúa en su búsqueda de nuevos proyectos. Además, no está inhabilitada para contratar con el Estado.

PRONUNCIAMIENTO

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