El Ministerio de Salud (Minsa) y el Instituto Nacional de Salud (INS) ejecutarán las acciones inmediatas desarrolladas en el plan de acción. (Foto: Andina)
El Ministerio de Salud (Minsa) y el Instituto Nacional de Salud (INS) ejecutarán las acciones inmediatas desarrolladas en el plan de acción. (Foto: Andina)
Redacción EC

El Gobierno declaró esta mañana emergencia sanitaria a nivel nacional por 90 días ante el incremento de casos del .

Mediante el , publicado en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, precisan que corresponderá al Ministerio de Salud (Minsa) y al Instituto Nacional de Salud (INS) ejecutar las acciones inmediatas desarrolladas en el plan de acción.

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Asimismo, la relación de bienes y servicios que se requiera contratar para enfrentar la emergencia sanitaria se consigna y detalla en el Anexo II “Relación de Bienes y Servicios”, que forma parte de la presente declaratoria.

La norma establece también las adquisiciones de inmunoglobulina endovenosa 5% (concentración alternativa:10% o 20%) y de Albúmina Humana al 20% x 50ml.

Sobre el financiamiento, detalla que el presente Decreto Supremo se financia con cargo a lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1156, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2014-SA.

Los Anexos I y II del presente Decreto Supremo se publican el mismo día del anuncio de la presente norma en el Diario Oficial “El Peruano” en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano () y en la sede digital del Ministerio de Salud ().

El decreto supremo es firmado por la presidenta Dina Boluarte y el ministro de Salud, César Vásquez.

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