El siglo XIX se caracterizó por los exilios políticos e intelectuales.  (Ilustración: Giovanni Tazza)
El siglo XIX se caracterizó por los exilios políticos e intelectuales. (Ilustración: Giovanni Tazza)
Natalia Sobrevilla Perea

La situación del ex presidente nos lleva a reflexionar sobre los orígenes y las experiencias del asilo político en la región.

Uno de los primeros presidentes en recurrir a él fue el chileno Bernardo O’Higgins, quien después de servir por seis años como director supremo abdicó en 1823, y se refugió en el Perú en vez de Europa porque había recibido haciendas como premio por su participación en la expedición libertadora. Nunca intentó volver a Chile, ni intervenir en el Perú, donde vivió de la producción de azúcar hasta su muerte en 1842.

Andrés de Santa Cruz, creador de la Confederación Perú-Boliviana partió al exilio a Guayaquil asilado tras la derrota en la Batalla de Yungay en 1839. En 1843 intentó llegar a Bolivia por el Perú, pero fue capturado por Ramón Castilla, enviado a Chile y confinado a prisión en Chillán hasta 1845, cuando partió a Francia donde se mantuvo hasta 1855. Ese año intentó llegar a Bolivia por Argentina, pero no se le permitió volver. Pasó la siguiente década en París, hasta su muerte.

El siglo XIX se caracterizó por los exilios políticos e intelectuales. Muchos al acogerse al asilo desarrollaron sus ideas en los países vecinos, adaptándolas a nuevas realidades. Fue así como la Generación de 1837 que salió del Río de la Plata se consolidó intelectualmente en Chile, y pensadores como los chilenos Francisco Bilbao y José Victorino Lastarria pasaron momentos importantes en el Perú y Argentina, llegando en el caso del primero a participar en la Revolución Liberal de 1854. El exilio, que puede ser voluntario o –en caso de no serlo– depender del asilo, fue tan importante en el siglo XIX que en el congreso de Lima de 1867 se buscó regular esta figura que forma parte de la tradición legal en la región.

En el siglo XX se consolidó la diferencia entre el asilo territorial y el diplomático, siendo la diferencia que en el primero la persona está ya en el extranjero, mientras que en el segundo se busca refugio en la legación extranjera. En todos los casos, sin embargo, el asilo solo corresponde por motivos políticos y no por delitos comunes.

El primer acuerdo sobre el asilo se firmó en Montevideo en 1889, reafirmándose con la Convención de La Habana de 1928, y otra en Montevideo en 1933. Además, dos tratados firmados en esa misma ciudad en 1939 y 1940 y revisado en Caracas en 1954. El caso más controversial fue el de , quien fue acogido por la legación de Colombia en 1949, por ser acusado de haber intentado iniciar una revolución el año anterior. Colombia otorgó el asilo, considerando que el delito no era común sino político, pero el Perú se negó a darle el salvoconducto y el litigio llegó hasta la Corte Internacional de La Haya, donde solo se concluyó que ambos países debían llegar a un acuerdo, cosa que hicieron en 1954 cuando se permitió que Haya saliera con rumbo a México.

En Latinoamérica, una vez que una persona es admitida en una legación extranjera, el asilo diplomático ya ha sido concedido, pero para el asilo territorial falta que el gobierno al que se ha pedido asilo se pronuncie. En el caso de Haya de la Torre, la discusión siempre fue si es que se trataba de un delito común o un delito político. En el caso de Alan García Pérez es igual, debe determinar si se trata de un caso de persecución política y no tiene plazo alguno para decidirlo. Si otorga el asilo, se tendrá que ver si el Perú da un salvoconducto o si buscará una vez más discutir ante los tribunales internacionales que se trata de un delito común.