Mathías Panizo Arana

El Gobierno de los Estados Unidos de México formalizó la última semana que exigirá la Visa a los ciudadanos peruanos que visiten el país azteca, ya sea con fines turísticos y de negocios. Esto motivó a que el Estado Peruano, basándose en el “Principio de Reciprocidad, regla fundamental en la relación entre Estados soberanos” -según describió el Ministerio de Relaciones Exteriores- aplicara una medida similar. Este lunes, en el diario oficial ‘El Peruano’ se publicó la suspensión de la exención de la Visa de turismo y negocios a los mexicanos.

Para el caso de la Visa que requerirán los ciudadanos peruanos, esta será obligatoria a partir del 20 de abril. La Embajada de México en Perú ha confirmado que las personas que viajen a dicho país antes del 20 de abril no requerirán el documento para poder ingresar. Asimismo, la Embajada ha dispuesto un canal diferenciado de citas extraordinarias para aquellos peruanos que compraron su pasaje aéreo antes del 6 de abril -cuando entró en vigencia el mandato- y viajan luego del 20. Si este es su caso, puede ingresar a este para llenar el formulario. Dicho esto, es importante mencionar que una Visa no confirma el ingreso del viajero al país, ya que la aceptación final está a cargo de las autoridades migratorias.

¿Quiénes no necesitan la Visa?

Adicionalmente, México ha dispuesto una serie de facilidades migratorias. Aquellos peruanos que sean portadores de una Visa “válida y vigente de entradas múltiples a Canadá, Estados Unidos de América, Japón, Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte o cualquier país que pertenezca al espacio Schengen” no necesitan tramitar el documento en cuestión. Lo mismo se da para aquellos con una tarjeta de residente permanente -no temporal- de “Canadá, Chile, Colombia, Estados Unidos de América, Japón, Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte o cualquier país que pertenezca al espacio Schengen”.

En comunicación con El Comercio, el jefe de asuntos políticos de la Embajada de México, Adolfo Zepeda, aclaró que los visitantes peruanos de toda edad deben contar con una Visa. Cabe resaltar que existen ocho tipos de Visa (ver cuadro) y cada uno exige requisitos diferentes. En el caso de la Visa de turismo -la que será más exigida entre los peruanos, según Zepeda-, se debe contar con un pasaporte válido con una vigencia mínima de seis meses y documentos que validen la solvencia económica, “como comprobantes de sueldo, cheques, bienes inmuebles”, confirmó la Embajada.

Ocho visas diferentes
¿Cuál es la que debo solicitar para mi viaje?
  1. Visa de Turismo: para estancias menores a 180 días por turismo o negocios sin percibir remuneración alguna. Incluye si sólo se está en tránsito por México
  2. Visa por Invitación: para estancias menores a 180 días por invitación de una organización o institución, sin percibir remuneración alguna
  3. Visa de Estudios: en una institución educativa mexicana, por menos de 180 días, sin percibir remuneración alguna
  4. Visa para Ministros de Culto o Misioneros: para efectuar actividades amparadas por una entidad religiosa debidamente registrada ante la Secretaría de Gobernación
  5. Visa de Residencia Temporal por Empleo: para trabajar con un empleador en México que ya tramitó tu permiso de trabajo ante el Instituto Nacional de Migración
  6. Visa de Residencia Temporal de Estudiante: para cursar estudios en una institución educativa mexicana por más de 180 días
  7. Visa de Residencia Temporal para Familiares: de Residentes Temporales o Estudiantes para estancias mayores a 180 días
  8. Visa de Residencia Temporal para Familiares: de Mexicanos o Residentes Permanentes para estancias mayores a 180 días

Costo, tiempo y requisitos

Todo trámite inicia en la página , donde el usuario debe crear una cuenta, seleccionar el tipo de Visa al que desea acceder y llenar el formulario correspondiente para obtener la cita. En este proceso se solicitan datos que se encuentran en el pasaporte, por lo que se aconseja contar con la libreta a la mano. Asimismo, el costo del proceso es de 53 dólares americanos (194,5 soles, aproximadamente) que deben ser depositados por medio de un agente bancario determinado por el agente consular durante la cita.

Una vez entregados todos los documentos, el plazo máximo para que se emita o se niegue la Visa es de 72 horas. La Embajada comentó a El Comercio que la disponibilidad de las citas dependerá de la fecha del pasaje. Zepeda aclaró que la vigencia de la visa de turismo no está determinada y puede variar entre los seis meses y los 10 años, según cada caso, principalmente según la información de sustento económico.

De acuerdo con la representación mexicana en el país, para las dos de la tarde de este lunes ya se habían registrado cerca de 2.100 solicitudes para citas extraordinarias. El vocero de la Embajada resaltó que, si bien no se exigía la Visa de turismo anteriormente, sí era necesario para estadías superiores a los 180 días y en otras ocasiones. Asimismo, mencionó que el Perú es un país importante para el turismo en su país, habiendo registrado entre 280 mil y 300 mil visitantes por año antes de la pandemia. En el 2023, esta cifra fue cercana a los 230 mil. “El objetivo de esta medida va a en sentido contrario a que dejen de visitar [los peruanos]. Lo que determina es evitar la migración regular [de personas que se aprovechan de las facilidades para cruzar hacia otros países, como Estados Unidos]”, sostuvo la Embajada.

Visa para mexicanos

Ante la decisión tomada por México, el gobierno peruano respondió de manera similar. En la mañana de este lunes 8, salió publicado en El Peruano el decreto supremo 011-2024-RE, en el cual se decretó “suspender la exención de visa de turismo y negocios a los ciudadanos de los Estados Unidos Mexicanos, portadores de pasaporte ordinario”. Similar a la decisión del país norteamericano, están exonerados de este permiso los “titulares de visas con una vigencia mínima de seis (6) meses de los Estados Unidos de América, Canadá, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Australia, Japón o de un Estado perteneciente al espacio Schengen” y quienes ostenten residencia permanente como extranjero en “los Estados Unidos de América, Canadá, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Australia, Japón, un Estado perteneciente al espacio Schengen o miembro de la Alianza del Pacífico”.

En cualquiera de los dos supuestos de excepción, el decreto supremo establece que la estadía máxima es de hasta 180 días calendario, dentro del plazo de un año. Estos pueden darse de manera continua o a través de visitas consecutivas. La medida entrará en vigor el próximo 23 de abril. Sin embargo, al cierre de esta edición, no se han presentado de manera oficial los requisitos y procedimientos para la obtención del visado. El Comercio solicitó una entrevista con el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú para conocer más detalles al respecto, pero la entidad no la concretó.

Anterior a la disposición del Estado peruano, no se solicitaba Visa a los ciudadanos por estadías menores a los 183 días, ya sea por turismo o negocios. En el caso de los ciudadanos de Estados Unidos de América y Canadá, el requerimiento del visado es nulo solo para estadías menores de los 90 días para turistas. En casos de negocios, la Visa es obligatoria. En el caso de América del Sur, solo existe la exigencia de la Visa de turista para Venezuela. Los demás países pueden ingresar sin dicho documento hasta por 90 días, excepto por Brasil y Chile, que tienen tiempos extendidos (hasta los 365 días en algunos casos). Asimismo, Brasil, Colombia y Chile son los únicos países de la región que no necesitan una visa de negocios para ingresar al Perú.