La , a cargo de , planteó al un proyecto de ley para habilitar de forma “excepcional” a aquellos candidatos que continúan en el orden de mérito y así, en la práctica, puedan asumir en la , en medio de la crisis institucional que atraviesa el máximo organismo a cargo de nombrar, ratificar y destituir a jueces y fiscales a nivel nacional.

El dictamen fue aprobado en tiempo récord por la Comisión de Constitución, que preside Martha Moyano (Fuerza Popular). Fue presentado el martes 30 de abril y el texto fue debatido y puesto a votación la tarde del jueves 2 de mayo. Obtuvo 16 votos a favor, tres en contra y dos abstenciones.

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Actualmente, la JNJ cuenta con el quórum mínimo de cinco de sus siete integrantes, luego que dos de ellos —Aldo Vásquez e Inés Tello, respectivamente— . Ninguno de los suplentes convocados ha aceptado asumir o no están en condiciones de ser convocados al superar los 75 años.

Abraham Siles y Mónica Rosell . Ante ello, la JNJ ha convocado al tercer y último suplente habilitado: Jaime de la Puente, quien este jueves, según confirmaron fuentes de este Diario, rechazó la propuesta. Luego de él, ya no hay más suplentes.

Ciertamente, la situación de Vásquez y Tello aún se discute a nivel judicial y constitucional, a través de acciones de amparo, medidas cautelares y una demanda competencial y cuya resolución aún es incierta.

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Sin embargo, los procesos en curso en la JNJ corren el riesgo de entramparse debido al quórum, pues en tanto se discuten ello aún hay dos plazas vacías en el pleno de la JNJ, con procesos que tienen plazos.

¿Una salida legal?

La fórmula legal planteada por la Defensoría del Pueblo propone modificar la Ley Orgánica de la JNJ, a fin de establecer —en el artículo 9, referido a los suplentes— que “se considerarán miembros suplentes, en estricto orden de méritos, a aquellos postulantes que figuren como aprobados en el cuadro final de mérito”.

En la actualidad, la ley orgánica del organismo solo contempla a siete miembros suplentes, los cuales son elegidos por una comisión especial conjuntamente con los otros siete titulares, siguiendo el orden de mérito. Formalmente, no hay más suplentes que los siete elegidos.

Pero esta modificación sería hacia el futuro. Lo que sí, a través de una disposición complementaria transitoria, se busca aplicar esa misma idea para la crisis que se vive actualmente.

En el texto se habla de una “habilitación excepcional” para que aquellos candidatos aprobados que figuran en el cuadro final (del proceso que se llevó a cabo en el 2019, y del cual surgió la actual JNJ) puedan “asumir el cargo de miembro suplente en estricto orden de méritos”. Estos, a su vez, serían los convocados y podrían asumir como titulares.

“La actual coyuntura por la que atraviesa la institución de la JNJ nos pone en escenarios excepcionales, los cuales no estaban previstos en la ley orgánica vigente, tal como la posibilidad legal de poder contar con miembros suplentes en caso los que han sido elegidos no quieran asumir el cargo o no se cuente con miembros suplentes aptos”, indica la exposición de motivos del proyecto.

Quiénes serían los llamados

En diciembre de 2019, la comisión especial para la selección y nombramiento de la JNJ publicó el cuadro de méritos con los resultados finales obtenidos por los 25 postulantes que llegaron al tramo final y sus respectivos puntajes, siendo elegidos del mismo los siete integrantes titulares y los siete respectivos suplentes. De ese proceso se erigió la actual JNJ.

De prosperar en el Congreso la fórmula planteada por el defensor del Pueblo, los nuevos suplentes de la JNJ podrían ser elegidos, en estricto orden de mérito, de entre el resto de los postulantes que no llegaron a alcanzar el puntaje mínimo requerido para ser ni titulares ni suplentes.

Son once, sin embargo, uno de ellos ya superó el umbral de los 75 años, dejando un total de 10 posibles suplentes en la JNJ, los cuales serían:

APELLIDOS Y NOMBRESEDADPUNTAJE
1Lavilla Torres Ismael6073.50
2Rodríguez Brignardello José Hugo7171.85
3Naldos Blanco Luis Alberto5871.50
4Gómez Valverde Jaime6170.80
5Cornejo Gómez Sánchez Oscar Alfredo7569.15
6Serkovic González Germán Alejandro Julio6268.75
7Peña Perret Carlos Miguel Luis5868.60
8Leandro Martín Mauro Florencio6164.50
9Bustamante Zavala Juan Carlos5862.60
10Ríos Luna Marco Antonio5961.90
11Covarrubias Hermoza María del Carmen5858.05

Tomando en cuenta que son dos esencialmente las plazas vacantes, el foco se centran en los dos primeros de la lista. El primero es Ismael Lavilla Torres, un abogado y contador público natural de Puno, magíster en Derecho de la Empresa por la Universidad Católica de Santa María, así como doctor en Derecho por la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, según los registros de Sunedu.

La carrera profesional de Lavilla está vinculada, sobre todo, a la Contraloría General de la República (CGR), en donde actualmente se desempeña como especialista de Órgano de Control Institucional (OCI).

El segundo en la lista es José Hugo Rodríguez Brignardello, un abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) natural del Callao. Actualmente, Rodríguez está vinculado a la Superintendencia Nacional de Salud (Susalud), fungiendo como presidente y vocal de una de las salas especializadas.

De negarse alguno de ellos, el siguiente convocado sería Luis Naldos Blanco, abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) natural de Lima. Naldos y, en noviembre del 2020, fue designado director de la Oficina General de Integridad Institucional del Mininter, cargo que ocupó hasta agosto de 2021.

En 2022, durante la era de Pedro Castillo, Naldos también asumió la defensa legal del coronel PNP Harvey Colchado, tras ser removido como jefe de la División de Búsqueda de la Digimin.

El cuarto en la lista es Jaime Gómez Valverde, abogado por la Universidad Católica de Santa María natural de Tacna y magíster en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Actualmente, Gómez es gerente general del Poder Judicial.

El quinto en la lista es Óscar Cornejo Gómez Sánchez; sin embargo, al haber cumplido ya los 75 años no podría estar habilitado para ser convocado.

Los siguientes que podrían ser convocados, si acaso ninguno de los nombres anteriores optara por aceptar, serían: Germán Serkovic González, Carlos Peña Perret, Mauro Leandro Martín, Juan Bustamante Zavala, Marco Ríos Luna y María del Carmen Covarrubias Hermoza, respectivamente.

Su paso por el Congreso y sus implicancias

El proyecto de ley presentado el martes 30 de abril por la Defensoría del Pueblo fue enviado a la Comisión de Constitución, presidida por Martha Moyano, Fuerza Popular, que la puso a debate (dos días después) tras ampliar la agenda de su sesión de este jueves 2 de mayo.

Antes del debate, Alejandro Muñante, congresista por Renovación Popular y vicepresidente de la Comisión de Justicia, opinó —a título personal— que es una propuesta “completamente viable y razonable”, y consideró que es un tema que debería ser priorizado en el grupo de trabajo, aunque remarcó que dependerá de la comisión su aprobación. Estimó que si hay voluntad política incluso en máximo un mes el tema podría ser aprobado en el pleno.

“Se trata de una ley que busca de una u otra manera conciliar el hecho de que pueda darse no solamente en esta, sino en próximas oportunidades, una situación semejante, en donde los suplentes por equis motivos no desean asumir, ya sea porque tienen una posición política determinada o hayan de repente fallecido o entrado en algún tipo de incapacidad o, simplemente, hayan asumido otros cargos que no quieran dejar”, dijo Muñante el miércoles en diálogo con El Comercio.

Heber Joel Campos, abogado constitucionalista, indicó que “en términos formales, sería factible” la propuesta planteada por la defensoría. Sin embargo, apuntó también que, al tratarse de una ley orgánica, se debe garantizar un nivel de discusión y desarrollo mínimamente razonable, y no ser aprobado “de manera exprés”.

Consideró que se trata de una alternativa “desesperada”, pues los suplentes habilitados o no han aceptado asumir el cargo o exceden la edad de los 75 años que, de acuerdo con el Congreso, es la edad límite.

Sienta un mal precedente. Pues distorsiona las reglas previstas para un concurso público que no deben modificarse con posterioridad. Y luego porque se da en un contexto muy polémico. No sabemos, por ejemplo, si la Corte Suprema confirmará o revocará la medida cautelar dictada a favor de los vocales Vásquez y Tello. De ser así, estos reasumirían sus cargos (nuevamente) con lo cual esta habilitación de última hora carecería de asidero”, aseveró.