¿Cuándo será el próximo feriado del 2024 y qué se festeja? | Foto: Freepik
¿Cuándo será el próximo feriado del 2024 y qué se festeja? | Foto: Freepik
Redacción EC

Son muchos los peruanos que se encuentran disfrutando del feriado largo que trae consigo la Semana Santa, ya sea para reflexionar sobre la festividad en familia o para viajar, tener paseos, ir a fiestas, entre otras cosas. Si bien estas breves vacaciones pronto culminarán, muchos ciudadanos ya se encuentran pensando cuándo será el próximo del año para organizar una actividad. Debido a esto, a continuación te contamos cuándo serán los próximos feriados del calendario nacional y qué días serán no laborables en lo que resta del 2024.

¿CUÁNDO SERÁ EL PRÓXIMO FERIADO EN EL PERÚ?

El próximo mes de abril no tendrá días feriados, por lo que las personas deberán esperar hasta mayo para disfrutar de un día de descanso. Para ser más precisos, el 1 de mayo será feriado debido a que en esa fecha se celebra el Día del Trabajador, un momento especial para conmemorar la ardua labor y lucha incansable de los trabajadores desde finales del siglo XIX.

¿CUÁNDO SERÁ EL PRÓXIMO FERIADO LARGO DEL PERÚ EN ESTE 2024?

Los ciudadanos deberán esperar hasta el mes de julio para disfrutar del próximo feriado largo del 2024. Este se desarollará desde el viernes 26 al lunes 29 de julio por motivo de las celebraciones de las Fiestas Patrias.

Teniendo en cuenta que el sábado 27 de julio es un día habitual de descanso, el domingo 28 de julio se celebra la Independencia del Perú y el lunes 29 de julio se continúa festejando las Fiestas Patrias con la Gran Parada Militar; el previo 26 de julio se declaró como día no laborable para tener otro feriado largo, que partirá de esta manera desde el viernes hasta el lunes.

Si bien los feriados nacionales representan un descanso remunerado obligatorio tanto para los trabajadores públicos como privados, debemos destacar que los días no laborables son consideradas como horas no trabajadas que deberán ser recuperadas posteriormente.

FERIADOS Y DÍAS NO LABORABLES EN ESTE 2024

  • Miércoles 1 de mayo: Día del Trabajo (próximo)
  • Viernes 7 Junio: Batalla de Arica y Día de la Bandera
  • Sábado 29 Junio: Día de San Pedro y San Pablo
  • Martes 23 Julio: Día de la Fuerza Aérea del Perú
  • Viernes 26 Julio: Día no laborable para el sector público
  • Domingo 28 Julio: Día de la Independencia del Perú
  • Lunes 29 Julio: Fiestas Patrias
  • Martes 6 Agosto: Batalla de Junín
  • Viernes 30 Agosto: Santa Rosa de Lima
  • Setiembre: No hay feriados en setiembre del 2024.
  • Lunes 7 Octubre: Día no laborable para el sector público
  • Martes 8 Octubre: Combate de Angamos
  • Viernes 1 Noviembre: Día de Todos los Santos
  • Viernes 6 Diciembre: Día no laborable para el sector público
  • Domingo 8 Diciembre: Inmaculada Concepción
  • Lunes 9 Diciembre: Batalla de Ayacucho
  • Lunes 23 Diciembre: Día no laborable para el sector público
  • Martes 24 Diciembre: Día no laborable para el sector público
  • Miércoles 25 Diciembre: Navidad
  • Lunes 30 Diciembre: Día no laborable para el sector público
  • Martes 31 Diciembre: Día no laborable para el sector público

DIFERENCIA ENTRE FERIADO Y DÍA NO LABORABLE

Aunque muchas personas relacionan el feriado con el día no laborable, existe una diferencia entre ambos términos. Aquí te presentamos las diferencias:

  • Feriado: El feriado es un día festivo nacional en el que los trabajadores, tanto del sector público como privado, pueden dejar de laborar. Lo mismo ocurre con los estudiantes, quienes dejan de ir a sus clases. En el caso de que un empleado trabaje un feriado, recibirá una remuneración adicional, que normalmente es el triple, así sea domingo.
  • Día no laborable: El día no laborable es decretado por el Gobierno de turno y está dirigido al sector público. En el privado, el empleador decidirá si sus trabajadores laboran o no. Si en caso un empleado trabaja con normalidad, esto no significa que recibirán un pago extra, ya que sólo recibirá el mismo sueldo sin incrementos. Las horas dejadas de laborar deberán ser compensadas en los 10 días inmediatos posteriores (con horas extras, trabajando días de semana o considerarlo a cuenta de las vacaciones), o en la oportunidad que establezca cada entidad en función a sus propias necesidades.

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