Ayer la Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso de la República aprobó el predictamen recaído en los proyectos de ley 116/2021-CR, 1186/2021-CR y 1344/2021-CR, que disponen el uso libre de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) para cubrir las “necesidades económicas ocasionadas por la pandemia del Covid-19″.
El texto sustitutorio propone que los trabajadores puedan hacer uso del 100% de sus depósitos hasta el 31 de diciembre del 2022. “Autorizase por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2022, a los trabajadores [...] a disponer del 100% de los depósitos por CTS efectuado en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición”, señala la propuesta que fue aprobada por unanimidad.
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Anteriormente ya se permitió dos veces la disposición de la CTS. La primera a través del Decreto de Urgencia 033-2020, que permitía dos retiros hasta de S/2.400 cada uno, y la segunda mediante la Ley N°31171, que permitió que los trabajadores puedan disponer del 100% de sus depósitos hasta el 31 de diciembre del 2021.
La Comisión de Trabajo también aprobó el predictamen recaído en el proyecto de Ley N°1396/2021-CR, que precisa los alcances de la negociación colectiva en el sector estatal. Esta norma prohíbe la modificación o desnaturalización de la ley de negociaciones colectivas en el Sector Estatal a través de la emisión de normas, resoluciones o informes por parte de las entidades públicas. Asimismo, deja sin efecto las opiniones vinculantes de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) que sean contrarias a la Ley de Negociación Colectiva en el Estado.
Ambos textos deben ser refrendados por la comisión para ser elevados al Pleno.
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Asimismo, la comisión aprobó el predictamen recaído en el proyecto de ley 487/2021-CR, que establece normas para la jubilación de los trabajadores de construcción civil. Esta propuesta permite que los empleados de construcción civil tengan acceso a una pensión de jubilación, considerando a la actividad como eventual y de alto riesgo. Para acceder a ella, los trabajadores de construcción civil deberán haber cumplido 55 años de edad, acreditar 180 meses de prestación de servicios con aportes a un sistema de pensiones y que al menos 72 de estas horas fueran en el rubro. El monto de la pensión es calculado según las últimas 60 remuneraciones del trabajador.
Esta propuesta también debe ser aprobada por la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera.
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Por otro lado la comisión no aprobó el dictamen recaído en los proyectos de ley 455/2021-CR y 615/2021-CR, que busca reformular las condiciones de tercerización e intermediación laboral. Esto se debió al pedido de la congresista de Avanza País, Jessica Córdova Lobatón, que solicitó que el proyecto de ley 1713/2021-CR fuera incluido en el texto final. Por ello el dictamen regresó a la comisión “para mejor estudio”, señaló Isabel Cortez, presidenta de la Comisión de Trabajo.
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