El lunes 15 de este mes se venció el plazo que tenían las empresas para depositar la gratificación de fin de año de sus trabajadores. En el transcurso de esta semana hemos recibido muchas consultas de personas que querían saber si tenían derecho a recibir este beneficio y, en caso de no haberlo recibido, cómo reclamarlo.Follow @PortafolioECpe !function(d,s,id){var js,fjs=d.getElementsByTagName(s)[0],p=/^http:/.test(d.location)?'http':'https';if(!d.getElementById(id)){js=d.createElement(s);js.id=id;js.src=p+'://platform.twitter.com/widgets.js';fjs.parentNode.insertBefore(js,fjs);}}(document, 'script', 'twitter-wjs');
En conversación con El Comercio, Yasmina Riega, coordinadora de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la UPN, dice que tienen derecho a recibir una gratificación los empleados sujetos al régimen laboral de la actividad privada, sean contratados a plazo indeterminado o indefinido.
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¿Cuánto deben recibir de gratificación? Riega señala que el monto que debe recibir un trabajador corresponde a una remuneración regular completa mensual. Sin embargo, en el caso de los empleados de una pequeña empresa, reciben medio sueldo. En tanto, a los de una microempresa no les corresponde este pago.
Asimismo, para los trabajadores que reciben montos variables cada mes, se toma en cuenta el sueldo que han recibido en los últimos tres meses. Otro punto importante es que desde el 2009 se desgravaron las gratificaciones de julio y diciembre de pagos a Essalud, lo que significa un 9% más de ingresos para el empleado por este concepto.
DENUNCIA AL MTPEEl Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) recomienda a los trabajadores que no han recibido su gratificación hasta el 15 comunicarse directamente con esta institución a través del teléfono 0800-16872.
Adicionalmente, les solicita el número de RUC de la compañía, boletas de pago que demuestren su condición de trabajador y/o memorándums, certificados de trabajo, carta de despido, entre otras.
“El no pago en la fecha correspondiente está determinado como una infracción laboral grave sujeta a la imposición de una multa administrativa y a los intereses correspondientes por la demora”, finaliza.
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