El Congreso de la República aprobó por insistencia la autógrafa de ley que sanciona el acaparamiento, especulación y adulteración en las zonas declaradas en estado de emergencia, calamidad pública o conmoción. Esa norma había sido observada por el Ejecutivo el pasado 2 de julio.
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La disposición también estipula restituir la pena por acaparamiento, así como modificar el delito de especulación, que será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de cuatro años ni mayor de seis.
Del mismo modo, la especulación y la alteración de precios serán sancionadas con prisión efectiva no menor de dos años ni mayor de seis.
Enrique Felices, socio del estudio Miranda & Amado, explicó que se entiende por acaparamiento la acumulación de bienes con el fin de ocasionar escasez y subir precios. La especulación, que ya está regulada en el Código Penal, es la venta por encima de precios fijados administrativamente.
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“No se había aplicado porque no había precios así determinados, pero aquí se prescindiría de esa determinación para sancionar”, detalló Felices en diálogo con El Comercio.
Inconstitucional
Para Alejandro Falla, socio de Bullard Falla Ezcurra +, la norma es inconstitucional, ya que viola el principio de legalidad, el cual exige que haya claridad en la conducta que será considerada delito. La norma, según Falla, no cumpliría ello.
“Hemos vuelto completamente a la misma situación que teníamos en los años 80, donde los policías básicamente auditaban, fiscalizaban o hacían un control de precios, sin tener criterios claros”, indicó Falla. En tanto, Felices consideró que la ley es antitécnica y contraproducente porque abre la puerta a la inseguridad jurídica y a la arbitrariedad.
En la misma línea se pronunció el gerente general del Instituto Peruano de Economía, Diego Macera, quien señaló los efectos negativos que tendría la ley. “¿Quién va a decir qué es un precio adecuado? ¿Qué empresario se va a arriesgar a traer y vender productos que luego puedan traerle responsabilidad penal? Como siempre, esto termina por hacer más escasos los bienes que se quieren difundir”, explicó.
La ONP en debate
El Congreso reunió sus 19 propuestas legislativas y logró elaborar un texto sustitutorio que plantea el retiro de un 95,5% de los aportes a la ONP. El 4,5% restante se destinaría a Essalud.
De aprobarse, ese beneficio sería solo para los afiliados de 65 años a más que tienen menos de 10 años de aportes. Hasta el momento, la propuesta no es sometida a debate.
En medio de la discusión interna, el primer ministro Walter Martos acudió a la sede del Legislativo acompañado por la ministra de Economía, María Antonieta Alva. Planteó la entrega de una compensación de entre S/350 y S/1.600 a los más de cuatro millones de afiliados.
Martos indicó en Canal N que el Congreso “no dio respuesta positiva” a la propuesta. El Ejecutivo esperaría la decisión de las bancadas en el debate parlamentario.
La ley de acaparamiento se aprobó con 106 votos a favor, cero en contra y 18 abstenciones. El primer ministro Walter Martos advirtió que las propuestas planteadas por el Legislativo para la devolución de aportes a la ONP representan un costo al Estado de entre S/10.000 millones y S/20.000 millones.