Además de aprobar la exoneración de los descuentos a las gratificaciones de forma permanente, el Congreso también dio luz verde a la libre disposición de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a partir del excedente de cuatro sueldos, medida propuesta por el Poder Ejecutivo para ayudar en la reactivación de la economía.Follow @PortafolioECpe !function(d,s,id){var js,fjs=d.getElementsByTagName(s)[0],p=/^http:/.test(d.location)?'http':'https';if(!d.getElementById(id)){js=d.createElement(s);js.id=id;js.src=p+'://platform.twitter.com/widgets.js';fjs.parentNode.insertBefore(js,fjs);}}(document, 'script', 'twitter-wjs');
A la fecha, la legislación dictaba que un trabajador solo podría acceder al 70% del excedente de la suma de seis sueldos de su CTS. Con la iniciativa del Ejecutivo, el panorama se amplía, ya que los trabajadoras dispondrán del 100% del excedente de cuatro sueldos, al igual de lo que sucedió el año pasado.
¿Que significa esto? Que si un trabajador percibe S/.1.500 y tiene S/.8.000 depositados en su cuenta de CTS, podrá retirar el excedente de cuatro salarios (que sumarían S/.6.000), es decir, podrá disponer de S/.2.000.
¿Qué quedaría pendiente para su aplicación? Por ley, las empresas deben informar a las entidades financieras en las que se depositan los sueldos de sus trabajadores cuál es el monto disponible por CTS, ya que vencido el plazo en abril, la información solo aludía a los seis sueldos que estaban vigentes y ahora, con la aprobación del Congreso, son cuatro.