El Ministerio de la Producción (Produce) estableció en 580,000 toneladas la cuota de captura de calamar gigante o pota para el período 2021, según la Resolución Ministerial N.º 00097-2021-PRODUCE.
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La cuota constituye el límite máximo de captura del calamar gigante o pota y podrá modificarse en función a la evolución de factores biológicos-pesqueros y ambientales, previo informe del Instituto del Mar del Perú (Imarpe).
En tanto, el Produce dará por concluida la actividad extractiva del recurso cuando se alcance (o se estime haber alcanzado) la cuota de captura o, en su defecto, el 31 de diciembre de 2021.
Asimismo, se podrá suspender las actividades de extracción del recurso por razones de conservación, previo informe del Imarpe, que recomendará las medidas de manejo pesquero que resulten necesarias de acuerdo al seguimiento de los principales indicadores biológicos, poblacionales y pesqueros del calamar gigante o pota.
Se debe indicar que en años anteriores la captura de pota ha sido efectuada casi en su totalidad por la flota pesquera artesanal (99.9 %) y no se planea modificar dicha dinámica.
El seguimiento del avance del límite de pesca será realizado por la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Produce.
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