El pleno del Congreso de la República aprobó este jueves, 14 de setiembre, por unanimidad (112 votos) insistir en todos sus extremos en la autógrafa de la ley que modifica la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, a fin de ampliar la prohibición de las llamadas spam.
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De acuerdo con el dictamen aprobado, recaído en los proyectos de ley 2942/2022-CR, 3131/2022-CR y 3541/2022-CR, se prohíbe las visitas al domicilio del consumidor o realizar proposiciones no solicitadas, por teléfono, fax, correo electrónico u otro medio, de manera persistente e impertinente, o ignorando la petición del consumidor para que cese este tipo de actividades.
En ningún caso las proposiciones solicitadas podrán realizarse entre las 20:00 horas y las 7:00 horas, ni los días sábados, domingos ni feriados, según explicó la congresista Rosangella Barbarán Reyes (Fuerza Popular), vicepresidenta de la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos.
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Asimismo, se prohíbe emplear centros de llamada (call centers), sistemas de llamado telefónico, envío de mensajes de texto a celulares o de mensajes electrónicos masivos para promover productos y servicios, así como prestar el servicio de telemercadeo a consumidor alguno.
La única excepción a esta prohibición es el envío de comunicación comercial o publicitaria a aquel consumidor que se contacte directamente con el proveedor o autorice, expresando su consentimiento libre, previo, informado, expreso e inequívoco, de ser contactado a través de número telefónico, dirección electrónica o cualquier otro medio análogo de comunicación.
La propuesta fue exonerada de segunda votación, con lo que quedó expedita para ser enviada al Poder Ejecutivo para su eventual promulgación.
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El caso
A inicios de marzo, con 105 votos a favor, el Pleno del Congreso aprobó el proyecto de Ley N° 3131, que prohíbe las llamadas y mensajes spam a fin de proteger los datos personales de los ciudadanos y mejorar la idoneidad del servicio al cliente.
Se buscaba evitar que las empresas realicen llamadas spam o envíen mensajes de texto para promover sus productos y servicios sin ser solicitado por el consumidor.
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Además, establecía que las multas que pueden recibir los proveedores o centros de llamadas por incumplir la norma oscilan entre los 151 UIT hasta los 450 UIT.
En un informe del diario El Comercio, publicado el 15 de marzo, Guy Fort, presidente de la Asociación Peruana de Experiencia del Cliente (Apexo), que concentra a cerca de 25 empresas del rubro, había advertido que la medida, una vez que sea publicada, puede generar una pérdida de 20.000 puestos de los 70.000 empleos que hay en el rubro de centros de contacto.
Observación a la norma
El Gobierno de Dina Boluarte había observado, el 2 de mayo, la autógrafa del proyecto legislativo que amplía la prohibición de las comunicaciones spam, medida aprobada por el pleno del Congreso el 3 de marzo.
El Ejecutivo había argumentado que “pese afectar derechos fundamentales”, hace falta un test de proporcionalidad, pues tal como está planteada la norma, puede afectar la libertad de empresa.
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