El Gobierno promulgó este miércoles la Ley 32181, que deroga la posibilidad de aplicar detención preliminar en casos de no flagrancia.
Esta medida elimina el inciso ‘a’ del numeral 1 del artículo 261 del Código Procesal Penal. Dicho inciso permitía a los jueces dictar esta medida a solicitud del fiscal.
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Esto ocurría cuando había razones plausibles de que una persona hubiera cometido un delito con pena mayor a cuatro años de prisión y existiera riesgo de fuga o de obstaculización de la justicia.
A partir de este jueves 12 de diciembre, la detención preliminar solo podrá aplicarse en casos flagrantes, es decir, dentro de las primeras 48 horas desde la comisión del delito. La norma fue promulgada directamente por la presidenta Dina Boluarte.
La decisión ha generado críticas de expertos legales. Raúl Canelo, decano del Colegio de Abogados de Lima, calificó la norma como “antitécnica, inconstitucional y para el aplauso”.
En declaraciones a Canal N, alertó que su aplicación podría generar un “caos legislativo”.
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