Congreso: proponen sancionar tenencia ilegal de celulares y tarjetas SIM con 10 a 14 años de prisión

Legislador Alejandro Soto Reyes (APP) busca la tipificación de este delito para proteger “los derechos de propiedad de los ciudadanos y garantizar la seguridad pública.
Proyecto de ley de APP plantea sancionar la tenencia ilegal de celulares y tarjetas SIM con 10 a 14 años de prisión. (Foto: GEC)

El congresista (Alianza para el Progreso) presentó un proyecto de ley que sanciona la tenencia ilegal de celulares y tarjetas SIM con pena de cárcel no menor de 10 años ni mayor de 14 años.

Se trata del proyecto de ley N° 9240/2024 que busca la tipificación de este delito para proteger “los derechos de propiedad de los ciudadanos y garantizar la seguridad pública, desincentivando la circulación y uso de dispositivos móviles de comunicación (celulares) o de tarjeta SIM (chips móviles) obtenidos de manera ilícita”.

¿Cómo procede esta ley?

Toda persona que tenga en custodia, posea, reciba, transporte o comercialice celulares, que hayan sido reportados como robados, perdidos o extraviados, y que no cuenten con la debida sustentación que acredite su propiedad legítima, serán reprimidos con pena privativa de la libertad no menor de 10 años ni mayor de 14 años.

La misma pena será para aquellos que tengan tarjetas SIM (chips móviles) y que no cuenten con la debida sustentación que acredite su propiedad legítima.

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El proyecto de ley define que el intervenido (por la Policía) debe demostrar que es el propietario del celular o chip mediante la presentación de documentos de compra, facturas, recibos, o cualquier otro medio probatorio que acredite la propiedad del mismo.

¿Si el celular le pertenece a un tercero?

Se pueden presentar los siguientes casos:

¿El policía manipulará el celular durante la intervención?

El efectivo policial solicitará al poseedor del dispositivo móvil que muestre el número IMEI del mismo. Bajo ninguna circunstancia personal policial podrá manipular el dispositivo móvil de comunicación (celulares).

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En caso de encontrarse un dispositivo móvil de comunicación (celulares), con IMEI que no acredite su propiedad legítima, según las definiciones establecidas en la presente norma, se solicitará al intervenido que indique la operadora de telecomunicaciones a la que pertenece el número de la de tarjeta SIM (chips móviles) a efectos de corroborar en la misma los datos de la persona a quien le corresponde dicha tarjeta.

El intervenido tendrá un plazo de 24 horas para presentar la documentación que acredite la legítima procedencia del dispositivo o para registrar el número IMEI ante la autoridad competente, plazo que puede ser prorrogable hasta por 72 horas de existir motivación suficiente, para ello.

DATO:

La pena privativa de libertad será no menor de 14 ni mayor de 18 años si el delito es cometido:

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