Este domingo 1 de mayo se conmemora el Día Internacional del Trabajo (Día Internacional de los Trabajadores), el cual es considerado feriado nacional para los empleados de los sectores público y privado. ¿Sabes cuánto te deben pagar si laboras ese día?
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Este 2022 la fecha cae domingo y el gobierno ha decretado feriado largo hasta el lunes 2 de mayo. Sin embargo, algunos rubros, como el turismo, salud y transporte, por ejemplo, deben trabajar en el feriado. ¿Cómo te deben pagar si te toca laborar el feriado?
¿QUÉ PASA SI TRABAJO EL FERIADO POR EL DÍA DEL TRABAJO?
De acuerdo al Decreto Legislativo 713 - Ley de Descansos Remunerados, el pago por el feriado del sábado 1 de mayo de 2021, Día del Trabajo, se percibe íntegramente y sin condición alguna, aun cuando el trabajador tenga inasistencias o tardanzas durante la semana.
Si el empleado labora el 1 de mayo, sin descanso posterior, podrá recibir el pago triple por los siguientes conceptos:
- La remuneración de una jornada por el feriado.
- La remuneración de una jornada doble por trabajar el feriado.
Ejemplo: Si tu sueldo es de S/ 1,200, la remuneración diaria será de S/ 40. Si trabaja en este feriado sin descanso posterior percibirá 40x3, es decir, S/ 120.
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¿QUÉ PASA SI EL FERIADO CAE EL DÍA DE MI DESCANSO?
El artículo 9 del reglamento del Decreto Supermo 012-92-TR indica que siempre que el Día del Trabajo (01 de Mayo) coincida con el día de descanso semanal obligatorio, se debe pagar doble al trabajador por los siguientes conceptos:
- Un día de remuneración por el feriado, además de la remuneración por el día de descanso semanal.
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¿Qué pasa si el trabajador trabaja el feriado y es su día de descanso?
Si se labora este domingo 1 de mayo, el empleador deberá reconocer algunos pagos adicionales en favor del trabajador.
- Pago de la remuneración diaria.
- Pago por el feriado.
- Pago por el día de descanso con sobretasa del 100%.
¿COBRO EL FERIADO DEL 1 DE MAYO SI TRABAJO AL DESTAJO?
Si el trabajador es destajero, el pago por el Día del Trabajo será igual al salario promedio diario, que se calcula dividiendo entre treinta la suma total de las remuneraciones percibidas durante los treinta días consecutivos o no, previos al Primero de Mayo. Cuando el servidor no cuente con treinta días computables de trabajo, el promedio se calcula desde su fecha de ingreso, de acuerdo con la norma.
¿DEBO COBRAR TRIPLE SI INGRESO A TRABAJAR EL 31 Y SALGO EL 1 DE MAYO?
No. La norma establce que no se considera que se ha trabajado en feriado no laborable, cuando el turno de trabajo se inicie en día laborable y concluya en el feriado no laborable.
¿QUÉ DÍAS SON FERIADOS ESTE 2022?
Son los siguientes:
- Sábado 1 de Enero: Año Nuevo.
- Jueves 14 de Abril: Jueves Santo.
- Viernes 15 Abril: Viernes Santo.
- Domingo 01 Mayo: Día del Trabajo.
- Miércoles 29 Junio: Día de San Pedro y San Pablo.
- Jueves 28 Julio: Fiestas Patrias.
- Viernes 29 Julio: Fiestas Patrias.
- Martes 30 Agosto: Santa Rosa de Lima.
- Sábado 08 Octubre: Combate de Angamos.
- Martes 01 Noviembre: Día de Todos los Santos.
- Jueves 08 Diciembre: Día de la Inmaculada Concepción.
- Viernes 09 Diciembre: Batalla de Ayacucho- Día no laborable sector público.
- Domingo 25 Diciembre: Navidad.
¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE FERIADO Y DÍA NO LABORABLE?
Los feriados son descansos remunerados que no se compensan; mientras que los días no laborables son decretados por el Gobierno. Si no se trabaja en día no laborable, se debe compensar luego esas horas. La norma señala que las horas dejadas de laborar durante los días no laborables establecidos en el presente decreto supremo serán compensadas en los diez días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.