Desde el 18 de mayo, los afiliados a una AFP pueden retirar hasta el 25% de sus fondos previsionales según el cronograma establecido en función al número final del Documento Nacional de Identidad (DNI). El primer día unos 203,831 afiliados presentaron solicitudes y hoy un nuevo grupo inició sus trámites.
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Como ya lo advirtió la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones (SBS), los bancos u otras entidades del sistema financiero podrán cobrar automáticamente los pagos pendientes por deudas. Esto ha generado preocupación entre los afiliados, que consideran que esta medida no los ayudará a sobrellevar la crisis sanitaria que vivimos.
Por ello, la superintendencia aprobó el Decreto de Urgencia N.° 056-2020, el cual autoriza la creación de cuentas bancarias de manera unilateral a favor de los beneficiarios, con el fin de que el dinero del afiliado no sea retenido. Pero, por el momento no todos los bancos aprobados para el depósito de los fondos de pensiones estarían aplicando esta medida.
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En esa misma línea, se dio a conocer que de las 16 entidades financieras en las que se podrá cobrar el 25% de los fondos de pensiones, 8 pueden realizar los cobros activos en las cuentas de los afiliados, para saber cuáles son consulta en la página www.consultaretiroafp.pe.
Por otro lado, Giovanna Prialé, presidenta de la Asociación de AFP (AAFP), sugirió que el afiliado debe darse un tiempo para ver si tienen una deuda coactiva con la Sunat o de otro tipo, antes de iniciar con el trámite del retiro del 25% de su fondo.
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A continuación, te damos la lista de las ocho entidades financieras que tienen apagada esta función en sus plataformas digitales y que no podrán cobrar deudas automáticamente ni retener tu dinero de la AFP.
LISTA DE BANCOS QUE NO RETENDRÁN TU DINERO DE LA AFP
La Asociación de AFP precisó cuáles son las ocho entidades financieras que han desactivado la función de cobro automático por deudas para las cuentas que se abran para depositar los fondos retirados de las AFP:
1. Banbif.
2. BBVA.
3. BCP.
4. Interbank.
5. Scotiabank.
6. Caja Arequipa.
7. Caja Huancayo.
8. Caja Piura.
En tanto, El Comercio publicó la lista de las entidades que ya están habilitadas para crear dichas cuentas:
BBVA
El BBVA informó que se estará habilitando sus cuentas Independencia para la recepción de los fondos previsionales al amparo de la ley. Así, los clientes del banco solo tendrán que registrar su actual cuenta al momento de realizar su solicitud de retiro de AFP y BBVA automáticamente creará una nueva a la cual llegarán los fondos.
BCP
El mismo mecanismo aplicará el banco BCP. Su cuenta Contigo BCP se habilitará automáticamente una vez que los usuarios del banco ingresen su cuenta vigente. “No la crearemos si el titular de la cuenta indicada por el cliente en la web de la Asociación no coincide con el DNI ingresado. O si la cuenta ingresada ya está cerrada”, explicó el banco.
SCOTIABANK
En el caso de Scotiabank, el dinero a recibir será en las cuentas Free Perú +, que se creará también de manera automática y sin costo alguno. “La cuenta permitirá recibir de manera exclusiva el monto que las personas retiren de sus AFPs. El cliente podrá disponer del efectivo desde cualquier cajero a nivel nacional, sin costo alguno, o realizar pagos a través de la banca móvil o app, pero no podrá realizar otro tipo de depósitos en la cuenta”, aseveró.
¿QUÉ CUENTAS NO PODRÁN SER EMBARGADAS O SUJETAS AL COBRO DE DEUDAS?
La SBS aclaró que el aprobado Decreto de Urgencia autoriza la creación de cuentas bancarias sin necesidad de un contrato o autorización previa del titular para el pago de bonos del Estado.
Estas cuentas intangibles en el sistema financiero permiten que el dinero que reciba el aportante del sistema privado de pensiones, como el retiro del 25% de su fondo de la AFP, no pueda ser afecto a retenciones por el plazo de un año. Ello, siempre que el dinero proveniente del retiro del 25% de la AFP se deposite a estas cuentas intangibles.
“El mencionado Decreto de Urgencia (N.° 056-2020) permite que los afiliados que decidan retirar el 25% de su AFP, puedan depositar sus retiros en dichas cuentas, y no ser objeto de retención u otra afectación sea por orden judicial y/o administrativa, ya que dichas cuentas tienen carácter de intangible por el período de un año”, informó la SBS.
CARACTERÍSTICAS DE ESTAS CUENTAS BANACARIAS
- Las cuentas podrán ser usadas para fines adicionales al depósito y retiro de los fondos transferidos.
- Serán cerradas cuando no tengan saldo por seis meses o a pedido del titular. Además, tienen carácter de intangibilidad por un año, una vez recibido el pago.
- La SBS reglamentará las condiciones adicionales para abrir, usar y cerrar estas cuentas.
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PASO A PASO CÓMO REGISTRAR LA SOLICITUD PARA RETIRAR EL 25%
- Primero, ingresa a www.consultaretiroafp.pe
- Selecciona la opción “25%”.
- Luego, indica el número de su documento de identidad y tu fecha de nacimiento.
- Después ingresa tu DNI y consigna el dígito verificador (la web te mostrará un ejemplo para identificarlo).
- Posteriormente, marca la casilla del captcha para así comenzar con el registro de tu solicitud.
- Finalmente, completa tu solicitud de retiro colocando su correo electrónico, teléfono, dirección, número de cuenta bancaria (sin espacios y guiones) y el monto a retirar.
Cabe mencionar que desde esta web podrás acceder al retiro del 25%, independientemente de cuál sea tu AFP (Habitat, Profuturo, Prima e Integra); sin embargo, cada administradora deberá informar a través de sus canales de comunicación, cada procedimiento que deben seguir sus aportantes.
Asimismo, son las propias AFP las responsables de disponer el medio idóneo a fin de hacer efectivo el pago. Para tal efecto, podrán suscribir convenios con entidades del sistema financiero u otras que faciliten el pago.
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TODOS LOS TRÁMITES SON ONLINE
El trámite para el retiro del 25% de los fondos de las AFP autorizados por la ley es completamente virtual, indicó el superintendente adjunto de AFP de la SBS, Elio Sánchez Chávez.
Refirió que ya se ha iniciado la presentación de solicitudes para acceder al 25% del fondo de cada afiliado al sistema privado de pensiones que establece la Ley 31017, la misma que autoriza hasta un máximo de 12,900 soles y un mínimo de 4,300 soles.
“El proceso es completamente virtual, el afiliado no tiene porqué ir a las agencias y oficinas de las AFP para hacer el trámite, todo está siendo virtual al igual que los dos procesos anteriores”, dijo en TV Perú.
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