La bancada de Acción Popular, a iniciativa de la congresista Karol Paredes, presentó un proyecto de ley que propone incrementar a 180 días la suspensión por sanción contra legisladores con descuento de sus haberes y reemplazo por el accesitario.
Se trata de la iniciativa legislativa 3367/2022-CR, que plantea introducir una reforma constitucional al artículo 95° de la Carta Magna, con la finalidad de promover el “buen comportamiento ético” de los congresistas y la institucionalidad del Parlamento.
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En la exposición de motivos se señala que si bien es cierto el incremento de la suspensión no va a evitar que las personas dejen de cometer infracciones, servirá para “corregir las conductas públicas y disuadir las conductas infractoras”.
“De acuerdo a lo contemplado en la Constitución Política de 1993, la sanción máxima aplicada a los congresistas es la suspensión de funciones por 120 días. No obstante ello, la hermenéutica parlamentaria demuestra que los congresistas continúan infringiendo el Reglamento del Congreso de la República al cometer conductas que atentan contra la disciplina parlamentaria y la ética”, refiere.
Detalló que la actual gestión de la presidencia de la Comisión de Ética Parlamentaria (2021- 2023), cuenta con 74 casos en curso, lo que considera que contribuye al “desprestigio y la consecuente caída de la imagen” del Congreso de la República.
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“Es importante evidenciar la realidad y adoptar medidas más severas que permitan que el Congreso de la República, específicamente los congresistas, tengan un comportamiento adecuado acorde con el cargo que ocupan y conforme lo establecen las normas reglamentarias, es decir en el Reglamento del Congreso de la República, Código y Reglamento del Código de Ética Parlamentaria”, subraya.
Finalmente, insistió en que es necesaria la aprobación de una reforma constitucional para modificar la sanción máxima de 120 días a 180 días de suspensión, con lo cual será posible adecuar el reglamento del Congreso y el Código de Ética Parlamentaria.
“La opinión pública considera que la máxima sanción que actualmente se puede aplicar a los congresistas por sus faltas graves, resulta ser muy baja, considerándose incluso permisible; más aún cuando el congresista sancionado con una suspensión en el ejercicio de sus funciones cumple con la misma”, enfatiza.
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“Este hecho perjudica también a su grupo parlamentario, el cual se ve disminuido por la ausencia del congresista sancionado durante el tiempo de suspensión; por tal motivo al aplicarse la sanción máxima por la gravedad de la falta, se propone que sea de ciento ochenta días de suspensión en el ejercicio del cargo y el descuento de sus haberes, sumado a ello que el Congreso de la República, solicite al Jurado Nacional de Elecciones que se llame a su accesitario mientras dure la suspensión del señor congresista sancionado”, sentencia.
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