La bancada de Fuerza Popular, a iniciativa del congresista Víctor Flores, presentó un proyecto de ley que plantea impedir que se solicite detención preliminar o prisión preventiva contra el personal de la Policía Nacional (PNP) si, en cumplimiento de su deber constitucional, ocasiona alguna lesión o muerte.
Se trata de la iniciativa legislativa 7115/2023-CR, que propone modificar los artículos 255 y 292-A, e incorporar los artículos 261-A y 268-B del Decreto Legislativo 957 al Código Procesal Penal.
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“La finalidad de la ley es cautelar los derechos a la libertad, a la presunción de inocencia, al debido proceso y a la tutela jurisdiccional efectiva que tiene el personal de la Policía Nacional del Perú que, en el ejercicio de su finalidad constitucional, acontezca alguna lesión o muerte, al hacer uso de sus armas o medios de defensa en forma reglamentaria”, indica.
En la exposición de motivos se señala que ante el incremento de la delincuencia en el país, la libertad de acción para el logro de los fines constitucionales del personal de la PNP “no puede continuar limitado por las consecuencias jurídicas que pueden acarrear: la detención preliminar y la prisión preventiva”.
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Señala que esta situación puede generar una “reacción de reserva” en los miembros de la PNP al momento de enfrentarse contra la criminalidad, pues son amenazados con la posibilidad de reclusión penitenciaria, incluso cuando se produce en un marco de uso de armas o medios de defensa en forma reglamentaria.
“En ese sentido, la posibilidad de encarcelamiento del personal policial que se enfrenta a otra con arma de fuego, puede generar titubeo en el agente policial al momento de ejecutar las operaciones policiales, incluso puede hacerle sopesar de la prudencia o no de exponer su integridad en la operación, que le puede lesionar o llevar a la cárcel, lo que puede conllevar al fracaso para los fines constitucionales, beneficiando así a la inseguridad ciudadana que viene azotando al país”, subraya.
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Remarcó que existe la necesidad de salvaguardar a la PNP para que tenga la “actitud, la concentración y amplitud de acción” para ejercer sus funciones constitucionales cuando hace uso de sus armas o medios de defensa de forma reglamentaria, limitando las facultades de acción del fiscal en este escenario.
“Es menester señalar que no se busca la inimputabilidad del personal de la Policía Nacional del Perú que hubiera excedido sus fines constitucionales, lo que se pretende es dar realce al precepto constitucional de presunción de inocencia, cuando ellos arriesgan su integridad física para confrontar a otras personas armadas, con el único objetivo de dar servicio de resguardo y seguridad a los ciudadanos”, enfatizó.
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Finalmente, la propuesta de Víctor Flores conserva la posibilidad de que los policías puedan ser pasibles de otras restricciones por el juez, como no ausentarse de la localidad de residencia, prohibición de comunicarse con personas determinadas, entre otras estipuladas en el artículo 288 del Código Procesal Penal.
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