Un dictamen emitido por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) advierte que el hijastro del ministro de Economía y Finanzas, Pedro Francke, realizó dos contrataciones con el Estado cuando este ya había iniciado su gestión.
El mismo documento, al que tuvo acceso El Comercio, señala que una empresa en la que la hija del titular del MEF registra el 33% de las acciones también realizó una contratación con el Estado cuando Pedro Francke ya integraba el gabinete.
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El dictamen donde se hacen estas advertencias es el N° 155-2021/DGR-SIRE, firmado por Wendy Melissa Cruz Kamiche, subdirectora de Identificación de Riesgos en Contrataciones Directas y Supuestos Excluidos de la OSCE. En sus conclusiones, explica que corresponde remitir el caso al Tribunal de Contrataciones del Estado para que evalúe iniciar un procedimiento administrativo sancionador, así como al Sistema Nacional de Control.
Impedimento
En el documento se recuerda que la Ley de Contrataciones del Estado establece que, cualquiera sea el régimen legal de contratación aplicable, los ministros de Estado están “impedidos de ser participantes, postores, contratistas y/o subcontratistas, incluso en las contrataciones iguales o inferiores a 8 UIT (…) en todo proceso de contratación durante el ejercicio del cargo y hasta doce (12) meses después de haber concluido el mismo y solo en el ámbito de su sector”.
Este impedimento se extiende “al cónyuge, conviviente o los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad de dichas personas, respecto del mismo ámbito y por igual tiempo que el señalado en el párrafo precedente”. Esto se puede leer en el inciso H del artículo 11 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado.
Según el dictamen, un hijastro, como en este caso, también está considerado por la ley dentro de los mencionados grados afinidad. Por lo tanto, le alcanzaría el impedimento. El propio Pedro Francke incluyó al referido familiar, Alejandro Martín Mirones Mendoza, en su más reciente declaración jurada de intereses como una las personas con las que tiene “vínculo de consanguinidad y vínculo de afinidad”.
Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley de Contrataciones con el Estado
Contrataciones en el Minedu
El documento consigna que en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (Seace) se encuentra que Mirones Mendoza realizó dos contrataciones con el Ministerio de Educación luego del 30 de julio del 2021, fecha en la que Pedro Francke asumió como ministro de Economía y Finanzas. El Comercio corroboró que ambas contrataciones figuran en el referido portal.
El primero de estos contratos tiene fecha del 30 de agosto del 2021 y es por un monto de S/ 3,000. El OSCE detalla que la descripción de la orden es por servicios de asistencia técnica. El segundo es del 29 de septiembre por S/ 6,000 y tiene como descripción una asistencia técnica en el mapeo e identificación de medios de información.
“Se advierte que el proveedor Alejandro Martin Mirones Mendoza realizó dos (2) contrataciones como persona natural con el MINEDU durante el periodo de tiempo en que Pedro Andrés Toribio Topiltzin Francke Ballvé (su padrastro), viene ejerciendo el cargo de ministro de Economía y Finanzas, pese a los impedimentos contemplados en el artículo 11 del TUO (Texto Único Ordenado) de la Ley”, se lee en el documento.
“Por lo expuesto, se advierten indicios de la comisión de una infracción a la normativa de contrataciones del Estado”, añade.
También se apunta que contratar con el Estado a pesar de encontrarse impedido, conforme a Ley, constituye una “infracción pasible de ser sancionada por el Tribunal de Contrataciones del Estado”. Por esto, señalan que el caso debe ser remitido a ese órgano para que “evalúe el inicio del respectivo procedimiento administrativo sancionador”.
El caso de la hija del ministro
La OSCE también explica que los impedimentos de contratar con el Estado se extienden a empresas que tengan una “participación individual o conjunta superior al treinta por ciento (30%) del capital o patrimonio social” de ministros o sus parientes hasta el segundo grado de afinidad o consanguinidad”. Este grado alcanza a Teresa Charo Francke Rojo, hija del ministro de Economía.
Al respecto, el dictamen señala que una empresa llamada Programa Apollo SAC consigna a Francke Rojo como titular del 33% de sus acciones. Por lo tanto, esta persona jurídica también se encuentra prohibida de contratar con el Estado durante la gestión del actual ministro de Economía.
Sin embargo, tras revisar el SEACE, la OSCE encontró que Programa Apollo SAC contrató con la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima (Emilima SAC), perteneciente a la Municipalidad Metropolitana de Lima. Este Diario también corroboró que la información figura en el mismo portal electrónico.
La orden de servicios a favor de Programa Apollo SAC es del 18 de agosto del 2021 por un monto de 5,500 soles y se describe en el documento como un servicio de gestión editorial.
“Se advierte que la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima SA contrató los servicios de la empresa Programa Apollo SAC, aun cuando los impedimentos señalados” en la Ley de Contrataciones “le resultarían aplicables”, dice el dictamen.
“Se advierten indicios de la comisión de una infracción a la normativa de contrataciones del estado, (…) el cual establece que contratar con el estado a pesar de encontrarse impedido, conforme a ley, constituye una infracción pasible de ser sancionada por el Tribunal de Contrataciones del Estado”, dice el documento. De forma similar al caso del hijastro del ministro, se señala que corresponde remitir el caso a este órgano para que evalúe iniciar un procedimiento administrativo sancionador.
Las conclusiones del dictamen inciden en que Mirones Mendoza y la empresa Programa Apollo SAC se encontrarían impedidos de contratar con el Estado a nivel nacional durante la gestión de Pedro Francke como ministro; y que, a pesar de ellos, el primero realizó dos contrataciones con el Estado y la segunda realizó una. Esto sería “una infracción a la normativa de contrataciones del Estado” y sería “pasible de ser sancionada por el Tribunal de Contrataciones”.
Finalmente, se indica que corresponde remitir el dictamen al mencionado tribunal para que evalúe abrir un procedimiento administrativo sancionador y remitirlo al Minedu y a Emilima para que “dispongan las acciones correctivas y/o preventivas”. Además, señalan que “corresponde remitir el presente dictamen al Sistema Nacional de Control, para las acciones que correspondan en el marco de sus competencias”.
La respuesta de Pedro Francke
En una carta enviada a RPP, Pedro Francke reconoció que su hijastro realizó contrataciones con el Estado cuando él ya era titular del MEF, pero descartó “cualquier tipo de injerencia” suya. Según dijo, el hijo de su esposa brindaba servicios al Minedu desde antes de las últimas elecciones bajo órdenes de servicio y no con un contrato laboral por ser por montos menores a 8 UIT (S/35,200 al 2021).
En el SEACE, en efecto, se registran órdenes de servicio del Minedu con Mirones Mendoza con fechas del 25 de febrero y del 21 de mayo de este año por S/9 mil cada una. “Siendo así, sus dos últimas contrataciones se produjeron siendo yo ministro de Economía y Finanzas”, reconoció luego.
Francke indicó que Mirones Mendoza ha solicitado al Ministerio de Educación que inicie “el procedimiento para declarar la nulidad de las órdenes de servicio emitidas a su favor y ha procedido a realizar la devolución de los dos últimos pagos, de 3,000 cada uno”.
Respecto a su hija, aseguró que ella renunció a la empresa en julio, antes de que él asuma como ministro, pero que esto no fue informado oportunamente al OSCE.
“La gerenta general de la empresa Programa Apollo SAC ha reportado esta situación a la entidad contratante y ha solicitado el inicio procedimiento de nulidad de la orden de servicio vigente y ha devuelto el monto de S/ 5,500 que había recibido como pago”, dijo en la carta.
“Lamento que esto haya sucedido. Tanto mi hija como el hijo de mi esposa han tomado las acciones necesarias para corregir lo sucedido. Han solicitado la declaración de nulidad de las órdenes de servicio emitidas y se ha procedido a devolver los pagos recibidos”, escribió el ministro.
“Este es un tema que debe seguir el procedimiento respectivo, y si hay alguna responsabilidad, sea de la entidad contratante, del proveedor, independientemente de su vínculo de parentesco conmigo, y eventualmente, del organismo superior en el marco de sus competencias, entonces esta se tendrá que asumir”, manifestó.
Perspectivas
Alberto Retamozo, abogado especialista en contrataciones con el Estado, comentó a El Comercio que las prohibiciones para contratar con el Estado alcanzaban tanto al hijastro como la empresa en de la hija del ministro. Si bien considera que no son casos graves al estar relacionados a montos relativamente bajos y al ver que Mirones Mendoza ya había contratado antes con el sector, estimó que lo más probable es que el Tribunal de Contrataciones terminé emitiendo una sanción.
“Es una infracción a la norma, está claro. Quizás haya sido no intencional (…) además los montos son pequeños”, dijo Retamozo. “En mi opinión no es una falta grave porque [Mirones Mendoza] venía trabajando ahí, no se ha causado daño (….) Puede ser que en tres meses lo estén sancionando”. Estas sanciones, añadió, podrían ir desde una multa hasta una inhabilitación para contratar con el Estado.
Para la abogada María Alejandra Quintana, en el caso del hijastro del ministro hay una infracción. Sin embargo, el hecho de que ya era un proveedor del Estado previamente podría llevar a presumir que estaba calificado, con lo que “no se podría entender que hubo algún favorecimiento de la actual gestión”.
“Pero si ya hay una relación de consanguinidad [con el ministro], lo oportuno era la revelación. Evidentemente, en la tabla de infracciones, esto podrá ser un atenuante en caso se logre abrir un proceso”, comenta la especialista en contrataciones. “Lo que subyace es que cualquier procedimiento en el que estén envueltos los fondos del Estado tienen que ser lo más claros posibles”, dice.
En relación con el caso de la hija, indica que “la formalidad de la renuncia se da cuenta ya cuando ya no aparezca su nombre como accionista en los Registros Públicos”. “Si lo quieres ver desde una perspectiva administrativa son infracciones que pueden constituirse como menores, pero son infracciones. Sobre todo porque ponen en tela de juico algún tipo de tráfico posible de influencias”, comenta.
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