En el 2018, poco antes de que la mafia de red criminal Los Cuellos Blancos del Puerto fuese descubierta, bajo la orden del expresidente de la Corte Superior de Justicia del Callao, Walter Ríos, jueces provisionales intervinieron en diversos procesos judiciales emitiendo resoluciones orientas a favorecer intereses particulares.
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Según el Ministerio Público, el mismo mecanismo se habría aplicado durante la gestión del exjuez supremo César Hinostroza. En su condición de presidente de la Corte Superior del Callao, en 2015, habría dispuesto la reasignación de jueces provisionales para que favorezcan a terceros con sus fallos.
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Se trata de una muestra de los diversos hilos que viene investigando el Equipo Especial Los Cuellos Blancos del Puerto que ha encontrado que los funcionarios que participaron en diversos hechos delictivos habrían sido designados “a dedo” en las causas.
La provisionalidad o falta de titularidad de los jueces y fiscales en el Poder Judicial y el Ministerio Público, respectivamente, fue y es uno de los problemas que aquejan a nuestro sistema de justicia desde varias décadas.
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¿Cuál es la situación? La cifra de fiscales provisionales o no titulares supera el 50%, mientras que en el caso del Poder Judicial pasa el 30%.
Según el último reporte del Ministerio Público, a julio del 2020, el número de fiscales llegaba a los 7,225.
De la cifra anterior 4,096, es decir el 56.69%, son fiscales provisionales y otros 3,129 fiscales; es decir el 43.31%, son titulares.
En una actualización hecha por la Junta Nacional de Justicia -a octubre del 2020- la provisionalidad seguía en mayor porcentaje con 4,434 plazas (57.08%) frente a las 3,072 plazas ocupadas por titulares (42.92%).
De otro lado, a setiembre del 2020, el Poder Judicial registraba 3,395 magistrados. De estos 2,299 son titulares (67.72%) y otros 1,096 (32.28%) son supernumerarios, es decir ocupan plazas sin ser titulares.
JUECES | PORCENTAJE | TOTAL | |
---|---|---|---|
TITULARES | 2,299 | 67.72% | |
SUPERNUMERARIOS | 1,096 | 32.28% | |
3,395 |
Según información de la Junta Nacional de Justicia, un gran porcentaje de los operadores no son titulares. Muchos de ellos, tienen la condición de provisionales o supernumerarios en los cargos que actualmente ocupan, poniendo en riesgo la imparcialidad de sus decisiones.
Claramente, no todos se rigen por oscuros intereses, pero las presiones que pueden recibir ante el riesgo de ser removidos, es latente.
Uno de los efectos que provocó el descubrimiento de la organización criminal Los Cuellos Blancos del Puerto, es que desde hace tres años (2018), los procesos de selección y nombramiento de jueces y fiscales quedaron suspendidos hasta la fecha.
El Plan Institucional de la Junta Nacional de Justicia indica que el nombramiento provisional de jueces y fiscales, sin pasar por el debido proceso de selección, “no hace otra cosa que poner en riesgo la imparcialidad e independencia de los mismos. Por ello, es importante aspirar a que el 100% de los jueces sean titulares”.
Las razones
Durante un análisis institucional, la Junta Nacional de Justicia ha desarrollado un plan de gestión con miras a que el 100% de jueces y fiscales sean titulares al 2025.
¿Por qué es necesaria la titularidad? Ello, sostiene la JNJ, contribuye a la independencia e imparcialidad de los jueces y fiscales, teniendo como principal condición; y de acuerdo al mandato constitucional, que sean nombrados producto de un proceso de selección.
Las razones por las que, en el Poder Judicial y el Ministerio Público se realizan designaciones temporales pasan por la creación de nuevas plazas o para cubrir alguna que ha quedado desatendida producto del cese, fallecimiento o desvinculación del juez o fiscal que la ocupaba.
“Lograr que más jueces y fiscales ingresen a la carrera judicial y fiscal respectivamente, a través de procesos justos y transparentes tendrá un impacto también en reducir los altos niveles de provisionalidad, que restan los criterios de imparcialidad e independencia que deben tener jueces y fiscales para un mejor servicio de la administración de justicia en beneficio de los ciudadanos”, sostiene la JNJ.
Por ello, está próximo a iniciarse los primeros trámites para la elaboración de las convocatorias que quedaron truncas en el 2018, a fin de iniciar la primera fase del Plan de la JNJ que tiene como eje prioritario la titularidad de los jueces y fiscales.
“Es importante atraer a postulantes cuyo perfil posibilite un mayor porcentaje de aprobación de las pruebas de conocimiento y entrevistas”, indican.
Así, explican que si bien existe un alto número de postulantes por plaza vacante (aproximadamente 10 personas por plaza); lamentablemente, solo el 20% del total de postulantes logra tener resultados satisfactorios en la prueba de conocimientos, lo que les permite continuar en el proceso.
Estrategias
En conversación con El Comercio, el exfiscal supremo Víctor Cubas Villanueva recordó que la provisionalidad de jueces y fiscales se “agravó” en 1992 cuando el gobierno del expresidente Alberto Fujimori destituyó sin expresión de causa a un porcentaje elevadísimo de magistrados.
Desde entonces, el tema no ha podido ser resuelto por las diversas administraciones del desaparecido Consejo Nacional de la Magistratura (hoy, Junta Nacional de Justicia).
“Por otro lado, a partir del 2006, se crea provisionalidad porque se entra en vigencia el Código Procesal Penal y se amplía el número de plazas; tanto de jueces y fiscales. Esas plazas, en principio provisionales no fueron cubiertas”, remarcó.
Otro aspecto institucional, dijo, son las licencias por enfermedad o motivos personales de los titulares, que crean provisionalidad y que, “se supone que debería ser un porcentaje mínimo, pero en la práctica no lo es”.
Cubas Villanueva también consideró que la titularidad de un juez o fiscal, es importante no solo para erradicar la corrupción. “No por el hecho de ser provisionales quiere decir que sean corruptos, no. Muchos de los magistrados que eran sorprendidos en actos de corrupción no eran provisionales, eran titulares”, recuerda.
Agrega que el problema de que un magistrado sea provisional es que “puede ser fácilmente removido de su cargo por una resolución administrativa; y eso afecta la independencia”.
La titularidad, dice, a diferencia de la provisionalidad; garantiza su independencia y goce del derecho de la inamovilidad del cargo tal como lo establece la Constitución.
Según Cubas Villanueva, para empezar con el nombramiento de magistrados la Junta Nacional de Justicia debe iniciar con la revisión las decisiones del desaparecido CNM.
Luego de ello, debe empezar de manera ordenada y escalonada: primero, por la selección y nombramiento de jueces y fiscales supremos.
“¿Por qué? Porque para estos cargos van a postular fiscales y jueces superiores, entonces, una vez nombrados, la Junta (Nacional de Justicia) ya tendría un panorama de las plazas que quedan con los fiscales y jueces superiores. Entonces, ya en ese momento puede hacerse el concurso para segunda instancia”, explicó Cubas.
Una vez que se nombre a los jueces y fiscales superiores, a cuyas plazas postularán los jueces y fiscales de primera instancia, entonces recién se debe convocar a concurso para los magistrados de primera instancia.
El exfiscal supremo recordó que la JNJ ya aprobó el reglamento de nombramientos de magistrados por ascensos y para aquellos que están fuera del sistema de justicia (abogados), por lo que dijo esperar que nombren a los mejores con vocación de servicio.
“Si logran eso, pasarán a la historia. Pero si van a seguir con los cánones que siguió el Consejo Nacional de la Magistratura, que tenía como slogan que aquí no entran los mejores; sino los mejores amigos, estaremos en un círculo vicioso y no contaremos con magistrados que estén a la altura del deber que establece la Constitución”, concluyó.
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