Tras dos días de debate, que comprendieron cerca de 14 horas de audiencia, el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios decidió que el expresidente Martín Vizcarra permanezca en libertad.
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La jueza María de los Ángeles Álvarez Camacho declaró infundado el pedido fiscal de prisión preventiva por 18 meses para el exmandatario por los presuntos sobornos que habría recibido de las empresas Obrainsa e ICCGSA. En su lugar, impuso comparecencia con restricciones.
A su criterio, consideró que no existe peligro de fuga ni obstaculización por parte del investigado. Pese a que, según afirmó, sí hay graves y fundados elementos de convicción y se cumplió con el pronóstico de la pena superior a cuatro años requerida para la prisión preventiva, debían acreditarse todos los requisitos para la medida.
“No se cuenta con la alta probabilidad exigida [del peligro de fuga] para el dictado de este tipo de medidas”, dijo.
A Vizcarra se le imputaban los presuntos delitos de colusión agravada, cohecho pasivo impropio y asociación ilícita para delinquir. No obstante, la jueza afirmó que “no existen” elementos para considerar el último delito.
Fiscalía apelará
El segundo día de audiencia se inició con la sustentación del fiscal Germán Juárez sobre el peligro procesal. El representante del Ministerio Público sustentó la existencia del peligro de fuga en la falta de arraigo laboral por parte del exmandatario.
“Ya dejó de ser presidente y hasta la fecha no ha señalado tener un oficio o labor que le genere ingreso dentro de esa actividad laboral. Solamente se sabe que se está dedicando a ser candidato al Congreso, lo que no es una actividad laboral”, aseveró.
También afirmó que el expresidente tiene las condiciones económicas para abandonar el país o “permanecer oculto”. Juárez detalló que el investigado viene recibiendo una pensión vitalicia por los servicios brindados al Estado y cuenta con bienes inmuebles “valorizados en más de S/3 millones”.
Otra de las premisas fue que el actual candidato al Congreso por Somos Perú había declarado ante la fiscalía hechos “que no se ajustan a la verdad”. “No se puede permitir que trate de mentir de una manera descarada y cínica ante los hechos que son evidentes”, aseveró.
Criticó que el expresidente haya negado tener amistad con el exministro José Hernández, pese a que en los mensajes de WhatsApp que intercambiaron “se tratan de amigos”. Tras ello, calificó a Vizcarra de “mentiroso”, lo que motivó que el abogado del exmandatario, Fernando Ugaz, pidiera que se retiraran los adjetivos y que la jueza interviniera para poner orden.
Pese a lo sustentado, Álvarez Camacho afirmó que los argumentos de la fiscalía no fueron suficientes para acreditar una “alta probabilidad de que el investigado rehúya la acción de la justicia”.
Tampoco consideró que las declaraciones del expresidente que, según el fiscal, “no se acercan a la verdad” sean un sustento válido para imponer la medida.
“El hecho de no confesar el delito atribuido no puede ser considerado como un mal comportamiento procesal ni tampoco atribuido como peligro de obstaculización”, dijo.
La fiscalía anunció que apelará la decisión. “No encontrándome conforme por lo resuelto por su judicatura interpongo recurso de apelación y me reservo el derecho de fundamentarlo en el plazo debido”, declaró Juárez. En tanto, el abogado Ugaz dijo estar “conforme”.
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Las restricciones
Como parte de la comparecencia con restricciones impuesta a Vizcarra, la jueza Álvarez Camacho dictó una serie de medidas a cumplir.
Entre ellas, el expresidente no podrá “ventilar en medios de comunicación” ni en redes sociales aspectos relacionados al proceso que se le sigue. Tampoco podrá concurrir a las entidades públicas o privadas que tengan relación con los hechos investigados, salvo autorización judicial.
Vizcarra también deberá pagar una caución de S/100 mil en un plazo no mayor a diez días.