Mes de marzo no solo es significado de inicio del Año Escolar, sino también una fecha en la que varias empresas pagan las utilidades, un derecho laboral que se debe otorgar a cualquier persona que se encuentre dentro de un rubro que genere ganancias y excedentes, se encuentre en teletrabajo o no. Es por ello que en esta nota te contaremos todo lo que debes saber al respecto sobre esta importante información que sirve de alivio económico para millones de peruanos.
¿VARIARÁ EL REPARTO DE UTILIDADES PARA QUIENES TRABAJEN BAJO LA LEY DEL TELETRABAJO?
Según medios de comunicación referentes a este tema, abogados laboralistas consultados respondieron que no habrá cambio en el cálculo de utilidades para quienes trabajen bajo la nueva ley de teletrabajo, ya que se mantendrán los mismos derechos, como si trabajaran de manera presencial.
“Con la nueva ley de teletrabajo se mantienen condiciones como el nivel de remuneración, la jornada laboral y la participación en las utilidades, como si fueran en la oficina”, señaló Lidia Vilchez, socia del área laboral de PPU.
Cabe recordar que las utilidades son pagadas por sociedades con fines de lucro, con más de 20 trabajadores en nómina, y que han generado rentas netas de impuestos de tercera categoría durante el año 2022.
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El porcentaje total de utilidades a repartir varía de acuerdo a la actividad económica que realice la empresa.
Las empresas pesqueras, de telecomunicaciones e industriales deben distribuir el 10% de sus ingresos netos anuales, mientras que las mineras, de comercio y restaurantes están obligadas a distribuir el 8%. En tanto, las empresas que realicen otras actividades, incluida la agricultura, deberán repartir el 5%.
Para calcular el monto de cada trabajador, un primer 50% dependerá de la cantidad de días efectivamente trabajados durante el 2022 (a más días trabajados, mayor pago por servicios públicos se recibirá). Y el otro 50% se distribuirá en proporción al nivel de remuneración que se percibió en el mismo período (quienes tengan mayores remuneraciones recibirán más utilidades).
La suma de ambos conceptos deberá pagarse a los trabajadores por concepto de utilidades, hasta un límite máximo de 18 salarios.
QUÉ ES LO QUE HAY QUE SABER SOBRE LA NUEVA LEY DE TELETRABAJO
La nueva ley regula el teletrabajo como una modalidad en principio voluntaria, ya que tanto el empleador como el trabajador tienen que estar de acuerdo para implementarla.
Sin embargo, puede ocurrir el caso en donde sea el trabajador quien tome la iniciativa de pedir el cambio de modalidad. En esta figura, el empleador tiene 10 diez hábiles para dar una respuesta. Si en ese plazo no hay una contestación, se da por aprobado el pedido.
Por otro lado, puede ser que el empleador, en su poder de dirección, establezca el teletrabajo.
Un aspecto a tomar en cuenta es que, si una persona decide viajar a otro país y seguir teletrabajando para la empresa, es totalmente válido, no obstante, la tributación cambia.
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“Si tú estás saliendo del país, ya no te tendrían que descontar el Impuesto a la Renta, sino que tendrías que tributar en el país de destino. En ese sentido, es importante evaluar a qué país te vas y cuáles son las reglas tributarias”, subraya César Puntriano, abogado laboralista y socio del Estudio Muñiz.
Fuera de ello, los beneficios laborales, como vacaciones, gratificaciones, etc., se mantienen igual. La norma precisa que el trabajador es libre de elegir dónde habitualmente va a realizar el teletrabajo, pero tiene que informarlo a su jefe.
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