Luego de varios meses de espera, el Ministerio de Salud publicó el reglamento de la Ley Nacional de Cáncer, un paso previo para que la norma entre en vigor, lo que favorecerá a miles de personas que afrontan este mal. Cada año, se registran unos 70 mil nuevos casos en todo el país.
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La Ley N° 31336 garantiza la cobertura universal, gratuita y prioritaria para pacientes oncológicos residentes en todo el país. Con ello, se busca que la enfermedad, que se cobra la vida de más de 30 mil peruanos cada año, sea atendida integralmente.
Reglamento de la norma
Con la publicación del proyecto de reglamento se abre un espacio de dos semanas para que el Ministerio de Salud reciba las sugerencias, comentarios o recomendaciones de las entidades públicas o privadas, así como de colectivos de pacientes y la ciudadanía en general. Luego de ello, se espera que el documento sea aprobado y así la ley pueda ser aplicada.
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De acuerdo con el documento, la ley es aplicable a todas las instituciones prestadoras de servicios de salud de todo el país, públicas, privadas o mixtas, pero también a las aseguradoras privadas y públicas, conocidas como Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (Iafas). Entre ellas se encuentran el Seguro Integral de Salud (SIS), EsSalud, los seguros de las FF.AA. y la Policía y las Empresas Prestadoras de Salud, más conocidas como EPS.
Serán estas entidades, públicas y privadas, las que deberán financiar el tratamiento, de acuerdo con los planes de aseguramiento que tengan. Para “asegurar la continuidad del financiamiento de las prestaciones de salud”, el Minsa les proporcionará una lista de costos referenciales de cada atención oncológica (exámenes, procedimientos, consultas), que serán elaborados por el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN). Estos precios base serán utilizados por las Iafas.
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Acceso universal
El proyecto de reglamento también aclara que todas aquellas personas residentes en el Perú “con diagnóstico definitivo de cáncer” que no cuenten con seguro, accederán a atención oncológica a través del SIS. Además, el único requisito será el DNI o carné de extranjería. Es decir, los extranjeros residentes en el Perú también serán beneficiados por la ley.
Al respecto, la ONG Esperantra considera que tanto el acceso a la cobertura a través del SIS, como la implementación de la ley a través de las Iafas son puntos importantes para asegurar el acceso a la atención oncológica.
El artículo 8 del proyecto de reglamento dice, por otro lado, que el presupuesto asignado por el Minsa no debe ser menor al del año anterior.
Para Karla Ruiz de Castilla, presidenta de Esperantra, “es necesario que el financiamiento no se circunscriba a la intangibilidad del presupuesto, ya que se deben pensar en nuevas formas de aumentar la asignación presupuestal, pensando en los miles de beneficiarios que ingresarán una vez aprobado el reglamento de la ley”.
Los medicamentos y la formación del personal de salud
Un punto que también se considera en el proyecto de norma es que el Minsa debe promover la capacitación de los profesionales de la salud en prevención y control del cáncer, así como gestionar un curso de oncología en posgrado en la universidades públicas y privadas.
El Minsa también deberá incrementar el número de plazas para especialistas en oncología, con el objetivo de cerrar brechas de acceso a especialistas que existen actualmente, principalmente en las regiones del país, ya que -según un informe de la contraloría- Lima concentra la mayoría de especialistas oncólogos.
En cuanto a los medicamentos, aquellos que son de alto costo y que no se encuentren en el petitorio de medicamentos esenciales del Minsa, serán evaluados respecto a su eficacia, seguridad, además de ser sometidos a una evaluación económica, a fin de determinar si su adquisición es pertinente.
Como se conoce, muchos medicamentos para el cáncer se encuentran bajo patentes, por lo que suelen ser de alto costo. El proyecto de reglamento señala que las entidades prestadoras de servicios de salud serán las que evalúen el impacto presupuestal y decidirán si cubrirán el costo. Para esta decisión tendrán 30 días.
“Se espera que se descentralicen los medicamentos y sean de fácil acceso a todos los ciudadanos que la necesiten”, dice Ruiz de Castilla.
El documento también considera la renovación de equipos biomédicos, para lo cual elaborarán un listado de equipamientos estratégicos, que será renovado constantemente. Lo mismo para la infraestructura hospitalaria de atención oncológica.
Del mismo modo, se considera una serie de acciones de prevención del cáncer, como inmunización, tamizajes, chequeos preventivos, entre otras intervenciones en la población. Asimismo, se establece la vigilancia epidemiológica a través del Registro Nacional de Cáncer, con lo cual se espera contar con información de calidad sobre todos los tipos de cáncer. El reporte de casos se vuelve obligatorio.
La ley también establece la creación de una red de bancos de tumores en todo el país. Esto permitirá la recolección, almacenamiento, procesamiento y uso de muestras biológicas de origen humano que permitirá estudiar el cáncer.
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