En medio de la peor crisis de la aviación comercial, la Comisión de Transportes y Comunicaciones del Congreso inició el debate del proyecto de ley 6153/2020-CR, para crear una línea aérea nacional.
El parlamentario Luis Carlos Simeón, autor de la propuesta, aseguró que el Estado podrá evaluar la participación de un privado para crear la empresa, vía Asociación Público Privada (APP). En ese sentido, Gonzalo Prialé, presidente del Instituto Infraestructura Institucionalidad y Gestión (IIG), precisó que las APP sirven para infraestructura social o megaproyectos, mas no para una inversión que el privado puede hacer por su cuenta.
“Pensar en este momento en una aerolínea de bandera es un sinsentido. Incluso si la economía funcionara normalmente, el transporte aéreo de pasajeros es un riesgo y el Estado no tiene por qué intervenir cuando hay privados que pueden tomar ese riesgo. Sin embargo, la propuesta es ahora, no puede sacársele del contexto, y en medio de la pandemia, es un disparate completo”, sostuvo.
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De acuerdo con Juan Suito, consultor senior de proyectos de infraestructura y profesor del área de Finanzas de Esan Graduate School of Business, las APP requieren al menos la repartición de riesgos y recursos, mientras que, en la propuesta, tanto los ingresos como las utilidades deben ser intangibles, lo que no tendría sentido para el privado.
Inconstitucionalidad
Por los términos de la propuesta, Suito considera más bien que el objetivo no es crear una APP, sino una empresa de capital mixto, donde los gobiernos regionales tengan parte de las acciones. No obstante, considera que el mayor problema es que va contra la Constitución múltiples veces.
“Por lo que dice la propuesta, se entraría a un mercado competitivo. Lo que dice la Constitución es que, por el principio de subsidiariedad, el Estado no debe entrar donde hay competencia. Independientemente de cómo se conforme la empresa, la pregunta es qué objetivo tiene. Si va estar en rutas donde se tiene más competencia, peor”, explicó.
En lugar de participar en un mercado comercial competitivo, la alternativa sería el subsidio de vuelos, si es que existiera la necesidad de cubrir rutas que no están cubiertas por la oferta privada. Además, recordó que el Congreso no tiene capacidad de gasto, por lo tanto, la propuesta, no es viable, tal como está planteada.
Según Eduardo Escobal Mc Evoy, consultor internacional en APP, es importante diferenciar entre una APP, una empresa de capitales mixtos y una empresa pública.
“Es diferente que una empresa pública contrate a un operador privado, en cuyo caso, el Estado, es quien asumirá innecesariamente los riesgos. Tampoco hay que confundir una APP con el otorgamiento de una licencia administrativa de operaciones”, advirtió.