En el contexto actual de recuperación económica, el gobierno presentó el Proyecto de Ley No. 583/2021-PE, a través del cual pide, entre otros, facultades legislativas en materia tributaria. La Exposición de Motivos del Proyecto (EM) deja claro que el objetivo consiste en incrementar la recaudación y ampliar la base tributaria.
En tal sentido, si bien un número significativo de las facultades está dirigido a aumentar la carga tributaria o hacer efectiva la tributación de determinadas operaciones (por ejemplo, los arrendamientos y las rentas del capital, los incrementos patrimoniales no justificados y los servicios digitales), lo cual ha sido cuestionado por diversos expertos en temas económicos y fiscales, una de las disposiciones que resalta por su aptitud para hacer efectivo el objetivo es la creación de perfiles para cada contribuyente en función del cumplimiento de sus obligaciones ante SUNAT, entre otras que se establezcan.
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Sobre el particular, la EM hace referencia a la existencia y vigencia del Régimen de Buenos Contribuyentes (el cual, permite que quien califique como “buen contribuyente” tenga, entre otros, acceso a una fecha preferencial para la presentación de sus declaraciones a SUNAT, además de un trato preferencial en los trámites de solicitudes de aplazamiento y/o fraccionamiento), el cual no habría dado los resultados esperados, habida cuenta de los altos índices de incumplimiento. En tal sentido, se plantea como nuevo mecanismo la asignación a cada contribuyente de un perfil de cumplimiento de sus obligaciones tributarias, de tal forma que verdaderamente incentive el correcto cumplimiento de sus obligaciones, otorgando facilidades o limitaciones en base al nivel de cumplimiento.
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En este punto, es importante mencionar que existen otras jurisdicciones en las cuales las Administraciones Tributarias (Indonesia, por ejemplo) cuentan con perfiles de contribuyentes, a fin de definir el modo de interacción e identificar las necesidades de cada uno.
De igual forma, existe evidencia (provincia de Santa Fe, Argentina, citada por BID) de que recompensar a los contribuyentes por su buen comportamiento tiene efectos positivos y persistentes en los potenciales beneficiados, incrementándose el cumplimiento en el pago de impuestos en el proceso. Por ello, resulta posible que la aplicación conjunta de recompensas en base al perfil de los contribuyentes pueda ser de ayuda para incrementar la recaudación mediante la ampliación de la base tributaria.
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El ministro de Economía, al igual que la EM, no han sido precisos en detallar los mecanismos que se utilizarían para complementar la creación del “perfil del contribuyente”. No obstante, como ha demostrado la experiencia del Régimen de Buenos Contribuyentes, no solo es importante la estructuración del perfil sino también un régimen de beneficios tangible, a fin de incentivar el cumplimiento.
Al respecto, si bien de manera extraoficial el ministro ha señalado que podría seguirse el ejemplo de algunas Municipalidades (quienes otorgan beneficios a sus contribuyentes), dado que estamos hablando de tributos nacionales, consideramos importante poner en discusión las medidas de incentivos que se otorgarían. Recordemos que, en teoría, no se recibe algo a cambio por el pago de impuestos. Pero, ¿por qué no desafiamos la teoría e intentamos lo contrario?
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