Tal como adelantó el presidente del Consejo de Ministros, Fernando Zavala, el proyecto de ley N°553, que prohíbe el uso de leche en polvo para la elaboración de productos lácteos como la leche evaporada, fue observado por el Ejecutivo.
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El Gobierno consideró que la iniciativa viola los compromisos asumidos por el país en el marco multilateral, como el Acuerdo sobre las Medidas en Materia de Inversiones Relacionadas con el Comercio (MIC), y bilateral, como el TLC con Estados Unidos.“La Ley transgrede el principio de trato nacional contemplado tanto en el artículo III del GATT de 199 como en el Acuerdo MIC ”, resaltó el documento que lleva la firma del presidente de la República y el presidente del Consejo de Ministros.
Según la observación, de prohibirse la comercialización e importación de productos lácteos que contengan leche en polvo y lactosueros, se obligará a las empresas a utilizar productos de origen nacional. “Es decir, se reemplazarían insumos importados por insumos nacionales”, precisaron.
De forma similar, en caso la restricción del uso de insumos alcanzara solo a los productos lácteos nacionales, debido a que la ley exige que los productos lleven en su etiqueta “Elaborado al 100% de leche”, el Gobierno dice que esto podría ser discriminatorio.“El rotulado que establece el artículo (3) podría orientar la preferencia del consumidor”, sostuvieron, tras agregar que las medidas establecidas en la iniciativa aumentarían el precio de los productos lácteos en perjuicio de los consumidores. Este postulado ya había sido advertido por la industria láctea.
Jorge Rodríguez Rodríguez, gerente general del Grupo Gloria, afirmó que la ley aumentaría los costos de producción y los precios. “Al restringir un porcentaje de la oferta (la leche en polvo) la demanda por leche evaporada será mayor que la oferta, entonces los precios se reajustarán”, precisó.LEA TAMBIÉN► [Minagri:“Precio de la leche no aumentará”]
CRONOLOGÍAEl 15 de junio último, el pleno del Congreso aprobó por mayoría el proyecto de Ley de Desarrollo de la Ganadería Lechera. La ley establece que “la leche en polvo entera, en polvo descremada y lactosueros; solo serán utilizados como tales; no se pueden utilizar en procesos de reconstitución y recombinación para la elaboración en la industria de leche fluida, leche evaporada, yogur, queso y mantequilla, de consumo humano directo”.
La autógrafa de la ley N°553 fue remitida al Ejecutivo el 22 de junio y figuró como “observada” el 17 de julio.
Tras esto el Congreso podrá allanarse a la observación, con lo que la ley no se promulgaría, o enviar el proyecto de ley a la comisión respectiva. En caso decidan insistir, tendrán que conseguir mayoría absoluta.
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